Dip. Mtro. Julián Peña Hidalgo Presidente del Comité de Diario de Debates, Crónica Legislativa y Asuntos Editoriales. De la LIX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla. CC. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DE LA “LIX LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA”. P R E S E N T E S. El diputado Mtro. Julián Peña Hidalgo integrante del Grupo Legislativo de Movimiento Ciudadano y la Dip. Susana del Carmen Riestra Piña Coordinadora del Grupo Legislativo del Partido Nueva Alianza, ambos de la LIX Legislatura del H. Congreso del Estado con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 57 Fracción I, 63 Fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado de Puebla; 1, 43, 44 Fracción II, 134, 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 15, 34, 93 fracción VI, 120, 123 y 124 del Reglamento Interior del H. Congreso del Estado, someten a consideración a este cuerpo colegiado para su análisis y aprobación en su caso, la siguiente: INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN LOS PÁRRAFOS TERCERO Y CUARTO DEL ARTICULO 123 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Todo cuanto nos rodea es producto de la cultura. La cultura es la producción espiritual del mundo simbólico que se objetiviza en: los mitos, ritos, creencias, religiones, valores, lenguaje, arte, historia y ciencia. De esta manera podemos señalar que la creación del Estado es parte de la cultura, así como las instituciones del mismo tales como el derecho, la familia, las H. Congreso del Estado Av. 5 Oriente No. 128 Centro Histórico, Puebla, Pue. Oficina: Av. 8 ote. 216, Centro Histórico, Puebla,Pue. Altos. Tel. 222 372 11 00 ext. 143 Correo Electrónico: julian.p.hidalgo@congresopuebla.gob.mx Dip. Mtro. Julián Peña Hidalgo Presidente del Comité de Diario de Debates, Crónica Legislativa y Asuntos Editoriales. De la LIX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla. sociedades, esto trae como consecuencia una serie de pautas, conductas al interior de los grupos sociales. Collingwood ha definido cultura como: todo lo que una persona necesita saber para actuar adecuadamente dentro de un grupo social. Las ciencias nos han proporcionado una seria de conocimientos sistemáticos que nos permiten aprender para poder desarrollar acciones. Spradley & McCurdy (1975). Cultura es definida como el conocimiento adquirido que las personas utilizan para interpretar su experiencia y generar comportamientos. Algunos filósofos suele dársele tres significaciones principales: 1) La formación del hombre para su perfeccionamiento 2) La realización del hombre de si y para si o sea su conciencia e historia, 3) El proyecto del hombre para su formación espiritual. Kant, al definir a la Ilustración como la época en que el hombre alcanzó la madurez de edad que le permitió pensar por sí solo sin la tutela de otro. “El concepto de cultura en la filosofía” con el uso de su propia razón en libertad de hacer uso público de ella teórica y práctica de acuerdo a la ley moral y a la ley de la libertad, como lo afirma Kant: “Lograr que un ser racional sea apto para sus fines (por consiguiente, en su libertad) se llama cultura” (Kant, 1961: 276-277). Todo fin alcanzado por el hombre como la libertad es fundamental para el desarrollo de las aptitudes y de las inteligencias múltiples, la justicia, la igualdad, etc., es cultura en sentido amplio para la humanidad pero bajo los principios del comportamiento moral y de las normas que establece la propia libertad. Por eso la cultura para Kant es una proyección de fines y el más importante es la libertad. La libertad como cultura es la esencia de la naturaleza humana y solamente, ella puede ser el último fin logrado por el género humano. H. Congreso del Estado Av. 5 Oriente No. 128 Centro Histórico, Puebla, Pue. Oficina: Av. 8 ote. 216, Centro Histórico, Puebla,Pue. Altos. Tel. 222 372 11 00 ext. 143 Correo Electrónico: julian.p.hidalgo@congresopuebla.gob.mx Dip. Mtro. Julián Peña Hidalgo Presidente del Comité de Diario de Debates, Crónica Legislativa y Asuntos Editoriales. De la LIX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla. Para alcanzar los fines deseados, es necesario que una sociedad sea capaz de manejar un conjunto de capacidades, conocimientos, habilidades y aptitudes como ingredientes de su formación cultural. La libertad como esencia de la cultura es fundamental para el desarrollo de las bellas artes y las ciencias, Al hacer este planteamiento Kant se basa en el uso público de la razón en libertad. En suma, la libertad de la razón permite el desarrollo de la razón teórica y práctica, es decir, del pensamiento y de las acciones de éste en la práctica, sin ellas no puede haber cultura en términos kantianos. Esto es, para que pueda haber avances en la ciencia y en la cultura. En la actualidad nuestro país vive una crisis política derivada la implementación