La Contraloría Interna es el Órgano
Técnico – Administrativo que tiene como objetivo principal supervisar
y verificar el cumplimiento de la normatividad, políticas y disposiciones
administrativas aplicables en la administración de los recursos humanos,
materiales y financieros, que garanticen el adecuado ejercicio del presupuesto
asignado.
Fundamento Legal
- 1. Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre
y Soberano de Puebla.
-
-
ARTÍCULO
61.- El Congreso del Estado funciona en Pleno
y para el conocimiento, análisis y resolución
de los asuntos de su competencia, éste se organiza de
conformidad con lo siguiente: |
|
I.- Órganos
Legislativos. |
II.- Órganos de
Representación. |
III.- Órganos Técnicos Administrativos: |
|
a) Contraloría Interna
del Congreso; dependiente de la Junta de Gobierno y Coordinación
Política; |
|
|
ARTÍCULO 201.- El Congreso
del Estado contará con una Contraloría Interna, Dependencia
encargada de recibir quejas, denuncias e inconformidades de
orden administrativo y substanciar los procedimientos de responsabilidad
que en esa materia deban instaurarse en contra de los servidores
públicos del Congreso del Estado, así como intervenir en los
procedimientos de entrega-recepción administrativa conforme
a ésta y demás leyes de la materia, recibir para su conocimiento
los manuales operativos de las Dependencias y, en su caso, auxiliarlas
en la elaboración de los mismos.
El Titular de la Contraloría Interna del Congreso será
nombrado o removido por la mayoría absoluta del Pleno
a propuesta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política.
El Titular de la Contraloría Interna del Congreso desempeñará
su encargo por el periodo de una Legislatura y podrá
ser ratificado. |
|
ARTÍCULO 202.- La Contraloría
Interna del Congreso orgánicamente dependerá de la Junta de
Gobierno y Coordinación Política y tendrá las siguientes atribuciones: |
|
I.- Proponer y aplicar las normas
y criterios internos en materia de revisión, evaluación
y control que deban observar los Grupos y Representaciones
Legislativas, Dependencias, Órganos, Coordinaciones y
Unidades Administrativas que ejerzan recursos del presupuesto
de egresos del Congreso del Estado; |
|
II.- Vigilar que las Dependencias
y Unidades Administrativas cumplan con las políticas y
programas establecidos por la Junta de Gobierno y Coordinación
Política; |
|
III.- Vigilar los procedimientos,
actos y contratos de adquisición de bienes y contratación
de servicios que se lleven a cabo de conformidad con la
Ley de la materia y su Reglamento Interior; |
|
IV.- Presentar a la Junta de Gobierno
y Coordinación Política un programa e informe anual sobre
el cumplimiento de sus funciones o cuando le sea requerido; |
|
V.- Proponer recomendaciones y medidas
preventivas o correctivas que estime convenientes para
el desarrollo administrativo del Congreso del Estado y
darles seguimiento; |
|
VI.- Vigilar la entrega de las declaraciones
patrimoniales de los Diputados y servidores públicos del
Congreso del Estado, conforme a la Ley de la materia y
en su caso, requerir información adicional, así como realizar
las investigaciones correspondientes; |
|
VII.- Recibir y dar seguimiento a
las sugerencias, quejas y denuncias ciudadanas, con respecto
a la actuación de los servidores públicos adscritos al
Congreso del Estado; |
|
VIII.- Sustanciar los procedimientos
disciplinarios por actos u omisiones de los servidores
públicos al servicio del Congreso del Estado, aplicar
las sanciones que correspondan en los términos que señale
la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
del Estado, y en su caso, solicitar se formulen las denuncias
correspondientes ante el Ministerio Público; |
|
IX.- Emitir las disposiciones, normas
y lineamientos en el ejercicio de las atribuciones que
conforme a las leyes competen a la Contraloría Interna
del Congreso, previa autorización de la Junta de Gobierno
y Coordinación Política; y |
|
X.- Las demás que expresamente le
confieran los ordenamientos legales o que determine el
Pleno. |
|
|
ARTÍCULO 203.-
Para ocupar el cargo de Contralor del Congreso del Estado, se
requiere: |
|
I.- Ser ciudadano mexicano en pleno
goce de sus derechos civiles y políticos; |
|
II.- Contar con título profesional
en alguna de las áreas económicas, contables,
jurídicas o administrativas, legalmente expedido
y contar con una experiencia profesional de cuando menos
tres años en su ejercicio y actividades relacionadas
con la fiscalización de recursos públicos;
|
|
III.- No haber sido sentenciado ejecutoriamente
por delito intencional que amerite pena privativa de libertad;
|
|
IV.- No haber sido sentenciado por
delitos patrimoniales o estar inhabilitado por cualquiera
de los tres niveles de gobierno para desempeñar
un empleo, cargo o comisión en el servicio público;
y |
|
V.- Tener los conocimientos, experiencia
y capacidad de acuerdo al perfil del puesto. |
|
- 2. Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado
Libre y Soberano de Puebla.
