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Inicio > Convenios > Convenio Conacyt
 

CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE SUSCRIBEN EL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, EN LO SUCESIVO “EL CONGRESO” REPRESENTADO LEGALMENTE POR EL DIPUTADO RAFAEL MORENO VALLE, PRESIDENTE DE LA GRAN COMISIÓN Y EL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA, EN LO SUCESIVO “CONACYT” REPRESENTADO LEGALMENTE PARA ESTE ACTO POR EL INGENIERO JAIME PARADA AVILA EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL, ASISTIDO POR EL DR. ALEJANDRO ROMERO GUDIÑO, DIRECTOR ADJUNTO DE DESARROLLO REGIONAL Y SECTORIAL, AL TENOR DE LAS SIGUIENES CONSIDERACIONES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.

C O N S I D E R A N D O
Que el artículo 3° fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, menciona que el Estado apoyará la investigación científica y tecnológica.

Que para lograr este objetivo es necesario la colaboración de las instituciones y organismos públicos en los diferentes niveles de gobierno, de la participación de las entidades federativas y de la iniciativa y organismos de carácter privado a fin de favorecer el desarrollo de este sector que permita la competitividad económica de nuestro país y nuestro estado en el extranjero, la mejoría de la calidad de vida de la población, la transformación educativa y el aprovechamiento de nuestros investigadores y de sus investigaciones.

Que para el Estado de Puebla es sumamente necesario que se fortalezca y se fomenten las capacidades científicas y tecnológicas como instrumento de promoción del desarrollo sustentable en la entidad.

D E C L A R A C I O N E S

De "EL CONGRESO"


I.- Que de conformidad con lo que establecen los artículos 1o, 2o, 28 y 29 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, es uno de los Poderes Públicos del Estado.

II.- Que de acuerdo a lo que establece el artículo 32 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla y 1° de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, el ejercicio del Poder Legislativo se deposita en una Asamblea de Diputados que se denomina “CONGRESO DEL ESTADO”.

III.- Que en términos de lo dispuesto por la fracción III del artículo 42 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, el Presidente de la Gran Comisión, es el representante legal del Poder Legislativo del Estado y por tanto tiene facultades para suscribir convenios de colaboración y coordinación con dependencias y entidades de los gobiernos Federal, Estatales y Municipales, así como con instituciones de educación e investigación.

IV.- Que para efectos de este convenio “EL CONGRESO” señala como domicilio legal el inmueble marcado con el número ciento veintiocho de la calle cinco Poniente, Colonia Centro, de la Heroica Ciudad de Puebla de Zaragoza.

DE “CONACYT”

I.- Que es un organismo descentralizado de la Federación, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que goza de autonomía, técnica, operativa y administrativa, con sede en la Ciudad de México, Distrito Federal, entidad asesora del Ejecutivo Federal y especializada en articular las políticas públicas del Gobierno Federal y promover el desarrollo y la investigación científica y tecnológica, la innovación, el desarrollo y la modernización tecnológica del país, con fundamento en la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, publicada en el Diario Oficial de la Federación, de fecha 5 de junio de 2002.

II.- Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la referida Ley, tiene entre sus atribuciones, apoyar la difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos, promover la participación de la comunidad científica y tecnológica, en los sectores, públicos, social y privado, en el desarrollo de programas y proyectos de fomento a la investigación científica y tecnológica y al desarrollo tecnológico, asesorar en el ámbito de su competencia a las dependencias y entidades de la Administración Pública y Federal, a los Gobiernos de las Entidades Federativas y a los Municipios, así como a las personas físicas y morales que así lo soliciten bajo las condiciones que en cada caso se pacten.

III.- Que el “CONACYT” tiene como misión impulsar y fortalecer el desarrollo científico y la modernización tecnológica de México, mediante la formación de recursos humanos de alto nivel, la promoción y el sostenimiento de proyectos específicos de investigación y la difusión de la información científica y tecnológica.

IV.- Que en atención a los objetivos que persigue el “CONACYT” es de carácter prioritario para el avance armónico de las entidades federativas en su desarrollo de nivel de vida y del desarrollo de sus pobladores.

