C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E. Los suscritos Diputados del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, quienes conformamos parte de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto del Diputado H. Germán Martínez Manzano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 100, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, sometemos a consideración de este H. Cuerpo colegiado el punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la Procuraduría General del Estado de Puebla, implementar capacitación en materia de lenguas, dialectos, usos y costumbres a los a los servidores públicos, que atiendan a grupos indígenas y que estén en mejores condiciones de defender legalmente, bajo el siguiente: CONSIDERANDO El Gobierno de la República busca impulsar la transición hacia un Sistema de Justicia Penal acorde con la reforma constitucional en materia de seguridad pública y justicia penal, en donde el pasado 18 de junio de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; las fracciones XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115 y la fracción XIII del apartado B del artículo 123, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la cual tiene para plazo en todos los Estados de la Republica para el año 2016. Como es de sobra conocido, la aprobación de estas reformas tiene como finalidad el mejorar el funcionamiento de las diferentes Instituciones que integran el sistema de justicia penal en México, encargadas de la Seguridad Pública, la procuración e impartición de justicia, así como de la reinserción social. Sumado a lo anterior, hay que insistir en que la reforma no se reduce solamente a una modificación jurídica, sino que su implementación incorpora cambios y novedades organizacionales en las Instituciones que integran el sistema, asigna novedosas funciones a los actores directos e indirectos que lo conforman e incorpora nuevas figuras operativas y procesos, con lo que se rompe el viejo círculo conceptual que centraba todo el proceso judicial en manos de los profesionales del derecho, para incorporar a profesionistas de otras áreas, así como nuevas tecnologías y procesos administrativos inexistentes hasta entonces. De los diversos cambios constitucionales aprobados al sistema de justicia penal mexicano que se vienen mencionando, uno de los que destaca en el subsistema de impartición de justicia, es el relativo a la introducción de los juicios orales. La introducción de los juicios orales implica una modificación de los diferentes componentes, que integran el sistema de justicia penal, en virtud de la sustitución del modelo penal mixto por uno predominantemente acusatorio y oral, regido por los principios procesales de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, previsto en los artículos 16, párrafo segundo y décimo tercero, 17, párrafos tercero, cuarto y sexto, 19, 20 y 21, párrafo todos estos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Este H. Congreso local ha notificado ya a la Cámara de Diputados que el 14 de marzo entró en vigor el Código Nacional de Procedimientos Penales en el estado de Puebla. El decreto enviado a la Cámara baja del Congreso de la Unión indicó que se está dando cumplimiento a la gradualidad establecida en los artículos transitorios de la Ley Orgánica del Poder Judicial en el Estado. Y como antecedente marcamos que en el Estado de Puebla ya hemos tenido un avance en este nuevo sistema penal, luego de que Teziutlán fuera el primer municipio en el Estado en llevar a cabo su sistema de Justicia  Penal Acusatorio Adversarial, e incluso éste fue sede para filmar un cortometraje destinado a la capacitación del personal de Seguridad Pública y Ministerios Públicos. De esta manera se tiene pensado en agilizar todo el procedimiento en materia penal, pero más allá de ver la infraestructura y los cursos para la capacitación de tanto jueces y ministerios públicos, etc. También deberíamos tener en mente a las personas que hablan algún tipo de lengua o dialecto indígena ¿Al día de hoy cuantas personas capacitadas y/o con estudios en la carrera de Derecho, hablan una lengua o dialecto indígena, para defender a estar personas? Esta interrogante nos da mucho en que pensar, ya que a pesar de que el artículo 45 del Código Nacional de Procedimientos Penales, establece ¨ Cuando las personas no hablen o no entiendan el idioma español, deberá proveerse traductor o intérprete, y se les permitirá hacer uso de su propia lengua o idioma…. En el caso de que el imputado no hable o entienda el idioma español deberá ser asistido por traductor o intérprete para comunicarse con su Defensor en las entrevistas que con él mantenga. El imputado podrá nombrar traductor o intérprete de su confianza, por su cuenta.