-
-
ARTÍCULO 214.- El Congreso
del Estado contará con una Contraloría Interna,
dependiente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política,
misma que estará a cargo de recibir quejas, denuncias
e inconformidades de orden administrativo y substanciar los
procedimientos de responsabilidad que en esa materia deban instaurarse
en contra de los servidores públicos del Congreso del
Estado, así como intervenir en los procedimientos de
entrega-recepción administrativa conforme a la Ley de
Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano
de Puebla y demás leyes de la materia, recibir para su
conocimiento los manuales operativos de las áreas administrativas
y, en su caso, auxiliarlas en la elaboración de los mismos.
El Titular de la Contraloría Interna tendrá un
nivel jerárquico equivalente al de Director General.
|
|
ARTÍCULO 215.- La Contraloría
Interna, contará con el número de servidores públicos
que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, de
conformidad con los ordenamientos aplicables.
En su desempeño la Contraloría Interna se sujetará
a los principios de imparcialidad, legalidad, objetividad, certeza,
honestidad, exhaustividad y transparencia. |
|
ARTÍCULO 216.- El Contralor
Interno podrá ser sancionado conforme a lo establecido
en el presente Reglamento, también por las causas graves
de responsabilidad administrativa siguientes: |
|
I.- Utilizar en beneficio propio
o de terceros la documentación e información
confidencial en los términos del presente Reglamento
y de la legislación en la materia; |
|
II.- Dejar sin causa justificada,
de fincar responsabilidades o aplicar sanciones pecuniarias,
en el ámbito de su competencia cuando esté
debidamente comprobada la responsabilidad e identificado
el responsable como consecuencia de las revisiones e investigaciones
que realice en el ejercicio de sus atribuciones; |
|
III.- Sustraer, destruir, ocultar
o utilizar indebidamente la documentación e información
que por razón de su cargo tenga a su cuidado o
custodia o que exista en la Contraloría Interna,
con motivo del ejercicio de sus atribuciones; |
|
IV.- Conducirse con parcialidad en
los procedimientos de supervisión e imposición
de sanciones a que se refiere este reglamentación;
y |
|
V.- Incurrir en alguna de las infracciones
mencionadas en el presente Reglamento.
