C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E S El suscrito Diputado Sergio Moreno Valle Gérman, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con la adhesión del Grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, así como el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, Integrantes de la Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, someto a consideración de este cuerpo colegiado el siguiente Acuerdo, al tenor de los siguientes: C O N S I D E R A N D O S Que la Ley General de Protección Civil y la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil, establecen, que el Sistema Nacional y Estatal de la materia es un conjunto estructurado conformado por el sector público, privado y social, para que coordinen acciones en materia de protección civil. Su objetivo básico es proteger a la población en general ante la eventualidad de un desastre provocado por agentes naturales o humanos, a través de acciones de prevención y coordinación que reduzcan o eliminen la pérdida de vidas humanas, la destrucción de bienes materiales y el menoscabo a la naturaleza, así como la interrupción de funciones primordiales de la sociedad. Que la coordinación y prevención son principios fundamentales en la materia; el primero es integrado por el sector público, privado y social, así como la población en general para la actuación eficaz ante una emergencia o desastre, el segundo consiste en acciones y mecanismos implementados con antelación a la eventualidad, tiene como finalidad conocer los peligros o riesgos para identificarlos, disminuirlos o destruirlos, en materia de protección civil debemos pasar de la reacción a la prevención. Resulta necesario hacer especial énfasis en este tema, en razón que la prevención es base de los criterios que deben seguir los tres niveles de gobierno en la políticas públicas desarrolladas en la materia, la prevención es el medio idóneo para alcanzar el fin de la protección civil, que es proteger a la población. Que el Sistema Estatal funciona en un orden escalonado, siendo los Ayuntamientos el primer nivel de respuesta ante una eventualidad o desastre, razón por la cual tienen la obligación de integrar el Sistema Municipal de Protección Civil de conformidad con las leyes de la materia, el cual tiene por objeto diagnosticar e identificar los riesgos a los que están expuestos su población, a través del Programa Municipal de Protección Civil y el Atlas de Riesgos. Que el Programa Interno de Protección Civil es la principal herramienta que tiene la población ante cualquier contingencia –materializa la cultura de la prevención y autoprotección-, ya que de conformidad con el artículo 103 de la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil, los edificios públicos y los establecimientos de bienes y servicios, como pueden ser los Mercados Municipales o Centros Comerciales, todos, tanto sector público, privado y social tienen la obligación de establecer el citado programa. Este tiene como finalidad mitigar los riesgos identificados y definir acciones de prevención y respuesta ante cualquier riesgo o desastre. El Programa Interno funciona por conducto de la Unidad Interna de Protección Civil, que es el órgano encargado de elaborar, actualizar, operar y vigilar el programa en los inmuebles del sector público, privado y social, también conocidas como “Brigadas Institucionales de Protección Civil”, éstas son el primer ente de respuesta especializada ante cualquier contingencia y se encuentran integradas por cualquiera de nosotros, por eso es de suma importancia vigilar que todos los inmuebles cuenten con su Programa Interno. Desde esta tribuna invito a todos los sectores a no hacer caso omiso de esta obligación. Que los Sistemas Municipales funcionan a través de las Unidades Operativas Municipales de Protección Civil o sus análogas en los 217 Ayuntamientos del Estado y éstas tienen la facultad de promover la elaboración del Programa Interno de Protección Civil, en todos los inmuebles públicos y privados que se encuentren en su demarcación territorial, con la aprobación de la Dirección Estatal de Protección Civil, conforme a lo dispuesto en los artículos 30, fracción XIV y 63, fracción VII de la Ley Estatal. Asimismo, de conformidad