DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S La suscrita Diputada integrante del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México de la Quincuagésimo Novena Legislatura del H. Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en los artículos 71 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II, 147, 148 y 149 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 93 fracción VI y 128 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado de Puebla, y demás relativos aplicables; someto a consideración de esta Asamblea la siguiente: INICIATIVA DE DECRETO de conformidad con los siguientes: C O N S I D E R A N D O S La situación que atraviesa la sociedad mexicana nos presenta diversos retos que debemos afrontar de manera responsable y compartida. Existen estudios que han puesto en evidencia la realidad en la que viven los mexicanos; las deficiencias y obstáculos que día a día afrontan y que para servidores públicos y representantes populares, su atención, debe representar el centro de nuestro actuar. Constantemente nos enteramos de situaciones que se presentan en la escuela, en la calle y en el hogar en detrimento de niños y adolescentes, vulnerando su seguridad, integridad, salud, desempeño, estabilidad emocional e incluso su futuro personal, laboral y económico. Males como la drogadicción, la obesidad, el bullying, el embarazo en adolescentes y el deterioro ambiental son una realidad que va en crecimiento y que requieren de urgente atención por parte de sociedad y gobierno. Drogadicción: De acuerdo a la Encuesta Nacional de Consumo de Drogas en Estudiantes 2014, a nivel nacional el 12.8% de hombres y 12.1% de mujeres, estudiantes de secundaria, y 28.4% de hombres y 21.9% de mujeres, estudiantes de bachillerato, consumen o han consumido algún tipo de droga. 1 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES Por su parte, el 4.7% de niños y 1.7% de niñas estudiantes de primaria han consumido alguna droga, siendo en este caso las comunidades rurales las de mayor afectación. Dentro de las principales causas que motivan esta problemática se encuentran el consumo por parte de los padres, hermanos y amigos. Obesidad: De acuerdo a cifras del Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF México), actualmente el país ocupa el primer lugar mundial en obesidad infantil y el segundo en obesidad en adultos, precedido solo por los Estados Unidos. Datos de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT) indican que uno de cada tres adolescentes de entre 12 y 19 años presenta sobrepeso u obesidad. Para los escolares, la prevalencia combinada de sobrepeso y obesidad ascendió un promedio del 26% para ambos sexos, lo cual representa más de 4.1 millones de escolares conviviendo con este problema. La principal causa a la que se apunta son los malos hábitos en la alimentación, que acaban desembocando en una prevalencia del sobrepeso de un 70% en la edad adulta. A largo plazo, la obesidad favorece la aparición de enfermedades tales como diabetes, infartos, altos niveles de colesterol o insuficiencia renal, entre otros. Actualmente, la diabetes es el mayor problema al que se enfrenta el sistema nacional de salud: es la principal causa de muerte en adultos, la primera causa de demanda de atención médica y la enfermedad que consume el mayor porcentaje de gastos en las instituciones públicas. Bullying: México ocupa el primer lugar internacional de casos de bullying en educación básica ya que afecta a 18 millones 781 mil 875 alumnos de primaria y secundaria, de acuerdo con un estudio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCD). El análisis efectuado por la OCDE entre sus 34 países miembros reporta que 40.24% de los estudiantes declaró haber sido víctima de acoso; 25.35% haber recibido insultos y amenazas; 17% ha sido golpeado y 44.47% dijo haber 2 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES atravesado por algún episodio de violencia verbal, psicológica, física y ahora a través de las redes sociales. El bullying se ha convertido en un severo problema ya que, conforme a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el número de menores afectados aumentó en los últimos dos años 10%, al grado de que siete de cada diez han sido víctimas de violencia. Investigaciones del Instituto Politécnico Nacional y de la Universidad Nacional Autónoma de México detallan que de los 26 millones 12 mil 816 estudiantes de los niveles preescolar, primaria y secundaria, alrededor de 60 y 70% han sufrido bullying, provocando bajo rendimiento escolar, deserción, así como un incremento en el suicidio. Embarazo en adolescentes: Cifras del INEGI reportan que para el 2014 residían en México 29.9 millones de jóvenes de 15 a 29 años, monto que representa 24.9% de la población total. Datos de la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (ENADID 2014) indican que 44.9% de las adolescentes de 15 a 19 años, sexualmente activas, declaró no haber usado un método anticonceptivo durante su primer relación sexual. Para 2013, 83.9% del total de egresos hospitalarios en mujeres de 15 a 19 años, se relaciona con causas