de políticas públicas erráticas en educación y cultura que trae como consecuencias hechos lamentables como la del alcoholismo la drogadicción, problemas de delincuencias organizada, pobreza que lleva a los jóvenes a tomar el camino que aunque parece fácil, no siempre resulta siéndolo, por ello la cultura debe servir como un instrumento de cambio y específicamente las manifestaciones culturales en las artes tales como el teatro, la música, la pintura, entre otros, estas manifestaciones culturales deben ser un instrumento de cambio social que permita a los mexicanos un cambio de mentalidad, de idiosincrasia, de conductas basadas en el respeto de sí mismo y del otro, en el respeto por los derechos humanos. Los derechos culturales son derechos relacionados con el arte y la cultura, entendidos en una amplia dimensión. Son derechos promovidos para garantizar que las personas y las comunidades tengan acceso a la cultura y puedan participar en aquella que sea de su elección. Los derechos culturales, están comprendidos dentro de los Derechos Humanos, y reafirmando a su vez la relación que existe entre los derechos culturales y el H. Congreso del Estado Av. 5 Oriente No. 128 Centro Histórico, Puebla, Pue. Oficina: Av. 8 ote. 216, Centro Histórico, Puebla,Pue. Altos. Tel. 222 372 11 00 ext. 143 Correo Electrónico: julian.p.hidalgo@congresopuebla.gob.mx Dip. Mtro. Julián Peña Hidalgo Presidente del Comité de Diario de Debates, Crónica Legislativa y Asuntos Editoriales. De la LIX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla. desarrollo de los pueblos. En los distintos tratados internaciones en materia de Derechos Humanos, se establece que el derecho a la cultura es considerado como un Derecho Humano, como lo refiere la Declaración Universal De Derechos humanos en su artículo 27, que a la letra se enuncia: …”Artículo 27 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. 2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora”… El derecho a la cultura también se encuentra establecido en el instrumento internacional de los Derechos Humanos en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 15, el cual reza: …”ARTÍCULO 15. 1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a: a) Participar en la vida cultural; b) Gozar de los beneficios del progreso científico de sus aplicaciones; c) Beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora. 2. Entre las medidas que los Estados Partes en el presente Pacto deberán adoptar para asegurar el pleno ejercicio de este derecho, figuraran las necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la ciencia y de la cultura. H. Congreso del Estado Av. 5 Oriente No. 128 Centro Histórico, Puebla, Pue. Oficina: Av. 8 ote. 216, Centro Histórico, Puebla,Pue. Altos. Tel. 222 372 11 00 ext. 143 Correo Electrónico: julian.p.hidalgo@congresopuebla.gob.mx Dip. Mtro. Julián Peña Hidalgo Presidente del Comité de Diario de Debates, Crónica Legislativa y Asuntos Editoriales. De la LIX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla. 3. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la indispensable libertad para la investigación científica y para la actividad creadora. 4. Los Estados Partes en el Presente Pacto reconocen los beneficios que derivan del fomento y desarrollo de la cooperación y de las relaciones internacionales en cuestiones científicas y culturales”… El 20 de diciembre de 2002, la Asamblea General de las Naciones Unidas en la Resolución 57/249 proclamó el 21 de mayo Día Mundial de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo, es importante destacar la importancia del derecho a la cultura, que este a su vez debe ser reivindicado por el estado garantizando el acceso a la cultura en sus máximas expresiones con la sociedad. El Estado Mexicano ha firmado diversos instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos, de los que se enunciaron con antelación, ante los grandes cambios internacionales sobre la cultura como derecho humano, el Estado Mexicano, no dejó desapercibido ese derecho, es así que, con fecha 30 de abril del 2009, se publicó en el Diario Oficial de la Federación las reformas a los artículos 4 en su párrafo once y doce y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que elevan a rango constitucional el derecho de acceso a la cultura, que a continuación cito textualmente: Artículo 4 … … “Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural.” H. Congreso del Estado Av. 5 Oriente No. 128 Centro Histórico, Puebla, Pue. Oficina: Av. 8 ote. 216, Centro Histórico, Puebla,Pue. Altos. Tel. 222 372 11 00 ext. 143 Correo Electrónico: julian.p.hidalgo@congresopuebla.gob.mx Dip. Mtro. Julián Peña Hidalgo Presidente del Comité de Diario de Debates, Crónica Legislativa y Asuntos Editoriales. De la LIX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla. Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. Corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia. Articulo 73 XXIX-Ñ. Para expedir leyes que establezcan las bases sobre las cuales la Federación, los Estados, los Municipios y el Distrito Federal coordinarán sus acciones en materia de cultura, salvo lo dispuesto en la fracción XXV de este artículo. Asimismo, establecerán los mecanismos de participación de los sectores social y privado, con objeto de cumplir los fines previstos en el párrafo noveno del artículo 4o. de esta Constitución. Es de suma importancia que el derecho humano (al) de acceso a la cultura sea garantizado por el estado con pleno disfrute de la cultura a su población, con las condiciones de igualdad, participación, inclusión, y dignidad humana y no discriminación. La cultura debe ser el motor de desarrollo, impulsado por el crecimiento del sector social sin perder la diversidad cultural, que pueda ayudar a combatir la pobreza, tanto desde sus dimensiones económicas y sociales, en pleno respeto de los Derechos Humanos. La cultura debe ser un instrumento social que ayude la manifestación de las ideas que busque soluciones a los problemas sociales, políticos, educativos, de salud, y medio ambiente. El Estado Puebla es uno de los estados de la República con mayor diversidad cultural en todos sus aspectos, pero la realidad es que otra gran parte de la población del estado no tiene acceso a la cultura, de asistir a museos, zonas arqueológicas, a escuchar música, observar exposiciones de pintura y obras de teatro. Las casas de cultura y los programas que ofrece el consejo de cultura para las artes son insuficientes para la población, ya que estos programas se concentran en la H. Congreso del Estado Av. 5 Oriente No. 128 Centro Histórico, Puebla, Pue. Oficina: Av. 8 ote. 216, Centro Histórico, Puebla,Pue. Altos. Tel. 222 372 11 00 ext. 143 Correo Electrónico: julian.p.hidalgo@congresopuebla.gob.mx Dip. Mtro. Julián Peña Hidalgo Presidente del Comité de Diario de Debates, Crónica Legislativa y Asuntos Editoriales. De la LIX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla. capital del Estado y sus distritos, es por ello que se debe permitir el acceso a la cultura para aquellas personas que vivan en poblaciones alejadas, empleando programas itinerantes de cultura en movimiento, con la participación de la sociedad de asociaciones civiles, universidades, escuelas de artes, casas de culturas, municipios y los diferentes poderes del estado. En razón de lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 63 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, se somete a consideración de esta legislatura la siguiente: INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN LOS PÁRRAFOS TERCERO Y CUARTO DEL (ARTICULO) ARTÍCULO 123 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. PRIMERO.- SE ADICIONA. Párrafo tercero y cuarto del artículo 123 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar como sigue: ARTICULO 123.- … … El Gobierno en el ámbito de su competencia, vigilará y estimulará el debido cumplimiento de las leyes y demás disposiciones que se dicten en materia de cultura garantizando el acceso a las manifestaciones culturales y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales. El Estado promoverá los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa. La ley establecerá los mecanismos para el acceso y participación a cualquier manifestación cultural. H. Congreso del Estado Av. 5 Oriente No. 128 Centro Histórico, Puebla, Pue. Oficina: Av. 8 ote. 216, Centro Histórico, Puebla,Pue. Altos. Tel. 222 372 11 00 ext. 143 Correo Electrónico: julian.p.hidalgo@congresopuebla.gob.mx Dip. Mtro. Julián Peña Hidalgo Presidente del Comité de Diario de Debates, Crónica Legislativa y Asuntos Editoriales. De la LIX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla. El estado implementará programas que ayuden a la protección, preservación, promoción, investigación identificación, conservación, restauración, recuperación y difusión del patrimonio cultural tangible e intangible de la entidad y sus municipios. T R A N S I T O R I O S PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado SEGUNDO.-. Se derogan todas las demás disposiciones que se opongan al presente decreto. TERCERO.- Envíese a los doscientos diecisiete Ayuntamientos de los Municipios del Estado, para los efectos que disponen los artículos 140, 141 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. ATENTAMENTE “CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA” A 11 DE DICIEMBRE 2014. DIP. MTRO. JULIÁN PEÑA HIDALGO INTEGRANTE GRUPO LEGISLATIVO DE MOVIMIENTO CIUDADANO DIP. SUSANA DEL CARMEN RIESTRA PIÑA CORDINADORA DEL GRUPO LEGILATIVO PARTIDO NUEVA ALIANZA H. Congreso del Estado Av. 5 Oriente No. 128 Centro Histórico, Puebla, Pue. Oficina: Av. 8 ote. 216, Centro Histórico, Puebla,Pue. Altos. Tel. 222 372 11 00 ext. 143 Correo Electrónico: julian.p.hidalgo@congresopuebla.gob.mx