A solicitud de algún Diputado, la Junta de Gobierno
y Coordinación Política resolverá
sobre la aplicación de las sanciones al Contralor
Interno, este podrá ser removido del cargo por
causas graves de responsabilidad administrativa, debiendo
garantizar el derecho de audiencia al afectado. La remoción
requerirá del voto de la mayoría absoluta
de los miembros presentes en la sesión. |
|
|
|
ARTÍCULO 217.- La Contraloría
Interna para el debido cumplimiento de las atribuciones conferidas
en la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre
y Soberano de Puebla, tendrá además las siguientes:
|
|
I.- Proponer para su aprobación
por la Junta de Gobierno y Coordinación Política
los criterios para la realización de las auditorías,
procedimientos, métodos y sistemas necesarios para
la revisión, evaluación y control de los
recursos a cargo de los Órganos Legislativos y
Técnico Administrativos que ejerzan recurso del
presupuesto de egresos del Congreso; |
|
II.- Proponer junto con la Dirección
General de Administración y Finanzas para su aprobación
por la Junta de Gobierno y Coordinación Política
las normas, procedimientos, métodos y contabilidad
y de archivo, de los libros y documentos justificativos
y comprobatorios del ingreso y del gasto, así como
aquellos elementos que permitan la práctica idónea
de las auditorías y revisiones, que realice en
el cumplimiento de sus funciones; |
|
III.- Evaluar los informes de avance
de la gestión financiera respecto de los programas
autorizados y los relativos a procesos concluidos; |
|
IV.- Evaluar el cumplimiento de los
objetivos y metas fijadas en los programas de naturaleza
administrativa contenidos en el Presupuesto de Egresos
del Congreso del Estado; |
|
V.- Verificar que las diversas áreas
administrativas del Congreso del Estado que hubieren recibido,
manejado, administrado o ejercido recursos, lo hagan conforme
a la normatividad aplicable, los programas aprobados y
montos autorizados, así como, en el caso de los
egresos, con cargo a las partidas correspondientes y con
apego a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas
conducentes; |
|
VI.- Proponer a la Junta de Gobierno
y Coordinación Política, los lineamientos
en materia de entrega-recepción administrativa
conforme a la Ley de Orgánica del Poder Legislativo
del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás leyes
de la materia; |
|
VII.- Revisar que las operaciones
presupuestales que realice el Congreso del Estado, se
hagan con apego a las disposiciones legales y administrativas
aplicables a estas materias; |
|
VIII.- Verificar las obras, bienes
adquiridos o arrendados y servicios contratados, para
comprobar que las inversiones y gastos autorizados se
han aplicado, legal y eficientemente, al logro de los
objetivos y metas de los programas aprobados; |
|
IX.- Proponer para su aprobación
por la Junta de Gobierno y Coordinación Política
los lineamientos, para instruir, desahogar y resolver
los procedimientos administrativos respecto de las quejas
que se presenten en contra de los servidores públicos
del Congreso del Estado, y llevar el registro de los servidores
públicos sancionados; |
|
X.- Investigar, en el ámbito
de su competencia, los actos u omisiones que impliquen
alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso,
egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos
y recursos del Congreso del Estado; |
|
XI.- Recibir denuncias o quejas directamente
relacionadas con el uso y disposición de los ingresos
y recursos del Congreso del Estado, por parte de los servidores
públicos del mismo y desahogar los procedimientos
a que haya lugar; |
|
XII.- Establecer los mecanismos de
orientación y cursos de capacitación que
resulten necesarios para que los servidores públicos
del Congreso del Estado, cumplan adecuadamente con sus
responsabilidades administrativas; |
|
XIII.- Presentar a la Junta de Gobierno
y Coordinación Política el informe anual
de resultados de su gestión y acudir ante la misma,
cuando así lo requiera su Presidente; y |
|
XIV.- Las demás que le señalen
la Junta de Gobierno y Coordinación Política,
la Mesa Directiva, la Ley Orgánica del Poder Legislativo
del Estado Libre y Soberano de Puebla o el presente Reglamento. |
|
|
ARTÍCULO 218.-
Los Servidores Públicos adscritos a la Contraloría
Interna y, en su caso, los profesionales contratados para la
práctica de auditorías, deberán guardar
estricta reserva sobre la información y documentos que
conozcan con motivo del desempeño de sus facultades,
así como de sus actuaciones y observaciones. |
Actividades Relevantes
En este apartado podrás encontrar las actividades
más importantes llevadas a cabo por la Contraloría Interna en
esta Legislatura, para leer la información completa, sólo da clic
en el elemento que te interese leer y se desplegará un breve informe
así como la correspondiente Galería de imágenes.
- 1. Presentación de Informe de Actividades 2014.
-
-
La titular de la Contraloría Interna,
Lic. María Catalina Daza Hernández, presentó
ante los integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación
Política el Informe de Actividades correspondiente al periodo
Julio 2014 a Enero de 2015; dando cumplimiento así a lo señalado
en los Artículos 202 fracción IV de la Ley Orgánica
del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y 217
fracción XIII del Reglamento Interior del Honorable Congreso
del Estado Libre y Soberano de Puebla.