obstétricas (embarazo, aborto, complicaciones en el embarazo, parto o puerperio, y otras afecciones). Se destaca, además, que del trienio 2011 – 2013 ocurrieron 77 nacimientos por cada mil adolescentes de 15 a 19 años de edad. El embarazo a esta edad no solo representa un problema de salud para la madre y su producto, sino además tiene una repercusión económica para la madre, ya que implica menores oportunidades educativas o el abandono total de sus estudios, aspectos que contribuyen a generar un contexto de exclusión y de desigualdad de género. Cada año a nivel mundial, 16 millones de mujeres adolescentes (15 a 19 años) dan a luz, principalmente en países de ingresos bajos y medianos (95%), mientras que cerca de tres millones se someten a abortos, muchos de ellos de forma clandestina. 3 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES Estos trastornos encuentran origen en causas comunes como la falta de cultura, la imitación de estereotipos, la ausencia de buenos hábitos, la escases de información, o bien de métodos indicados para transmitirla. Causas que encontramos tanto en el seno familiar como en las aulas y fuera de ellas. La mejor forma de atacar cualquier mal es previniéndolo. De esta forma se evitan consecuencias que afecten la integridad y la economía, pero sobre todo nos permite construir un ambiente apto para la convivencia. Es así que con la presente reforma, se apuesta justamente al adelanto de acontecimientos, para lo cual se requiere echar mano de la mejor herramienta con la que cuenta el Estado para ello, la educación. La mayoría de personas relaciona a la educación con el conocimiento impartido en las aulas. Sin embargo esa percepción se queda corta, por lo menos en lo que respecta al texto legal. El artículo 10 de la Ley General de Educación señala como partes del sistema educativo nacional, entre otros, a educandos, educadores y padres de familia. Es decir, el papel de los padres de familia en la formación es determinante, lo cual se refuerza con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 2 – “En el sistema educativo nacional deberá asegurarse la participación activa de todos los involucrados en el proceso educativo, con sentido de responsabilidad social, privilegiando la participación de los educandos, padres de familia y docentes, para alcanzar los fines a que se refiere el artículo 7º” – y en las fracciones IX y XV del artículo 33 - Artículo 33.- Para cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior, las autoridades educativas en el ámbito de sus respectivas competencias llevarán a cabo las actividades siguientes: IX.- Impulsarán programas y escuelas dirigidos a los padres de familia o tutores, que les permitan dar mejor atención a sus hijos para lo cual se aprovechará la capacidad escolar instalada, en horarios y días en que no se presten los servicios educativos ordinarios y XV.- Apoyarán y desarrollarán programas, cursos y actividades que fortalezcan la enseñanza de los padres de familia respecto al valor de la igualdad y solidaridad entre las hijas e hijos, la prevención de la violencia escolar desde el hogar y el respeto a sus maestros - del mismo ordenamiento legal. Visto lo anterior es oportuno reconocer y aprovechar el valor que merece la aportación que puede y debe otorgarse desde el hogar no solo para consolidar conocimientos sino para inculcar confianza, valores y seguridad. Para hacer de la 4 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES educación una verdadera herramienta de transformación social que permita erradicar de una vez por todas situaciones como la drogadicción, el bullying, los embarazos prematuros, la obesidad y el deterioro ambiental. La intención de esta propuesta es generar un esquema de “Escuela para Padres” que permita a los jefes de familia hacer conciencia sobre la problemática que impera en perjuicio de sus hijos. Que sepan identificar pero sobretodo prevenir y atender situaciones de riesgo que pongan en peligro su integridad y su futuro. Que les permita orientarlos de acuerdo a su edad y sus necesidades, tomando en cuenta los factores externos como el crecimiento de la tecnología y de las redes sociales, pero sobre todo los métodos que la delincuencia utiliza y tiene a su alcance para perjudicarlos. Con la presente se pretende dar vida al cuerpo de la ley. Generar esquemas de participación activa de los padres de familia respecto a la formación de sus hijos a través de la impartición de programas, cursos y actividades que fortalezcan su conocimiento para el combate de la drogadicción, la obesidad, el bullying, el embarazo en adolescentes y el deterioro ambiental. Se trata de promover la corresponsabilidad y mejorar de una vez por todas, la calidad de vida de niños y jóvenes y con ello, el futuro de nuestro país., lo cual se pretende a través de las modificaciones legales que a continuación se detallan: LEY GENERAL DE EDUCACIÓN VIGENTE PROPUESTA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 7o.- La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes: I.-… CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 7o.- La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes: I.