¨ , se corre el riego de que por alguna inadecuada traducción o interpretación, o bien por el desconocimiento del traductor o interprete de los términos legales de lo que el indígena inculpado diga a su favor, pueda ser sentenciado culpable. Es conveniente comentar que de acuerdo a las estadísticas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el Estado de Puebla las lenguas y dialectos indígenas más habladas son: Lengua indígena Número de hablantes (año 2010) Náhuatl 447 797 Totonaca 106 559 Popoloca 16 576 Mazateco 16045 FUENTE: INEGI. Censo de Población y Vivienda 2010. Hay 601, 680 personas mayores de 5 años que hablan alguna lengua o dialecto indígena, lo que representa 11% de la población de la Entidad. Con estos datos nos adentramos a un estudio muy minucioso, en el Estado hay dos grandes regiones indígenas: la Sierra Norte de Puebla y la Sierra Negra. En la primera conviven nahuas, totonacos y otomíes, que constituyen importantes poblaciones en Cuetzalan del Progreso, Pahuatlán, Huehuetla y Teziutlán. En varios municipios de la región, como Eloxochitlán y San Sebastián Tlacotepec, los indígenas popolocas, nahuas y mazatecos constituyen la mayoría de la población. La región indígena de la Sierra Negra está fuertemente relacionada con la ciudad de Tehuacán, donde los indígenas son el 21% de la población. Otros municipios indígenas se encuentran aislados en el suroeste y el centro del Estado. Se trata de poblaciones como San Jerónimo Xayacatlán o Quimixtlán, en el sur y oriente del estado y con importantes poblaciones mixtecas y nahuas respectivamente. Municipios del Estado con población mayoritariamente mestiza, como Puebla de Zaragoza, Tehuacán y Atlixco, concentran un importante número de indígenas migrantes o nativos de primera generación. De acuerdo con el Consejo Estatal de Población (Coespo), tambien aparece el Náhuatl, el Zapoteco, Mixteco y el Totonaco, que podrían considerarse como algunos de los más conocidos por la mayoría de la gente. Sin embargo, aparecen otros que difícilmente llegarían a su mente como el Mame, el Kechi, el Cora, el Aguacateco, el Kanjobal, el Lacandón, el Amuzgo, el Chatino y el Cakchiquel. Por otro lado la población que habla y se considera indígena en México representa 14.9% de la población total del país. Los datos del Censo indican que una parte importante de la población indígena vive en centros urbanos y localidades de menos de 15,000 habitantes. Los hablantes de algún dialecto o lengua indígena habitan en mayor proporción en las localidades más pequeñas. A medida que la población en los centros urbanos va aumentando, la proporción de personas que habla algún dialecto o lengua disminuye. Además los datos muestran que 17% de los hablantes de lengua indígena viven en municipios que tienen un bajo Índice de Desarrollo Humano (IDH). Un punto muy importante a destacar es que ya en algunas Entidades Federativas se están llevando a cabo estos juicios, pero hay tomar cartas en el asunto y poner en marca el órgano jurisdiccional; es decir, que los defensores sociales o públicos, jueces, peritos, secretarios y demás personal que participa en la impartición de justicia, que se inmiscuyan en la materia, habiendo una ecuanimidad en este sector, ya que como se menciona en las líneas anteriores son ellos los que ponen en marcha la impartición de justicia, y es por ello que se anime o que ponga en marcha y capacite al personal que más adelante llevaran a cabo todos estos procesos jurídicos. Es por ello que con la capacitación y adiestramiento que sufriría el personal y es que se tome en cuenta que los indígenas requerirán ayuda para poder defenderse, ya que en la actualidad es alarmante el gran número de personas que necesitan ser defendidas de manera igual que los demás, logrando un mejor Estado de igualdad. De acuerdo al Artículo 20 inciso B Fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el inculpado tendrá una defensa adecuada por un abogado, y lo elegirá libremente e incluso desde el momento de su detención, de la misma manera si no quiere o no tiene un abogado, el juez le asignara un defensor público. Pero para una buena incorporación