Durante la exposición del informe, se destacó el enfoque
preventivo de la Contraloría a través de dos líneas
de acción: Desarrollo Administrativo y Participación
Preventiva, mediante las cuales se desarrollaron diversas actividades
como la actualización de los manuales administrativos, de
la normatividad para el ejercicio del presupuesto del Congreso del
Estado y la elaboración de los lineamientos generales en
materia de auditorías.
También se informó de la intervención de la
Contraloría Interna en los actos de Entrega-Recepción
dando así cumplimiento a las disposiciones administrativas
vigentes y la participación de la misma en las sesiones del
Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.
- 2. Actualización y Aprobación de Manuales
Administrativos.
-
-
Durante el mes de septiembre de 2014, la Contraloría
Interna del Honorable Congreso del Estado llevó a cabo una
capacitación para el personal y los Directores de los Órganos
Técnico-Administrativos, acerca de la metodología
necesaria para la elaboración de los manuales de organización
y procedimientos con el objetivo de actualizar las funciones y procesos
sustantivos que permitan mejorar el desarrollo de sus actividades
diarias.
La capacitación formó parte de un Plan de Acción,
en el cual se estableció también la realización
de asesorías, supervisiones y seguimiento de los trabajos
efectuados por las áreas respecto a este tema, lo que dio
como resultado que durante el tercer Periodo de Sesiones, dichos
manuales administrativos fueran aprobados mediante acuerdo de la
Mesa Directiva.
Gracias a este trabajo conjunto todos los Órganos Técnico-Administrativos
tienen identificados sus procesos, con los cuales se eficientan
las operaciones; al tener sistematizado el conocimiento necesario
para desempeñar sus actividades de manera ordenada y homogénea.
- 3. Taller de Entrega-Recepción.
-
-
Durante el mes de marzo de 2015, la Contraloría
Interna del Honorable Congreso del Estado en cumplimiento a sus
atribuciones, organizó el taller de capacitación denominado
“Proceso de Entrega-Recepción” que tuvo como
objetivo dar a conocer al personal de los Órganos Técnico-
Administrativos las generalidades del proceso de entrega - recepción,
mediante la explicación de los criterios y procedimientos
a seguir que aseguren una transición ordenada y transparente.
El taller contó con la presencia de los Jefes de Área,
Coordinadores, Directores Generales y el Secretario General quien
resaltó la importancia de la realización de estos
eventos.
Durante el taller, la Licenciada María Catalina Daza Hernández
Contralora Interna, expuso de manera detallada cómo se realiza
el proceso de entrega-recepción, quienes están obligados
a participar, como deben ser requisitados los formatos de acta y
anexos y cuáles son las responsabilidades tanto de los titulares
salientes como entrantes.
Los participantes expusieron sus dudas las cuales fueron resueltas
por la Contralora, quien les reitero la disposición del Órgano
de Control Interno para brindar las asesorías correspondientes
y dar cabal cumplimiento a lo establecido en las disposiciones normativas
correspondientes.
- 4. Taller de Blindaje Electoral: "Prevención
de Delitos Electorales"
-
-
De cara a la próxima jornada
electoral que se celebrará el próximo 7 de junio
en el Estado de Puebla, la Contraloría Interna del Honorable
Congreso del Estado, impartió el taller en materia de
blindaje electoral denominado Prevención de Delitos Electorales
al personal administrativo que labora en este recinto legislativo.
El Diputado Carlos Martínez Amador, Presidente
de la Junta de Gobierno y Coordinación Política,
encabezó la inauguración del acto, destacando
la importancia sustancial de contribuir a una cultura de la
prevención, así como garantizar el respeto a las
leyes que rigen el próximo proceso electoral.
Durante el taller se abordaron distintos temas tales como: marco
jurídico en materia electoral, delitos electorales, sanciones
penales y administrativas y recomendaciones generales para evitar
incurrir en estas conductas.
La finalidad de dicho taller es que las actuaciones de los servidores
públicos del Congreso del Estado, se orienten a la prevención,
sanción y erradicación de los delitos electorales.
|