C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E. Los que suscriben Diputadas y Diputados integrantes de los Grupos Legislativos de los Partidos Acción Nacional, Nueva Alianza y la Diputada Lizeth Sánchez García integrante del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo, de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado, por conducto de la Diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 120 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, sometemos a consideración de este Honorable Cuerpo Colegiado el PUNTO DE ACUERDO respectivo, de conformidad con los siguientes: C O N S I D E R A N D O S Que en la Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de diciembre de 2011, se decide designar el 15 de junio Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez, e invita a los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales y regionales, así como a la sociedad civil, incluidas organizaciones no gubernamentales y particulares, a que lo observen debidamente. Que en el contexto del Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez de éste 2016, el Secretario General de la ONU, Ban Ki Moon ha sido contundente al señalar que es fundamental poner fin al abandono, el maltrato y la violencia que sufren las personas de edad para alcanzar los 17 Objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, razón por la cual exhortó a que los Estados Miembros y la sociedad civil reafirmen su determinación y redoblen sus esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia y abuso contra las personas de edad. Cabe recordar que la Agenda 2030 fue adoptada el 25 de septiembre de 2015 por los 193 Estados Miembros, siendo México parte de esta Asamblea General; misma que se enfoca a poner fin a la pobreza, luchar contra la desigualdad y la injusticia; y hacer frente al cambio climático. Que la Organización de las Naciones Unidas ha pronosticado que para el año 2050, más del 20% de la población mundial tendrá 60 años o más, además de reconocerse también que el aumento del número de personas de edad será mayor y más rápido en el mundo en desarrollo; aunado a lo anterior existe la creciente problemática social de abuso y violencia contra las personas de edad, que desafortunadamente se presenta de diversas formas, como la violencia por parte de la pareja, de un familiar o de un extraño, así como el abuso psicológico, emocional y peor aún la explotación financiera. Que teniendo en consideración que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte, se menciona lo establecido en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores tiene como objeto promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad. Que de acuerdo con la citada Convención la persona mayor tiene los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que otras personas, y que estos derechos, incluido el de no verse sometida a discriminación fundada en la edad ni a ningún tipo de violencia, dimanan de la dignidad y la igualdad que son inherentes a todo ser humano. En razón de lo anterior, se establece en el artículo 9 denominado “Derecho a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia” que la persona mayor tiene derecho a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia, a recibir un trato digno y a ser respetada y valorada, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la cultura, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen social, nacional, étnico, indígena e identidad cultural, la posición socio-económica, discapacidad, la orientación sexual, el género, la identidad de género, su contribución económica o cualquier otra condición. Se entenderá que la definición de violencia contra la persona mayor comprende, entre otros, distintos tipos de abuso, incluso el financiero y patrimonial, y maltrato físico, sexual, psicológico, explotación laboral, la expulsión de su comunidad y toda forma de abandono o negligencia que tenga lugar dentro o fuera del ámbito familiar o unidad doméstica o que sea perpetrado o tolerado por el Estado o sus agentes dondequiera que ocurra. Así mismo, dentro de los compromisos de los Estados parte de la Convención se encuentra informar y sensibilizar a la sociedad en su conjunto