En ese orden de ideas, cualquiera que sea el cónyuge que se haya dedicado a las labres del hogar y cuidado de los hijos, tiene el derecho, si así lo considera, a recibir una indemnización por el tiempo empleado y por haber renunciado al desarrollo de una vida profesional. Por lo tanto, en caso de divorcio, el Juez deberá valorar con criterios equitativos el tiempo que duró el matrimonio, la dedicación preponderante a las labores del hogar y en su caso, al cuidado de los hijos; la forma en que desempeñó su labor como esposa (o), ama de casa y madre o padre, así como el grado de preparación de la esposa (o) y la posibilidad que hubiera tenido de trabajar y obtener una remuneración