CC. DIPUTADOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E S. El que suscribe DIPUTADO FRANCISCO MOTA QUIROZ en representación de los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, de la Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, someto a consideración de esta Soberanía, la INICIATIVA DE DECRETO QUE ADICIONA UNA DISPOSICIÓN DE LA LEY DE TURISMO DEL ESTADO DE PUEBLA, al tenor de los siguientes: C O N S I D E R A N D O S El “turismo comprende las actividades que realizan las personas durante sus viajes y estancias en lugares distintos al de su entorno habitual, con fines de ocio, y otros motivos no relacionados con el ejercicio de una actividad remunerada en el lugar visitado”1. Por otra parte, la importancia del turismo reside en la capacidad de producir bienes económicos a través de un intercambio, en donde los bienes que se intercambian están a disposición plena del consumidor, desestimando cualquier consideración patrimonial, social, cultural, entre otras. Para que las ganancias económicas sean las deseadas, la población del destino turístico debe poseer un sistema turístico bien organizado, con servicios básicos, mano de obra calificada, superestructuras e infraestructuras, todo esto considerando la oferta y demanda turística2. Cabe señalar que el turismo produce ganancias de distinta índole, por ejemplo, económicas y culturales. Por otro lado, como consecuencia del turismo se estrechan los lazos de amistad entre pueblos y personas de distintas partes del mundo, países o regiones. Esta actividad económica tiene que hacer un uso racional de los recursos naturales, lo que implica respetar el medio ambiente y no alterarlo, lo que permite desarrollar y llevar al turismo sustentable3. El turismo es una actividad que ha significado, en los últimos años, una importante oportunidad de crecimiento y desarrollo, lo que permite elevar la calidad y el nivel de vida de los habitantes de las zonas turísticas, por lo ya señalado: generación de empleos, desarrollo e ingresos para la sociedad, las empresas, sus miembros y en general para el estado. Para que el turismo incida favorablemente en el desarrollo local es prioritario seguir impulsando una visión clara y amplia en todos los sentidos, buscando desarrollar un turismo integral. Es de todos conocidos que las políticas públicas, las estrategias de desarrollo y productos turísticos entre otros impulsados por el Gobernador del Estado a través de la Secretaria de Turismo han permitido posicionar a Puebla como líder en su categoría de “Ciudades del Interior”4. En este sentido cabe precisar la importancia del Sector Social en materia turística, pues, debido a las inversiones en el sector hotelero, restaurantero, cultural, deportivo y en general el desarrollo entorno al sector turístico Puebla vive un auge en la materia. El estado de Puebla tiene gran potencial, dado que tiene mucho que mostrar con sus Pueblos Mágicos, los cuales irradian tradiciones, cultura, gastronomía, artesanías entre otras, destacando nuestra ciudad que hoy goza de la ambivalencia de ser una Ciudad Colonial y por otra parte su modernidad. Debemos destacar que la actividad turística es transversal, es decir, debe promoverse desde los tres órdenes de gobierno. En este sentido, es oportuno y obligada la participación del Legislador para continuar impulsado esta noble actividad entre quienes desde su espacio de influencia promueven con interés, creatividad, inversión, atención y promoción la actividad turística en el Estado. Con el convencimiento de fortalecer la promoción y el desarrollo sustentable e integral de la actividad turística en el Estado, mediante el establecimiento de insignias e incluso instituciones que reconozcan la ardua labor del Sector Social en la materia, con el noble afán de enaltecer a aquellos que por su vocación de servicio se hagan distinguibles por sus aportaciones materiales e inmateriales en el medio turístico, con el propósito de retribuir a aquellos artesanos, colectivos, asociaciones, promotores de la cultura, la gastronomía el arte, empresarios, me permito proponer lo siguiente: La entrega del Galardón al mérito turístico, con el propósito de promover un turismo participativo orientado a la sustentabilidad del mismo y en beneficio de quienes en la actividad turística encuentran y hacen de él un estilo de vida. Por lo anteriormente fundado y motivado me permito someter a la consideración de esta Honorable Soberanía, la siguiente Iniciativa de: DECRETO QUE ADICIONA UNA DISPOSICIÓN DE LA LEY DE TURISMO DEL ESTADO DE PUEBLA ÚNICO.- Se ADICIONA el artículo 70 BIS, de la Ley de Turismo del Estado de Puebla, para quedar como sigue: Artículo 70 BIS.- El Congreso del Estado, a través de su Comisión de Turismo, concederá cada año, un galardón a los prestadores de servicios que se destaquen por su interés, creatividad, inversión, atención y promoción de la actividad turística en el Estado. TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. ARTÍCULO SEGUNDO.- El Congreso del Estado, dentro de los noventa días naturales siguientes contados a partir de la fecha de entrada en vigor de este Decreto, a propuesta de la Comisión de Turismo, aprobará los lineamientos con base en los cuáles se otorgue el galardón materia del artículo 70 BIS de la Ley de Turismo del Estado de Puebla. A T E N T A M E N T E. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 02 DE FEBRERO DE 2016 INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DIP. JORGE FOUAD AGUILAR CHEDRAUI SI DIP. JOSÉ DOMINGO ESQUITÍN LASTIRI DIP. CORONA SALAZAR ÁLVAREZ DIP. JOSÉ GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA DIP. SERGIO MORENO VALLE GÉRMAN DIP. IRMA PATRICIA LEAL ISLAS Esta hoja de firmas corresponde a la INICIATIVA DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 70 BIS DE LA LEY DE TURISMO DEL ESTADO DE PUEBLA. DIP. PABLO MONTIEL SOLANA DIP. FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ DIP. PABLO RODRÍGUEZ REGORDOSA DIP. FRANCISCO MOTA QUIROZ DIP. JOSÉ PEDRO ANTOLIN FLORES VALERIO DIP. MARÍA DEL ROCIO AGUILAR NAVA DIP. JORGE OTILIO HERNÁNDEZ CALDERÓN Esta hoja de firmas corresponde a la INICIATIVA DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 70 BIS DE LA LEY DE TURISMO DEL ESTADO DE PUEBLA. 1 http://www.datatur.sectur.gob.mx/SitePages/Glosario.aspx Consultado el 2 de febrero de 2016 2  Mercado, Horacio. “EL TURISMO COMO FUENTE DE DESARROLLO DEL ESTADO DE MICHOACÁN”, en TURyDES revista de investigación en turismo y desarrollo local. Texto completo. Edición electrónica gratuita. Consultado el 2 de febrero de 2016, en: http://www.eumed.net/rev/turydes/05/index.htm 3 http://elobservadorcampechano.wordpress.com/2008/03/31/importancia-del-turismo-en-la-humanidad/, Consultado el 2 de febrero de 2016. 4 http://turismo.puebla.gob.mx/estadisticas-turisticas Consultado el 2 de febrero de 2016 --------------- ------------------------------------------------------------ --------------- ------------------------------------------------------------ 2