sobre las diversas formas de violencia contra la persona mayor y la manera de identificarlas y prevenirlas, al igual que, capacitar y sensibilizar a funcionarios públicos, a los encargados de los servicios sociales y de salud, al personal encargado de la atención y el cuidado de la persona mayor en los servicios de cuidado a largo plazo o servicios domiciliarios sobre las diversas formas de violencia, a fin de brindarles un trato digno y prevenir negligencia y acciones o prácticas de violencia y maltrato y desarrollar programas de capacitación dirigidos a los familiares y personas que ejerzan tareas de cuidado domiciliario a fin de prevenir escenarios de violencia en el hogar o unidad doméstica. Que en México, uno de los objetivos de la Política Nacional sobre personas adultas mayores consiste en promover la difusión de los derechos y valores en beneficio de las personas adultas mayores, con el propósito de sensibilizar a las familias y a la sociedad en general respecto a la problemática de este sector. Que la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores tiene por objeto garantizar el ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores, así como establecer las bases y disposiciones para su cumplimiento. Así mismo su aplicación y seguimiento corresponde al Ejecutivo Federal, a través de las Secretarías de Estado y demás dependencias que integran la Administración Pública, así como las Entidades Federativas, los Municipios, los Órganos Desconcentrados y paraestatales, en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicción. Que en el ámbito estatal está vigente la Ley de Protección a las Personas Adultas Mayores para el Estado de Puebla, que tiene por objeto establecer las condiciones necesarias para lograr la protección, atención, bienestar y desarrollo de las personas a partir de los sesenta años de edad, sin distinción de raza, sexo, credo, religión, situación económica o nivel cultural, para lograr su plena integración al desarrollo social, económico, político y cultural. Cabe mencionar, que en virtud de la reforma a este ordenamiento local, publicada en el Periódico Oficial del Estado con fecha 3 de marzo de 2015, se dispuso que los Sistemas Municipales DIF y las instituciones públicas, privadas y sociales, que se dediquen a la atención de las personas adultas mayores, contarán con personal plenamente capacitado para tal fin, preferentemente deberán reunir los requisitos que al efecto establezca el Sistema Estatal DIF. Además los Sistemas Municipales DIF elaborarán programas dirigidos a las personas adultas mayores, mismos que comprenderán acciones tendientes a combatir la violencia de cualquier tipo en contra de los adultos mayores. Por otra parte, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla1, lleva a cabo entre otras acciones formar parte de los mecanismos de promoción, protección y supervisión de la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas Adultas Mayores y con Discapacidad, a petición de la Secretaría de Relaciones Exteriores del Gobierno Federal. En este contexto, es importante observar que el órgano garante y protector de los derechos humanos en el estado, en su programa destinado a la atención de este grupo vulnerable, ha establecido como objetivo proporcionar atención personalizada a las y los adultos mayores y personas con discapacidad; así mismo sensibilizar y capacitar a la población en general sobre los derechos humanos más elementales que les asisten a dichos grupos; proporcionar orientaciones jurídicas y en caso de ser necesario, canalizar a la instancia que resulte necesaria para su debida atención; así mismo recibir las quejas que presenten en contra de autoridades o servidores públicos estatales o municipales. También hacer de su conocimiento de la defensa y difusión de los derechos humanos que les asisten, por medio de pláticas, conferencias, talleres, actividades, entre otros. En mérito de lo anterior y en el marco del del Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez, dado el exhorto a los Estados Miembros y la sociedad civil para que reafirmen su determinación y redoblen sus esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia y abuso contra las personas de edad, resulta pertinente invitar a las autoridades locales a reforzar las acciones encaminadas a evitar cualquier tipo de violencia y abuso hacia este sector de población vulnerable. Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 120 del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado y demás relativos aplicables, sometemos a consideración de esta Soberanía el siguiente Punto de: A C U E R D O ÚNICO.- Se invita respetuosamente a los Sistemas Municipales “DIF”, así como a las instituciones públicas competentes del Estado, a reforzar acciones para eliminar todas las formas de violencia y abuso en contra de las personas adultos mayores, que incluyan acciones de difusión para concientizar a la población en general acerca del respeto a sus derechos humanos y, en su caso, dar a conocer los mecanismos de denuncia, con el fin de fortalecer las acciones tendientes a combatir la violencia de cualquier tipo en contra de los adultos mayores. Notifíquese. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 28 DE JUNIO DE 2016 DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DIP. JORGE AGUILAR CHEDRAUI COORDINADOR DIP. PATRICIA LEAL ISLAS DIP. FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ DIP. PABLO RODRÍGUEZ REGORDOSA DIP. PABLO MONTIEL SOLANA DIP. JOSÉ GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA DIP. SERGIO MORENO VALLE GERMÁN DIP. CORONA SALAZAR ÁLVAREZ DIP. MARÍA DEL ROCÍO AGUILAR NAVA DIP. MARIO ALBERTO RINCÓN GONZÁLEZ DIP.JOSÉ DOMINGO ESQUITÍN LASTIRI DIP. JOSÉ PEDRO ANTOLÍN FLORES VALERIO DIP. JORGE OTILIO HERNÁNDEZ CALDERÓN ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE INVITA RESPETUOSAMENTE A LOS SISTEMAS MUNICIPALES “DIF”, ASÍ COMO A LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS COMPETENTES DEL ESTADO, A REFORZAR ACCIONES PARA ELIMINAR TODAS LAS FORMAS DE VIOLENCIA Y ABUSO EN CONTRA DE LAS PERSONAS ADULTOS MAYORES, QUE INCLUYAN ACCIONES DE DIFUSIÓN PARA CONCIENTIZAR A LA POBLACIÓN EN GENERAL ACERCA DEL RESPETO A SUS DERECHOS HUMANOS Y, EN SU CASO, DAR A CONOCER LOS MECANISMOS DE DENUNCIA, CON EL FIN DE FORTALECER LAS ACCIONES TENDIENTES A COMBATIR LA VIOLENCIA DE CUALQUIER TIPO EN CONTRA DE LOS ADULTOS MAYORES. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 28 DE JUNIO DE 2016 DIPUTADOS INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO PARTIDO NUEVA ALIANZA DIP. SUSANA DEL CARMEN RIESTRA PIÑA COORDINADORA DIP. MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO DIP. CIRILO SALAS HERNÁNDEZ DIP. CUPERTINO ALEJO DOMÍNGUEZ ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE INVITA RESPETUOSAMENTE A LOS SISTEMAS MUNICIPALES “DIF”, ASÍ COMO A LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS COMPETENTES DEL ESTADO, A REFORZAR ACCIONES PARA ELIMINAR TODAS LAS FORMAS DE VIOLENCIA Y ABUSO EN CONTRA DE LAS PERSONAS ADULTOS MAYORES, QUE INCLUYAN ACCIONES DE DIFUSIÓN PARA CONCIENTIZAR A LA POBLACIÓN EN GENERAL ACERCA DEL RESPETO A SUS DERECHOS HUMANOS Y, EN SU CASO, DAR A CONOCER LOS MECANISMOS DE DENUNCIA, CON EL FIN DE FORTALECER LAS ACCIONES TENDIENTES A COMBATIR LA VIOLENCIA DE CUALQUIER TIPO EN CONTRA DE LOS ADULTOS MAYORES. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 28 DE JUNIO DE 2016 GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DEL TRABAJO DIP. LIZETH SÁNCHEZ GARCÍA ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE INVITA RESPETUOSAMENTE A LOS SISTEMAS MUNICIPALES “DIF”, ASÍ COMO A LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS COMPETENTES DEL ESTADO, A REFORZAR ACCIONES PARA ELIMINAR TODAS LAS FORMAS DE VIOLENCIA Y ABUSO EN CONTRA DE LAS PERSONAS ADULTOS MAYORES, QUE INCLUYAN ACCIONES DE DIFUSIÓN PARA CONCIENTIZAR A LA POBLACIÓN EN GENERAL ACERCA DEL RESPETO A SUS DERECHOS HUMANOS Y, EN SU CASO, DAR A CONOCER LOS MECANISMOS DE DENUNCIA, CON EL FIN DE FORTALECER LAS ACCIONES TENDIENTES A COMBATIR LA VIOLENCIA DE CUALQUIER TIPO EN CONTRA DE LOS ADULTOS MAYORES. 1 http://cdhpuebla.org.mx/index.php/que-ofrecemos/j-stuff/adultos-mayores-y-discapacidad (fecha de consulta 23/06/2016) --------------- ------------------------------------------------------------ --------------- ------------------------------------------------------------