CC. DIPUTADOS DE LA “LIX” LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO P R E S E N T E Que el “Banco Estatal de Tierra”, es una Entidad de la Administración Pública Paraestatal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaría de Finanzas y Administración, creado por Decreto del Ejecutivo del Estado el veintisiete de junio del dos mil once con el objeto de ser la instancia responsable de generar un portafolio de reservas territoriales en el Estado de Puebla, para impulsar el desarrollo urbano sustentable de todo tipo de proyectos inmobiliarios mediante la adquisición y/o gestión de áreas de suelo o predios de los centros de población del Estado de Puebla, para destinarlos al crecimiento, consolidación, conservación y mejoramiento de los mismos centros de población. Que, el Banco Estatal de Tierra, es propietario del predio identificado como “El predio rústico resultado de la fusión de los dos predios conocidos como la parte restante del predio identificado como el predio rústico constituido por la fracción de terreno número cuatro de los que se dividió la Antigua Hacienda de San Miguel del Salado y una Fracción del terreno número uno de los que se dividió la Antigua Hacienda de San Miguel del Salado”, ubicado en San José Chiapa, Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla. Que, el inmueble identificado como “El predio rústico resultado de la fusión de los dos predios conocidos como la parte restante del predio identificado como el predio rústico constituido por la fracción de terreno número cuatro de los que se dividió la Antigua Hacienda de San Miguel del Salado y una Fracción del terreno número uno de los que se dividió la Antigua Hacienda de San Miguel del Salado”, fue adquirido como se acredita mediante Escritura Pública 13, 303, Volumen 150, de fecha veinticuatro de junio de dos mil quince, otorgada ante la Notario Público 56, del Distrito Puebla, Puebla, del cual se donará una superficie de 12, 872. 07 metros cuadrados y con las siguientes colindancias: En la parte Norte partiendo del vértice 1 (Con coordenadas Y= 2,125,462.645 y X= 628,499.546) con rumbo Sureste y con una distancia de 130.16 metros se llega al vértice 2 (Con coordenadas Y= 2,125,363.065 y X= 628,583.368) colindando en este lindero con propiedad del Banco Estatal de Tierra, continuando con rumbo Suroeste del vértice 2 y haciendo centro de curva en el vértice B (Con coordenadas Y= 2,125,360.488 y X= 628,580.309) y con una longitud de curva de 8.57 metros se llega al vértice 3 (Con coordenadas Y= 2,125,356.509 y X= 628,580.724), continuando sobre la línea con rumbo Suroeste del vértice 3 y con una distancia de 173.32 metros se llega al vértice 4 (Con coordenadas Y= 2,125,338.536 y X= 628,408.335) colindando en estos linderos con propiedad del Banco Estatal de Tierra, continuando con rumbo Noroeste del vértice 4 y con una distancia de 50.46 metros se llega al vértice 5 (Con coordenadas Y= 2,125,388.728 y X= 628,403.099), continuando sobre la línea con rumbo Noreste del vértice 5 y con una distancia de 121.51 metros se llega al vértice 1 (Con coordenadas Y= 2,125,462.645 y X= 628,499.546) cerrando el polígono en este último vértice y colindando en estos linderos con propiedad del Banco Estatal de Tierra. Que el Instituto Mexicano del Seguro Social es un Organismo Público Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, de integración operativa tripartita, en razón de que a la misma concurren los sectores público, social y privado, cuya función es el garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado. Que, el Banco Estatal de Tierra contempla efectuar la enajenación bajo la figura jurídica de Donación con destino al Instituto Mexicano del Seguro Social, de una superficie de 12, 872. 07 metros cuadrados del inmueble identificado como “El predio rústico resultado de la fusión de los dos predios conocidos como la parte restante del predio identificado como el predio rústico constituido por la fracción de terreno número cuatro de los que se dividió la Antigua Hacienda de San Miguel del Salado y una Fracción del terreno número uno de los que se dividió la Antigua Hacienda de San Miguel del Salado”, para que en ella se desarrollen las actividades inherentes de esa institución. Que con fecha veinte de abril del año en curso se celebró Sesión Extraordinaria del Comité Técnico del Fideicomiso Público denominado “Banco Estatal de Tierra”, en la que se autorizó al Director General a instruir al respectivo Fiduciario la transmisión de propiedad en donación de una superficie de 12, 872. 07 metros cuadrados del inmueble identificado como “El predio rústico resultado de la fusión de los dos predios conocidos como la parte restante del predio identificado como el predio rústico constituido por la fracción de terreno número cuatro de los que se dividió la Antigua Hacienda de San Miguel del Salado y una Fracción del terreno número uno de los que se dividió la Antigua Hacienda de San Miguel del Salado” a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, a fin de desarrollar una Unidad Médica Familiar en la Zona. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos Tercero, Cuarto y Séptimo del Decreto que Autoriza la Creación del Fideicomiso Público Denominado “Banco Estatal de Tierra” y los artículos 6, 13, 14 fracción I y VI del Reglamento Interior del Fideicomiso Público Denominado “Banco Estatal de Tierra”, me permito someter a la consideración de esa Honorable Asamblea, la siguiente: SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN AL BANCO ESTATAL DE TIERRA PARA DONAR AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, UNA SUPERFICIE DE 12,872.07 METROS CUADRADOS DE UNA FRACCIÓN DEL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO “EL PREDIO RÚSTICO RESULTADO DE LA FUSIÓN DE LOS DOS PREDIOS CONOCIDOS COMO LA PARTE RESTANTE DEL PREDIO IDENTIFICADO COMO EL PREDIO RÚSTICO CONSTITUIDO POR LA FRACCIÓN DE TERRENO NÚMERO CUATRO DE LOS QUE SE DIVIDIÓ LA ANTIGUA HACIENDA DE SAN MIGUEL DEL SALADO Y UNA FRACCIÓN DEL TERRENO NÚMERO UNO DE LOS QUE SE DIVIDIÓ LA ANTIGUA HACIENDA DE SAN MIGUEL DEL SALADO”. PRIMERO.- Se autoriza al Banco Estatal de Tierra, a donar una superficie de 12,872.07 metros cuadrados del inmueble identificado como “El predio rústico resultado de la fusión de los dos predios conocidos como la parte restante del predio identificado como el predio rústico constituido por la fracción de terreno número cuatro de los que se dividió la Antigua Hacienda de San Miguel del Salado y una Fracción del terreno número uno de los que se dividió la Antigua Hacienda de San Miguel del Salado”, con destino al Instituto Mexicano del Seguro Social, para que en él se desarrollen las actividades inherentes de esa Institución. SEGUNDO. Para efectos de lo anterior, el Banco Estatal de Tierra, deberá realizar los trámites necesarios para efectuar la donación en términos de la legislación aplicable, siempre tomando en consideración el beneficio de la sociedad. Publíquese el presente Acuerdo. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS JUAN JOSÉ MÉNDEZ LEÓN JIMÉNEZ DIRECTOR GENERAL DEL FIDEICOMISO PÚBLICO DENOMINADO “BANCO ESTATAL DE TIERRA”