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ENTRE LOS DERECHOS, LOS DEBERES Y LA IGNORANCIA

Diputada Rocío García Olmedo
24 de mayo de 2010

En la historia de nuestro país,  desde el planteamiento independentista, el ideal era construir un México libre donde todos podamos convivir sin discriminaciones. Así fue expresado en el artículo 1º de la Constitución de 1857 “Los derechos del hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales”.

Poco a poco -ya que los cambios culturales no se dan de un día para otro- hemos ido descubriendo los contenidos de los derechos humanos, y es a principios del siglo XX cuando tiene lugar una toma de conciencia en el mundo a partir de la premisa  de que todo ser humano es sujeto a derechos fundamentales.

Hoy todas las naciones del mundo hacen esfuerzos para fortalecer los mecanismos que aseguren ese respeto pleno a la dignidad humana fundamentalmente desde dos ejes: impulsando una conciencia mundial en torno a este tema y estableciendo normas mínimas de comportamientos, que permitan prevenir actos que los vulneren.

Dentro de los derechos humanos, una de las esferas más notorias que ha merecido la intervención desde diversos Pactos y Tratados es la protección a los derechos de las personas pertenecientes a las minorías a partir del principio de no-discriminación.  Así en todas las legislaciones del mundo se ha venido incorporando una serie de lineamientos jurídicos que aseguran su protección.

De ahí la prohibición de todo tipo de discriminación; motivada por el origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquiera otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar derechos y libertades de las personas.

Así está escrito en el párrafo tercero del artículo primero de la Constitución mexicana y la  Constitución poblana lo expresa  también en su artículo 11 y sienta las bases en la fracción VI del artículo 12 para la creación de Organismo que se encarga de proteger, respetar  y defender los derechos humanos en el estado de Puebla.

 En esta construcción de la norma jurídica México también ha suscrito más de 100 Tratados Internacionales que abordan derechos humanos y hace veinte años crea la institución que se encarga de defender y proteger los derechos humanos en el país.

Incluso hay una Ley Federal para prevenir y Eliminar la Discriminación, que abunda en el concepto señalando: que la discriminación es toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, la condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, la religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquiera otra, que tenga por objeto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.

Muchos años han transcurrido y pese a los esfuerzos de muchas y de muchos mexicanos, todavía está lejano el logro de este ideal. Hemos sido testigos de muchas atrocidades en contra  de la dignidad humana.
Sin embargo, si la norma existe y en todas ellas se establecen nuestros derechos, entonces ¿Cuáles son los límites de los derechos humanos?

Pudiéramos encontrar respuesta a esa interrogante en la intervención del Dr. Raúl Plascencia, Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos en su reciente visita a Puebla “pareciera que a las personas se nos olvidan  nuestros deberes”

En el Constitucionalismo social, las personas ya no somos solo recipiendarios de derechos, sino también nos volvemos entes activos con deberes y responsabilidades derivados de la propia norma jurídica.

Y esos deberes también definen las bases de la convivencia social ya lo decía Panecio en su Tratado de Deberes, los seres humanos tenemos instinto y razón; el instinto nos lleva a la violencia; la razón nos lleva a la convivencia y a la tolerancia.

Sin duda la vida en sociedad no la resuelven las leyes por sí solas, de ahí que es compromiso de todos y todas, hacer  efectivos los deberes y las responsabilidades derivadas de la misma norma que nos rige. En este país y en este estado se  prohíbe la discriminación y se protege, respeta y defiende los derechos humanos. Nuestra obligación es cumplirla.

Por ello es recomendable una lectura -cuando menos-  a nuestra ley general, la Constitución mexicana, que después de todo es bastante breve solo 136 artículos y existen numerosas presentaciones de ella dirigidas a los diversos sectores de la población para su mejor entendimiento, incluso hay presentaciones para niños y niñas para facilitar su comprensión elaboradas en lenguaje sencillo.

Con ello podremos comprender que hay garantías para la defensa de los derechos individuales y colectivos de todos, incluidos los grupos minoritarios que -desafortunadamente para algunos- no pueden ser ignorados porque ya forman parte de la realidad cotidiana de Puebla y de México y todos y todas tenemos la obligación de continuar procurándoles alternativas jurídicas justamente para una mejor convivencia social.
 Sólo así estaremos en el camino de erradicar de una vez por todas, conductas discriminatorias derivadas de prejuicios, que incitan al odio, a la violencia, al rechazo, a la  burla, a la ofensa, pero también, a la difamación, a la injuria, a la persecución o la exclusión. Y esto es un delito.

Para aquellos que lo hemos olvidado, hay principio fundamental de derecho “LA IGNORANCIA DE LA LEY NO EXIME DE SU CUMPLIMIENTO” antiquísimo principio jurídico que es aplicable para todos y todas.

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