V.- Que en términos del artículo 9 de la Ley Orgánica del “CONACYT”, para el cumplimiento de su objeto y administración de sus bienes, la representación del organismo recae en el Ing. Jaime Parada Ávila, quien cuenta con las facultades necesarias para suscribir este convenio, lo que se acredita con el nombramiento expedido a su favor por el C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Vicente Fox Quesada, de fecha 16 de enero de 2001, y registrado ante la Secretaría de Gobernación, Dirección General de Gobierno, bajo el número 127, fojas 5 del libro respectivo.

VI.- Que señala como su domicilio legal para todos los efectos legales que se deriven del presente convenio, el inmueble ubicado en calle Insurgentes Sur número 1582, Colonia Crédito Constructor en la Ciudad de México.

Expuesto lo anterior, las partes se someten al presente convenio en la forma y términos que establecen en las siguientes :

 
C L A U S U L A S

PRIMERA.-Objeto

El presente convenio tiene por objeto establecer las bases por las que las partes instrumentarán acciones conjuntas de apoyo y colaboración para fomentar la investigación y desarrollo de la ciencia y tecnología en la entidad, mediante la creación de instrumentos jurídicos idóneos.

SEGUNDA.-Compromisos de “EL CONGRESO”:

Para el cumplimiento del objeto materia del presente convenio, “EL CONGRESO”se compromete a:

a) Impulsar actividades de investigación y difusión en materia de ciencia y tecnología.

b) Realizar estudios en materia jurídica para fomentar el conocimiento de la ciencia y tecnología en la entidad federativa.

TERCERA.-Compromisos del “CONACYT”:

Para el cumplimiento del objeto del presente convenio, el “CONACYT” se compromete a:

a) Impulsar actividades de investigación y difusión en materia de ciencia y tecnología.

b) Dar a conocer los programas operados por “CONACYT” de los cuales pueda resultar beneficiada la entidad federativa.

c) Apoyar a “EL CONGRESO” en la revisión de su marco jurídico estatal, en materia de ciencia y tecnología, cuando éste le solicite opinión.

CUARTA.- Compromiso de las partes:

a) Fomentar programas de apoyo a nuevos y reconocidos investigadores para la creación, desarrollo e instrumentación de sus investigaciones.

b) Buscar conjuntamente, oportunidades con otras instituciones de carácter público o privado, promoviendo la participación de éstas en las actividades de fomento en el conocimiento de éste sector.

c) Mantener estrechas relaciones de trabajo a fin de establecer programas de trabajo y directrices para lograr cumplir con los objetivos y acciones del presente convenio, señalando dentro de estos los objetivos y alcances de ambas partes.

QUINTA.-Programas de Trabajo.

Las partes podrán presentar en cualquier momento programas de trabajo, para establecer mayores vínculos de colaboración, con el objeto de alentar todas aquellas acciones que tiendan a fortalecer el presente convenio, mismos que de ser aprobados, serán elevados a la categoría de convenios específicos.

SEXTA.-Información confidencial.

Las partes convienen que toda información que se maneje en la ejecución de este convenio recibirá un trato estrictamente confidencial durante y después de la misma, salvo aquellas que por razón de su ejecución y naturaleza tengan el carácter de pública.

SÉPTIMA.-Propiedad Intelectual.

Las partes convienen en que la titularidad de los derechos de propiedad intelectual que resulten de las acciones desarrolladas en el marco del presente convenio, serán propiedad de quien las haya producido, Si éstas, son producto de un trabajo conjunto, las partes compartirán la titularidad de los derechos de acuerdo con su participación en el proyecto. En todo momento se reconocerá a los autores la paternidad autoral que legalmente le corresponda.

OCTAVA.-Logotipo de “CONACYT”

Toda vez que el logotipo de “CONACYT” constituye una marca registrada en términos de la Ley de la Propiedad Industrial, “EL CONGRESO”, únicamente podrá utilizarla con consentimiento por escrito del primero, y para los casos en que exista relación con las actividades que sean organizadas por ambas instituciones.

NOVENA.-Instancias de Enlace.

El “CONACYT” designa como instancia de enlace a la M. en C. Margarita Calleja Quevedo, en carácter de Directora Regional Sur Oriente, y “EL CONGRESO”, designa al Lic. Jorge Mora Acevedo, en su carácter de Secretario General del Congreso del Estado.

DÉCIMA.-Recursos y Gastos.