a este nuevo sistema, se estima conveniente que deba haber personal apropiado, tanto los servidores públicos que imparten la justicia como de igual manera los abogados, que en su caso pretendan defender a esta personas, y así se procura que tengan una mejor defensa ya que como bien se mencionan, hablan un idioma o dialecto. Consideramos que no podemos dejar de atender las necesidades de los pueblos indígenas ni de buscar cómo solucionarlos, debemos tener como una de nuestras prioridades promover y respetar los Derechos de los pueblos indígenas e impulsar su desarrollo integral. Esta tarea, por sus dimensiones, necesita del concurso de todos los mexicanos. No es únicamente una tarea del gobierno, ni de los pueblos indígenas, sino de todos los integrantes de la Nación mexicana. Creemos que este camino es una manera de contribuir a la Reforma del Estado mexicano, a un Estado que reconoce la diversidad de los pueblos en su interior y garantice, a todos sus ciudadanos, la igualdad, el respeto a la diversidad y a la diferencia en el mundo de lo civil, social, político y pluricultural. Derivado de lo anterior esta Bancada, sugiere que la Procuraduría General del Estado de Puebla, implementar capacitación a los servidores públicos, que atiendan a grupos indígenas y que estén en mejores condiciones de defender legalmente a este sector social tan importante de nuestra Nación y de nuestra Entidad, y que no se queden en un estado de indefensión. En virtud de lo antes expuesto, sometemos a consideración del pleno de esta asamblea, la presente proposición con: Punto de Acuerdo Punto Único.- Se solicita respetuosamente a la Procuraduría General del Estado de Puebla, implementar capacitación en materia de lenguas, dialectos, usos y costumbres a los a los servidores públicos, que atiendan a grupos indígenas y que estén en mejores condiciones de defender legalmente a este sector social tan importante de nuestra Nación y de nuestra Entidad, y que no se queden en un estado de indefensión. A T E N T A M E N T E. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 9 DE SEPTIEMBRE DE 2014. INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DIP. JORGE FOUAD AGUILAR CHEDRAUI DIP. JOSÉ DOMINGO ESQUITÍN LASTIRI DIP. HERACLIO GERMÁN MARTÍNEZ MANZANO DIP. CORONA SALAZAR ÁLVAREZ DIP. JOSÉ GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA DIP. MIGUEL ÁNGEL HUEPA PÉREZ Esta hoja de firmas corresponde al punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Procuraduría General del Estado de Puebla, implementar capacitación en materia de lenguas, dialectos, usos y costumbres a los servidores públicos, que atiendan a grupos indígenas y que estén en mejores condiciones de defender legalmente a este sector social tan importante de nuestra Nación y de nuestra Entidad, y que no se queden en un estado de indefensión. . DIP. IRMA PATRICIA LEAL ISLAS DIP. PABLO MONTIEL SOLANA DIP. FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ DIP. PABLO RODRÍGUEZ REGORDOSA Esta hoja de firmas corresponde al punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Procuraduría General del Estado de Puebla, implementar capacitación en materia de lenguas, dialectos, usos y costumbres a los servidores públicos, que atiendan a grupos indígenas y que estén en mejores condiciones de defender legalmente a este sector social tan importante de nuestra Nación y de nuestra Entidad, y que no se queden en un estado de indefensión. DIP. FRANCISCO MOTA QUIROZ DIP. NEFTALÍ SALVADOR ESCOBEDO ZOLETTO DIP. MARÍA DEL ROCIO AGUILAR NAVA Esta hoja de firmas corresponde al punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Procuraduría General del Estado de Puebla, implementar capacitación a los servidores públicos, que atiendan a grupos indígenas y que estén en mejores condiciones de defender legalmente a este sector social tan importante de nuestra Nación y de nuestra Entidad, y que no se queden en un estado de indefensión. DIP. SERGIO EMILIO GÓMEZ OLIVIER DIP. EUKID CASTAÑÓN HERRERA Esta hoja de firmas corresponde al punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Procuraduría General del Estado de Puebla, implementar capacitación en materia de lenguas, dialectos, usos y costumbres a los servidores públicos, que atiendan a grupos indígenas y que estén en mejores condiciones de defender legalmente a este sector social tan importante de nuestra Nación y de nuestra Entidad, y que no se queden en un estado de indefensión. 1 7