-… 5 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES VIGENTE PROPUESTA … X.- Desarrollar actitudes solidarias en los individuos y crear conciencia sobre la preservación de la salud, el ejercicio responsable de la sexualidad, la planeación familiar y la paternidad responsable, sin menoscabo de la libertad y del respeto absoluto a la dignidad humana, así como propiciar el rechazo a los vicios y adicciones, fomentando el conocimiento de sus causas, riesgos y consecuencias; XI.- Inculcar los conceptos y principios fundamentales de la ciencia ambiental, el desarrollo sustentable, la prevención del cambio climático, así como de la valoración de la protección y conservación del medio ambiente como elementos esenciales para el desenvolvimiento armónico e integral del individuo y la sociedad. También se proporcionarán los elementos básicos de protección civil, mitigación y adaptación ante los efectos que representa el cambio climático y otros fenómenos naturales; XVI.-… … X.- Desarrollar actitudes solidarias en los individuos y crear conciencia sobre la preservación de la salud, el ejercicio responsable de la sexualidad, la planeación familiar y la paternidad responsable, sin menoscabo de la libertad y del respeto absoluto a la dignidad humana, así como propiciar el rechazo a los vicios y adicciones, fomentando el conocimiento de sus causas, riesgos y consecuencias; XI.- Inculcar los conceptos y principios fundamentales de la ciencia ambiental, el desarrollo sustentable, la prevención del cambio climático, así como de la valoración de la protección y conservación del medio ambiente como elementos esenciales para el desenvolvimiento armónico e integral del individuo y la sociedad. También se proporcionarán los elementos básicos de protección civil, mitigación y adaptación ante los efectos que representa el cambio climático y otros fenómenos naturales; XVI.-… Para el cumplimiento de los fines contenidos dentro de las fracciones X y XI del presente artículo, las autoridades educativas, en coordinación con las asociaciones de padres de familia, apoyarán y desarrollarán programas, cursos y 6 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES VIGENTE PROPUESTA actividades que fortalezcan la enseñanza de los padres de familia. CAPITULO II DEL FEDERALISMO EDUCATIVO Sección 1.- De la distribución de la función social educativa Artículo 14.- Adicionalmente a las atribuciones exclusivas a las que se refieren los artículos 12 y 13, corresponde a las autoridades educativas federal y locales de manera concurrente, las atribuciones siguientes: I.-… … X Bis.- Fomentar el uso responsable y seguro de las tecnologías de la información y la comunicación en el sistema educativo, para apoyar el aprendizaje de los estudiantes, ampliar sus competencias para la vida y favorecer su inserción en la sociedad del conocimiento; XI.- … CAPITULO II DEL FEDERALISMO EDUCATIVO Sección 1.- De la distribución de la función social educativa Artículo 14.- Adicionalmente a las atribuciones exclusivas a las que se refieren los artículos 12 y 13, corresponde a las autoridades educativas federal y locales de manera concurrente, las atribuciones siguientes: I.-… … X Bis.- Fomentar el uso responsable y seguro de las tecnologías de la información y la comunicación en el sistema educativo, para apoyar el aprendizaje de los estudiantes, ampliar sus competencias para la vida y favorecer su inserción en la sociedad del conocimiento; X Ter.- Apoyar y desarrollar programas, cursos y actividades que fortalezcan la enseñanza de los padres de familia para el cumplimiento de los fines de la educación contenidos en las fracciones 7 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES VIGENTE PROPUESTA X y XI del artículo 7 de la presente ley; CAPITULO VII DE LA PARTICIPACION SOCIAL EN LA EDUCACION Sección 1.- De los padres de familia Artículo 65.- Son derechos de quienes ejercen la patria potestad o la tutela: I.- XII.- Presentar quejas ante las autoridades educativas correspondientes, en los términos establecidos en el artículo 14, fracción XII Quintus, sobre el desempeño de docentes, directores, supervisores y asesores técnico pedagógicos de sus hijos o pupilos menores de edad y sobre las condiciones de la escuela a la que asisten. Artículo 67.- Las asociaciones de CAPITULO VII DE LA PARTICIPACION SOCIAL EN LA EDUCACION Sección 1.- De los padres de familia Artículo 65.- Son derechos de quienes ejercen la patria potestad o la tutela: I.- XII.- Solicitar en su beneficio a las autoridades educativas, la realización de programas, cursos y actividades tendientes a reforzar los fines de la educación, en términos de la presente ley; y XIII.- Presentar quejas ante las autoridades educativas correspondientes, en los términos establecidos en el artículo 14, fracción XII Quintus, sobre el desempeño de docentes, directores, supervisores y asesores técnico pedagógicos de sus hijos o pupilos menores de edad y sobre las condiciones de la escuela a la que asisten. Artículo 67.- Las asociaciones de 8 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES VIGENTE PROPUESTA padres de familia tendrán por objeto: I.