Iniciativa de Decreto por el que se reforma el artículo 37 de la Constitución Política del Estado
Resumen:
Se reforma el artículo 37 de la Constitución Política del Es
Autor:
Dip. Miguel Cázares García
Status:
Comisión
Asignada :
Comisión de Gobernación, Justicia y Puntos Constitucionales
Fecha:
2005-06-16
Descripción:
Es y debe ser una obligación la conclusión de los periodos mediante los cuales se adquiere un puesto de elección popular, por tanto debe ser un deber ético para con los electores, y es una sana manera de evitar los conflictos de intereses particulares e ilegales, porque, se da el supuesto caso de que un presidente electo se licencia y se encausa en otra jornada electoral que concluye con su nuevo encargo popular, así que en un espacio de tres años es PRESIDENTE MUNICIPAL CON LICENCIA, y además DIPUTADO LOCAL ELECTO, pero, es además una persona que legalmente detenta dos cargos de elección popular, aun y cuando en el ejercicio de uno, ya no se encuentre actuando.
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