Los gastos que se generen con motivo del presente convenio, serán cubiertos por cada una de las partes, estando sujetos a la disponibilidad de recursos humanos, materiales y financieros de cada una de ellas.

DÉCIMA PRIMERA.-Relación Laboral, Fiscal o Administrativa.

Las relaciones laborales con el personal designado por cada una de las partes para el cumplimiento de las acciones derivadas del convenio, bajo ninguna circunstancia se entenderán transferidas a la otra, por lo que en ningún caso serán considerados como patrones solidarios o sustitutos y por tanto, expresamente se exime a cualquiera de ellas, de alguna responsabilidad de carácter civil, fiscal de seguridad u otra que pudiera generarse con relación a sus empleados.

En tal virtud, cada una de las partes responderá en forma exclusiva de los compromisos asumidos con los trabajadores que se asigne para el cumplimiento del convenio.

DÉCIMA SEGUNDA.-Exclusión de la Representación Legal.

En ningún caso y por ningún motivo se entenderá que “EL CONACYT” representa a “EL CONGRESO”, o éste a aquél en los diversos actos jurídicos en los que en forma individual participe cada uno con motivo de sus fines o funciones.

DÉCIMA TERCERA.-Vigencia.

El presente convenio surtirá efectos a partir de la fecha en que se firme y tendrá vigencia hasta el 14 de enero de 2008.

DÉCIMA CUARTA.-Terminación Anticipada.

Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior, el presente convenio podrá darse por terminado por causas ajenas o supervenientes, que hagan imposible su continuidad, previa notificación que una de ellas realice por escrito a la otra, con noventa días naturales de anticipación, previniendo lo necesario a efecto de que las acciones que se hayan iniciado se desarrollen hasta su conclusión.

DÉCIMA QUINTA.-Rescisión.

Las partes convienen en que el incumplimiento de las obligaciones y compromisos que se deriven del presente convenio, dará lugar a la rescisión, previa notificación y por escrito de cualquiera de ellas, con diez días de anticipación, y sin necesidad de declaración judicial previa.

DÉCIMA SEXTA.-Asuntos no previstos.

Cualquier asunto no previsto en el presente convenio, será resuelto de común acuerdo; mismo que deberá formalizarse por escrito a fin de que surta plenos efectos y formará parte integrante del presente instrumento.

DÉCIMA SÉPTIMA.-Modificación.

Las partes convienen que el presente instrumento es producto de la buena fe, por lo que podrá ser modificado o adicionado previo acuerdo escrito.

DÉCIMA OCTAVA.-Solución de Controversia.

Toda controversia o interpretación que derive del mismo, respecto a su operación, formalización, cumplimiento o contenido serán resueltos de común acuerdo entre las partes.

Enteradas las partes del contenido y alcance jurídico del presente convenio de colaboración, firman de conformidad las partes involucradas, en la Heroica Puebla de Zaragoza, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil cinco, conservando un ejemplar cada una de ellas.

POR EL H. CONGRESO DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA

_______________________________
DIP. RAFAEL MORENO VALLE
PRESIDENTE DE LA GRAN COMISIÓN


POR EL “CONACYT”


_______________________________
ING. JAIME PARADA AVILA
DIRECTOR GENERAL

_______________________________
DR. ALEJANDRO ROMERO GUDIÑO
DIRECTOR ADJUNTO DE DESARROLLO
REGIONAL Y SECTORIAL

 

T E S T I G O S D E H O N O R
DE “EL CONGRESO”

 

_______________________________________
DIP. MARÍA NORMA SÁNCHEZ VALENCIA
PRESIDENTA DEL COMITÉ DE
ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO Y DE LOS RECURSOS MATERIALES, TÉCNICOS Y HUMANOS DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA

_________________________________
DIP. PERICLES OLIVARES FLORES
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN
DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y
PUNTOS CONSTITUCIONALES
DEL H. CONGRESO DEL
ESTADO DE PUEBLA

T E S T I G O S D E H O N O R
DE “CONACYT”

_______________________________________
ING. RAFAEL RAMOS PALMEROS
DIRECTOR ADJUNTO DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

_____________________________________
M. EN C. MARGARITA CALLEJA
QUEVEDO
DIRECTORA REGIONAL SUR ORIENTE

 
 
 
 
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