Artículo 1 del decreto por el que se autoriza a los Ayuntamientos de los Municipios de la Entidad, a las Entidades Paraestatales y Paramunicipales, para que durante la presente gestión, así como de las gestiones municipales correspondientes, tramiten y contraten ante cualquier Institución de Crédito autorizada o Empresas Prestadoras de Bienes o Servicios, créditos hasta por un monto total de 3 mil millones de pesos