Las
Comisiones Generales del Congreso, son Organos Colegiados
que se integran por Diputados, cuyas funciones son las
de estudiar, examinar, analizar, discutir las iniciativas
de Ley, y dictaminar los expedientes que le son turnados.
El Congreso
del Estado se organiza con el número de Comisiones
Generales que requiera para el cumplimiento de sus funciones.
Se constituirán de manera definitiva y funcionarán
durante toda la legislatura, debiéndose reunir
cuando menos una vez al mes.
Las Comisiones
Generales, con relación a los asuntos de su competencia,
emitirán sus resoluciones en forma colegiada,
teniendo sus integrantes derecho a voz y voto. Las Comisiones
Generales estarán integradas por siete Diputados
de los cuales uno será Presidente y los restantes
serán miembros, en su integración estarán
representados todos los Grupos Parlamentarios.
Independientemente
de las Comisiones Generales, existen Comisiones Especiales
o Transitorias, constituidas para un caso específico. |