-… … V.- … padres de familia tendrán por objeto: I.-… … V.- … VI.- Gestionar ante las autoridades educativas la realización de programas, cursos y actividades tendientes a reforzar la enseñanza de los padres de familia para el cumplimiento de los fines de la educación, en términos de la presente ley. Así como participar de manera activa en su desarrollo. Los cambios propuestos, por mínimos que parezcan, sugieren no solo involucrar con determinación y fuerza a los padres de familia en la formación de sus hijos, o generar, por parte de las autoridades, mecanismos de participación e instrucción. Sino que se plantean a fin de garantizar su aplicación y los resultados en beneficio de los menores a través de su reconocimiento como: medio del que las autoridades podrán echar mano para cumplir los fines formales de la educación; atribución concurrente de autoridades educativas federal y local; derecho de los padres de familia para solicitar la capacitación correspondiente; y, objeto de las asociaciones de padres de familia en beneficio de sus representados. Por lo anteriormente expuesto, someto a su consideración la siguiente: INICIATIVA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE ADICIONA UN ÚLTIMO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 7; LA FRACCIÓN X TER AL ARTÍCULO 14; SE REFORMA LA FRACCIÓN XII Y SE ADICIONA LA FRACCIÓN XIII AL ARTÍCULO 65 Y SE ADICIONA LA FRACCIÓN VI AL ARTÍCULO 67, TODOS DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, PARA QUEDAR COMO A CONTINUACIÓN SE INDICA: 9 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES LEY GENERAL DE EDUCACIÓN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 7o.- La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes: I.-… … X.- Desarrollar actitudes solidarias en los individuos y crear conciencia sobre la preservación de la salud, el ejercicio responsable de la sexualidad, la planeación familiar y la paternidad responsable, sin menoscabo de la libertad y del respeto absoluto a la dignidad humana, así como propiciar el rechazo a los vicios y adicciones, fomentando el conocimiento de sus causas, riesgos y consecuencias; XI.- Inculcar los conceptos y principios fundamentales de la ciencia ambiental, el desarrollo sustentable, la prevención del cambio climático, así como de la valoración de la protección y conservación del medio ambiente como elementos esenciales para el desenvolvimiento armónico e integral del individuo y la sociedad. También se proporcionarán los elementos básicos de protección civil, mitigación y adaptación ante los efectos que representa el cambio climático y otros fenómenos naturales; XVI.-… Para el cumplimiento de los fines contenidos dentro de las fracciones X y XI del presente artículo, las autoridades educativas, en coordinación con las asociaciones de padres de familia, apoyarán y desarrollarán programas, cursos y actividades que fortalezcan la enseñanza de los padres de familia. CAPITULO II DEL FEDERALISMO EDUCATIVO 10 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES Sección 1.- De la distribución de la función social educativa Artículo 14.- Adicionalmente a las atribuciones exclusivas a las que se refieren los artículos 12 y 13, corresponde a las autoridades educativas federal y locales de manera concurrente, las atribuciones siguientes: I.-… … X Bis.- Fomentar el uso responsable y seguro de las tecnologías de la información y la comunicación en el sistema educativo, para apoyar el aprendizaje de los estudiantes, ampliar sus competencias para la vida y favorecer su inserción en la sociedad del conocimiento; X Ter.- Apoyar y desarrollar programas, cursos y actividades que fortalezcan la enseñanza de los padres de familia para el cumplimiento de los fines de la educación contenidos en las fracciones X y XI del artículo 7 de la presente ley; CAPITULO VII DE LA PARTICIPACION SOCIAL EN LA EDUCACION Sección 1.- De los padres de familia Artículo 65.- Son derechos de quienes ejercen la patria potestad o la tutela: I.- XII.- Solicitar en su beneficio a las autoridades educativas, la realización de programas, cursos y actividades tendientes a reforzar los fines de la educación, en términos de la presente ley; y XIII.- Presentar quejas ante las autoridades educativas correspondientes, en los términos establecidos en el artículo 14, fracción XII Quintus, sobre el desempeño de docentes, directores, supervisores y asesores técnico pedagógicos de sus hijos o pupilos menores de edad y sobre las condiciones de la escuela a la que asisten. Artículo 67.- Las asociaciones de padres de familia tendrán por objeto: 11 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES I.-… … VI.- Gestionar ante las autoridades educativas la realización de programas, cursos y actividades tendientes a reforzar la enseñanza de los padres de familia para el cumplimiento de los fines de la educación, en términos de la presente ley. Así como participar de manera activa en su desarrollo. ARTÍCULO TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto. ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 02 DE FEBRERO DE 2016 12