con el artículo 104 del mismo ordenamiento, los Ayuntamientos tienen facultades de inspección, supervisión y vigilancia, así como para imponer sanciones y medidas de seguridad, con el objeto de hacer cumplir lo dispuesto en la Ley Estatal. Que lamentables fueron los hechos el pasado veinte de diciembre de 2016, en el Mercado de San Pablito, Tultepec, Estado de México, donde ocurrió una explosión que provoco la muerte de treinta personas y más de cincuenta heridos. Otro hecho más reciente sucedió el pasado miércoles en el Municipio del Ixtacuixtla, Tlaxcala, donde la explosión de un polvorín dejo como resultado la muerte de dos personas y otras tres resultaron heridas. Que la venta de pirotecnia realizada con pólvora y explosivos es una realidad inmediata para nuestras familias, ésta actividad se realiza de manera permanente en diversas épocas del año a finales de febrero antes de iniciar la temporada de pascua, septiembre para celebrar las fiestas patrias, diciembre con motivo del fin de año, entre otras-. Si bien es cierto, el control y vigilancia de las actividades comerciales realizadas con las citadas substancias es competencia del Gobierno Federal, sin embargo, esto no es una limitante para que el Estado y los Ayuntamientos utilicen los mecanismos de prevención para evitar sucesos como los mencionados. Que la venta de productos elaborados con pólvora se obtiene principalmente en los Mercados Municipales y otros establecimientos, los cuales tienen la obligación de tener un Programa Interno de Protección Civil para identificar los citados riesgos y tomar las medidas de prevención conducentes. La Unidad Operativa Municipal tiene la facultad de aprobar y autorizar el programa, haciendo del conocimiento de la Dirección Estatal de Protección Civil, solo en el caso de establecimientos de bienes y servicios que estén destinados a recibir afluencia masiva de personas, como son Mercados Municipales, Tianguis, establecimientos comerciales, entre otros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley Estatal. El propósito del presente acuerdo es exhortar a los Ayuntamientos, a que ejerzan sus facultades de inspección y vigilancia en los establecimientos mencionados para que cumplan con la obligación de implementar su Programas Internos de Protección Civil, en caso de no tenerlo, se sancione conforme a las disposiciones aplicables. El andamiaje jurídico prevé mecanismos que pueden evitar sucesos como los mencionados, sin embargo, la omisión de llevarlos a cabo trae como consecuencia catástrofes no cuantificables, desde este recinto invito a todos los sectores a reforzar la cultura de la prevención en materia de protección civil para garantizar el bienestar y tranquilidad de todos los poblanos. Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a su consideración el siguiente: ACUERDO Primero.- Se exhorta a los 217 Ayuntamientos de los Municipios del Estado de Puebla que por conducto de sus Unidades Operativas Municipales de Protección Civil o sus análogas, a que ejerzan su facultad de inspección y vigilancia, relativo a la obligación que tienen los establecimientos de bienes y servicios de tener un Programa de Interno de Protección Civil como mecanismo de prevención, poniendo especial atención en los Mercados Municipales y establecimientos donde se detecte la venta de pólvora y/o productos pirotécnicos. Segundo.- Se exhorta a los 217 Ayuntamientos de los Municipios del Estado de Puebla que por conducto de sus Unidades Operativas Municipales de Protección Civil o sus análogas, para que fomente la implementación de los Programas Internos de Protección Civil y con ellos refuerce la cultura de la prevención en su población. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 14 DE FEBRERO DE 2017 SERGIO MORENO VALLE GÉRMAN DIP.FRANCISCO JAVIER JIMENEZ HUERTA DIP. SERGIO SALOMÓN CÉSPEDES PEREGRINA DIP. ROSALIO ZANATTA VIDAURRI DIP.JOSÉ CHEDRAUI BUDID DIP. PABLO FERNÁNDEZ DEL CAMPO ESPINOSA DIP. MARITZA MARÍN MARCELO DIP. LEOBARDO SOTO MARTÍNEZ DIP. SILVIA TANÚS OSORIO DIP. GERALDINE GONZÁLES CERVANTES DIP. JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ DIP. CARLOS IGNACIO MIER BAÑUELOS DIP. MARÍA DEL SOCORRO QUEZADA TIEMPO DIP. JULIÁN RENDÓN TAPIA DIP. JOSÉ GUZMÁN ISLAS