C L A U S U
L A S PRIMERA.-Objeto
El presente convenio tiene por objeto
establecer las bases por las que las partes instrumentarán
acciones conjuntas de apoyo y colaboración para
fomentar la investigación y desarrollo de la
ciencia y tecnología en la entidad, mediante
la creación de instrumentos jurídicos
idóneos.
SEGUNDA.-Compromisos de “EL CONGRESO”:
Para el cumplimiento del objeto materia
del presente convenio, “EL CONGRESO”se compromete
a:
a)
Impulsar actividades de investigación y difusión
en materia de ciencia y tecnología.
b)
Realizar estudios en materia jurídica para fomentar
el conocimiento de la ciencia y tecnología en
la entidad federativa.
TERCERA.-Compromisos del “CONACYT”:
Para el cumplimiento del objeto del
presente convenio, el “CONACYT”
se compromete a:
a) Impulsar
actividades de investigación y difusión
en materia de ciencia y tecnología.
b)
Dar a conocer los programas operados por “CONACYT”
de los cuales pueda resultar beneficiada la entidad
federativa.
c)
Apoyar a “EL CONGRESO”
en la revisión de su marco jurídico
estatal, en materia de ciencia y tecnología,
cuando éste le solicite opinión.
CUARTA.-
Compromiso de las partes:
a) Fomentar
programas de apoyo a nuevos y reconocidos investigadores
para la creación, desarrollo e instrumentación
de sus investigaciones.
b)
Buscar conjuntamente, oportunidades con otras instituciones
de carácter público o privado, promoviendo
la participación de éstas en las actividades
de fomento en el conocimiento de éste sector.
c) Mantener
estrechas relaciones de trabajo a fin de establecer
programas de trabajo y directrices para lograr cumplir
con los objetivos y acciones del presente convenio,
señalando dentro de estos los objetivos y alcances
de ambas partes.
QUINTA.-Programas de Trabajo.
Las partes podrán presentar
en cualquier momento programas de trabajo, para establecer
mayores vínculos de colaboración, con
el objeto de alentar todas aquellas acciones que tiendan
a fortalecer el presente convenio, mismos que de ser
aprobados, serán elevados a la categoría
de convenios específicos.
SEXTA.-Información confidencial.
Las partes convienen que toda información
que se maneje en la ejecución de este convenio
recibirá un trato estrictamente confidencial
durante y después de la misma, salvo aquellas
que por razón de su ejecución y naturaleza
tengan el carácter de pública.
SÉPTIMA.-Propiedad Intelectual.
Las partes convienen en que la titularidad
de los derechos de propiedad intelectual que resulten
de las acciones desarrolladas en el marco del presente
convenio, serán propiedad de quien las haya producido,
Si éstas, son producto de un trabajo conjunto,
las partes compartirán la titularidad de los
derechos de acuerdo con su participación en el
proyecto. En todo momento se reconocerá a los
autores la paternidad autoral que legalmente le corresponda.
OCTAVA.-Logotipo de “CONACYT”
Toda vez que el logotipo de “CONACYT”
constituye una marca registrada en términos de
la Ley de la Propiedad Industrial, “EL
CONGRESO”, únicamente podrá
utilizarla con consentimiento por escrito del primero,
y para los casos en que exista relación con las
actividades que sean organizadas por ambas instituciones.
NOVENA.-Instancias de Enlace.
El “CONACYT”
designa como instancia de enlace a la M. en C. Margarita
Calleja Quevedo, en carácter de Directora Regional
Sur Oriente, y “EL CONGRESO”,
designa al Lic. Jorge Mora Acevedo, en su carácter
de Secretario General del Congreso del Estado.
DÉCIMA.-Recursos y Gastos.
Los gastos que se generen con motivo
del presente convenio, serán cubiertos por cada
una de las partes, estando sujetos a la disponibilidad
de recursos humanos, materiales y financieros de cada
una de ellas.
DÉCIMA PRIMERA.-Relación
Laboral, Fiscal o Administrativa.
Las relaciones laborales con el personal
designado por cada una de las partes para el cumplimiento
de las acciones derivadas del convenio, bajo ninguna
circunstancia se entenderán transferidas a la
otra, por lo que en ningún caso serán
considerados como patrones solidarios o sustitutos y
por tanto, expresamente se exime a cualquiera de ellas,
de alguna responsabilidad de carácter civil,
fiscal de seguridad u otra que pudiera generarse con
relación a sus empleados.
En tal virtud, cada una de las partes
responderá en forma exclusiva de los compromisos
asumidos con los trabajadores que se asigne para el
cumplimiento del convenio.
DÉCIMA SEGUNDA.-Exclusión
de la Representación Legal.
En ningún caso y por ningún
motivo se entenderá que “EL CONACYT”
representa a “EL CONGRESO”, o éste
a aquél en los diversos actos jurídicos
en los que en forma individual participe cada uno con
motivo de sus fines o funciones.
DÉCIMA TERCERA.-Vigencia.
El presente convenio surtirá
efectos a partir de la fecha en que se firme y tendrá
vigencia hasta el 14 de enero de 2008.
DÉCIMA CUARTA.-Terminación
Anticipada.
Sin perjuicio de lo establecido en
la cláusula anterior, el presente convenio podrá
darse por terminado por causas ajenas o supervenientes,
que hagan imposible su continuidad, previa notificación
que una de ellas realice por escrito a la otra, con
noventa días naturales de anticipación,
previniendo lo necesario a efecto de que las acciones
que se hayan iniciado se desarrollen hasta su conclusión.
DÉCIMA QUINTA.-Rescisión.
Las partes convienen en que el incumplimiento
de las obligaciones y compromisos que se deriven del
presente convenio, dará lugar a la rescisión,
previa notificación y por escrito de cualquiera
de ellas, con diez días de anticipación,
y sin necesidad de declaración judicial previa.
DÉCIMA SEXTA.-Asuntos no previstos.
Cualquier asunto no previsto en el
presente convenio, será resuelto de común
acuerdo; mismo que deberá formalizarse por escrito
a fin de que surta plenos efectos y formará parte
integrante del presente instrumento.
DÉCIMA SÉPTIMA.-Modificación.
Las partes convienen que el presente
instrumento es producto de la buena fe, por lo que podrá
ser modificado o adicionado previo acuerdo escrito.
DÉCIMA OCTAVA.-Solución
de Controversia.
Toda controversia o interpretación
que derive del mismo, respecto a su operación,
formalización, cumplimiento o contenido serán
resueltos de común acuerdo entre las partes.
Enteradas las partes del contenido
y alcance jurídico del presente convenio de colaboración,
firman de conformidad las partes involucradas, en la
Heroica Puebla de Zaragoza, a los veintiséis
días del mes de julio del año dos mil
cinco, conservando un ejemplar cada una de ellas.
POR EL H. CONGRESO
DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
_______________________________
DIP. RAFAEL MORENO VALLE
PRESIDENTE DE LA GRAN COMISIÓN
POR EL “CONACYT”
_______________________________
ING. JAIME PARADA AVILA
DIRECTOR GENERAL
_______________________________
DR. ALEJANDRO ROMERO GUDIÑO
DIRECTOR ADJUNTO DE DESARROLLO
REGIONAL Y SECTORIAL
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