C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. P R E S E N T E JOSÉ CHEDRAUI BUDIB, diputado integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura del H. Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, y 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado y; C O N S I D E R A N D O Que el 18 de junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de Reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el que se instituye el nuevo Sistema Penal Acusatorio. Que el nuevo sistema de justicia penal acusatorio, adversarial y oral, es un sistema de reglas, figuras e instituciones que regirá los procesos y procedimientos penales, basado en los principios de oralidad, igualdad, inmediación, publicidad, contradicción, concentración, continuidad y presunción de inocencia. Que se trata de una reforma integral que exige un cambio de mentalidad de los operadores del sistema, de las instituciones de educación y de los ciudadanos. Que el nuevo sistema requerirá de un cambio cultural a fondo, de intensos mecanismos para capacitar a los operarios y de leyes que establezcan los principios de conciliación para lograr mayor integralidad del sistema. Que en el citado decreto de reforma se establece como fecha límite para su implementación en todo el país el mes de junio de 2016, toda vez que en teoría se ha ido sustituyendo gradualmente el actual sistema penal en todo el territorio nacional. Que si bien en el Estado se han realizado diversas acciones para avanzar en la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, se requiere de instrumentar todos los programas, estrategias y políticas posibles que coadyuven, por una parte a cumplir con el término supra señalado, pero sobre todo que se traduzca en un verdadero beneficio para los ciudadanos respetando, protegiendo y garantizando los Derechos Humanos, que inspiraron a la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, en nuestro país. En este sentido debemos recordar, que la ejecución efectiva de las leyes subyace en la claridad y accesibilidad con la que se exponen a la sociedad, por tal motivo para que el Nuevo Sistema de Justicia Penal se convierta en una realidad debemos procurar que todos los involucrado se encuentren debidamente capacitados, que los ciudadanos particularmente conozcan sus derechos, reconozcan el valor y la importancia que conlleva la implementación de este Nuevo Sistema y sobre todo los mecanismos, medios e instituciones existentes para defender sus derechos. Es por ello que desde el Congreso de Puebla debemos impulsar las medidas necesarias y velar permanentemente por que se eliminen cualesquiera que sean las barreras e impedimentos para acceder a la debida capacitación y a la máxima difusión de las ventajas, objetivos y alcances del Nuevo Sistema de Justicia Penal. PUNTO DE ACUERDO ÚNICO.- Se exhorta a la la Comisión Ejecutiva para la Actualización y Modernización de la Procuración y Administración de Justicia del Estado para que se genere un curso de capacitación gratuita en línea dirigido a Jueces, Magistrados, Agentes del Ministerio Público, Defensores, Policía Ministerial, Policía, Peritos, Personal Penitenciario, Abogados Litigantes, Periodistas y a la sociedad en general, en lo concerniente al Nuevo Sistema de Justicia Penal. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 04 DE NOVIEMBRE DE 2015 DIP. JOSÉ CHEDRAUI BUDIB