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Artículos de Opinión
Autor: Pablo Fernández del Campo Espinosa
Tema: La Prevención del Delito, en el Contexto de la Reforma Judicial
Fecha: 27 de Junio de 2008
Partido Político:
 
I. Contexto Actual.

Si bien el camino a recorrer es largo, en razón de la vacatio legis, que la Reforma Judicial establece, la actividad relacionada con su implementación ya se inició, los legisladores locales, acordes con los postulados de nuestro partido, hemos sido conscientes de la importancia del tema, que se ha convertido además, en una exigencia de la sociedad, que ocupa espacio en muchos discursos y en los medios de comunicación, por eso hemos aprobado las reformas a la Constitución Federal, lo que permitió cumplir con lo dispuesto por el Constituyente Permanente Federal, para hacer de esta propuesta una realidad. Con respecto a la Reforma Judicial en materia penal me parece necesario acotar:

Dispone la nueva reforma que para librar una orden de aprehensión será necesaria no ya que “existan” sino que “obren” datos que establezcan que se ha cometido el hecho que la ley señala como delito, es decir que en la investigación haya elementos que demuestren que se cometió el hecho y que hagan probable que el indiciado lo cometió o participó en su comisión, lo cual es un avance importante propia del sistema acusatorio. Resulta interesante para la labor legislativa sobretodo, la figuras del juez de control, y la de los Juicios Orales que implican modificaciones a la legislación secundaria y a las leyes Orgánicas de los Poderes Judiciales de los Estados, y que también implicarán temas presupuestales, los legisladores deberemos ser celosos en la vigilancia de los derechos humanos por lo que hace a la actuación del juez de control, y establecer mecanismos que eviten se desvíe el espíritu de la reforma. Por otra parte la innovación relacionada con los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal que incluye el reformado artículo 17 Constitucional, me parece interesante pero desde mi perspectiva desvirtúa, el interés público, característico del derecho penal, y la función oficiosa del Estado de prevenir y sancionar las conductas ilícitas. El tema que me parece requiere de un tratamiento especial es el relativo a la prisión preventiva y el impacto que tendrá en la sociedad, ya que será complicado para muchos agraviados entender que quien al momento de la entrada en vigor se encontraba en prisión preventiva, obtenga su libertad en razón de la reforma y que en su caso se aplique otra medida cautelar el arraigo por ejemplo, que pudiera utilizarse como mecanismo para aminorar el impacto probablemente que tendrá en la sociedad, por lo que es importante difundir y explicar en foros como este la razón de ser esta parte de la reforma.

Existen otros temas que ameritan mención especial en el estudio de la reforma, sin embargo por la extensión del tema, preferí sólo referirme a los más trascendentes desde mi punto de vista, sin que los otros no lo sean por su puesto, y anexar a esta ponencia su estudio un poco más detallado, que pongo a su disposición. La aprobación de la Reforma Judicial en materia penal que implicó análisis, estudios, opiniones diversas y no pocas controversias al momento de su debate, obliga a la coordinación y la participación de todos los involucrados, Gobierno y Sociedad deben sumar esfuerzos para lograr en los siguientes ocho años, el escenario idóneo para la entrada en vigor de tan importantes reformas. En Puebla, hemos dispuesto la coordinación entre los poderes públicos, que servirá de vehículo para transportarnos al momento de la entrada en vigor de estas reformas, recientemente se ha signado un convenio de coordinación, entre los tres poderes del Estado, para la modernización y actualización de la procuración e impartición de justicia, donde tiene participación la sociedad y existe pluralidad, al tener participación también los partidos que tienen representación en la actual legislatura en el Congreso del Estado, derivado de este convenio se creo la Comisión Ejecutiva para la modernización y actualización de la procuración de justicia, cuya misión es utilizar todas las herramientas para ofrecer conclusiones que se presenten al congreso y se transformen en modificaciones, adiciones o nuevas disposiciones que permitan la actualización y modernización de la procuración y administración de la justicia.

II. Presentación del Caso.

La Reforma Judicial, ya comentada obtiene la mayor parte de nuestra atención, como también lo hace el sistema represivo, es decir la exposición relacionada con seguridad y justicia en estos últimos días, expone qué hacemos una vez ocurrido el delito, la reforma judicial se refiere a las actividades que se desarrollan en la procuración y en la administración de justicia, una vez ocurrido el ilícito, y buscan los procedimientos más útiles para los involucrados en la investigación y sanción a los delincuentes, esto por supuesto sin violar derechos humanos. Es conveniente ahora señalar la necesaria complementariedad de la prevención y de la represión del delito como componentes de la Política Criminal de un Estado, cuyos éxitos o fracasos se registrarán en el ámbito de la Seguridad Pública. La prevención sin embargo, no es materia de la práctica común, de la práctica cotidiana de nuestra sociedad, y esto lamentablemente se demuestra, cuando se presentan contingencias naturales. El paradigma actual, no declarado como tal pero vigente, considera que prevenir la ocurrencia de un hecho delictuoso es simplemente obstruirlo, diferirlo o alertar a la posible víctima para que no se convierta en víctima real, dejando ese papel para otra no alertada. Es más, prevenir un delito mediante la advertencia a las posibles víctimas no escapa a cierta forma de victimización. Hoy, muchos habitantes de grandes regiones del mundo debemos ordenar nuestras vidas de modo tal que disminuyan los riesgos de convertirnos en víctimas. Ya no es la intimidación de la pena la que prevalece, sino es la intimidación del delito.

III. Propuesta Tal y como lo señalan los documentos básicos del PRI: nuestro compromiso es claro: construir, sobre cimientos sólidos, una fuerza ciudadana y de organizaciones sociales capaces de unir a los mexicanos en el desarrollo nacional, con respeto, libertad y democracia. Para cumplir con este compromiso es necesario legislar a nivel estatal, para establecer mecanismos que vayan más allá de un sexenio, la Comisión Ejecutiva para la Modernización y actualización de la procuración e impartición de Justicia en Puebla es un ejemplo, se trata de conformar y consolidar verdaderas políticas públicas, prolongadas en el tiempo y coherentes en su desarrollo que permitan la participación intersectorial y sobretodo la comunitaria estableciendo un mecanismo para que esa participación se traduzca en algo tangible en adiciones o modificaciones a la ley que permitan la prevención de los delitos. Debemos blindar estas reformas de los vaivenes políticos. Esta propuesta está en concordancia con el ofrecimiento de nuestro partido el Partido Revolucionario Institucional, de adoptar un “Programa Integral de Seguridad Pública”, toda vez que como bien se ha señalado la seguridad pública no puede apreciarse exclusivamente bajo una perspectiva policial, es necesario desentrañar los orígenes causas y efectos del delito. Muchas Gracias.

 
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