,-#-,-.�-=--� _ _ H. CONGRESO DEL ESTADO DE CC. DIPUTADOS DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E Los que suscriben Diputados Jorge Aguilar Chedraui, Carlos Martínez Amador, Susana del Carmen Riestra Piña, José Germán Jiménez García y Marco Antonio Rodríguez Acosta, en representación de los Diputados que conforman los Grupos Legislativos y Representación Legislativa de los Partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática, Nueva Alianza, Compromiso por Puebla y Pacto Social de Integración, de la Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículo 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 134, 135, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, sometemos a consideración de esta Soberanía la INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL, bajo el siguiente: C O N S I D E R A N D O La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en el artículo 115, fracción I, en lo conducente que “…Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine...”; asimismo señala que: “…Si alguno de los miembros dejare de desempeñar su cargo, será sustituido por su suplente, o se procederá según lo disponga la ley…”. En el mismo sentido, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, en su artículo 102 establece que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal y www.congresopuebla.gob.mx Av. 5 Poniente No. 128, Centro Histórico C.P. 72000 Puebla, Pue. Tel.: 372.11.00 •   ,-#-,-.�-=--� _ _ H. CONGRESO DEL ESTADO DE el número de Regidores y Síndicos que la ley determine. Asimismo, en la fracción IV del referido artículo, señala “…Si alguno de los miembros dejare de desempeñar su cargo, será sustituido por su suplente, o se procederá según lo disponga la ley…” La Ley Orgánica Municipal es de orden público y de observancia general para los Municipios que conforman el Estado Libre y Soberano de Puebla, y tiene por objeto regular las bases para la integración y organización en el ámbito municipal del territorio, la población y el gobierno, así como dotar de lineamientos básicos a la Administración Pública Municipal, desarrollando las disposiciones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la del Estado. La presente reforma tiene por objeto actualizar las hipótesis respecto del régimen de faltas del Presidente Municipal, en tal sentido el Presidente Municipal podrá pedir licencia hasta por noventa días. Las faltas temporales del Presidente Municipal serán cubiertas por su suplente y a falta de éste, el Congreso del Estado designará a quienes los sustituyan. Asimismo, en caso de falta absoluta del Presidente Municipal y de su suplente, el Congreso del Estado designará quienes los sustituyan. Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración de esa Honorable Asamblea, la siguiente iniciativa de: DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman el inciso e) de la fracción I y el inciso c) de la fracción II del artículo 52 y la fracción XXVII del 78, y Se deroga el inciso d) de la fracción I del 52, todos de la Ley Orgánica Municipal, para quedar como sigue: www.congresopuebla.gob.mx Av. 5 Poniente No. 128, Centro Histórico C.P. 72000 Puebla, Pue. Tel.: 372.11.00 •   Artículo 52. … I. … a) a c) … d) Se deroga. ,-#-,-.�-=--� _ _ H. CONGRESO DEL ESTADO DE e) El Presidente Municipal podrá pedir licencia hasta por noventa días. Las faltas temporales del Presidente Municipal serán cubiertas por su suplente. A falta del suplente o cuando por cualquier otra causa éste no se presentase, el Congreso del Estado designará a quien lo sustituya. II. … a) … b) La falta absoluta del Presidente Municipal será cubierta por su suplente con el carácter de Presidente Municipal Sustituto. En su caso, el Presidente Municipal podrá manifestar que su ausencia es una falta absoluta. c) En caso de falta absoluta del Presidente Municipal y de su suplente, el Congreso del Estado designará quienes los sustituyan. Si el suplente, por cualquier motivo no se presentase, el Congreso del Estado designará al Presidente Municipal Sustituto; y d) … www.congresopuebla.gob.mx Av. 5 Poniente No. 128, Centro Histórico C.P. 72000 Puebla, Pue. Tel.: 372.11.00 •   … Artículo 78. … I. a XXVI.- … ,-#-,-.�-=--� _ _ H. CONGRESO DEL ESTADO DE XXVII. Conceder licencias y resolver sobre las renuncias que formulen los integrantes del mismo Ayuntamiento o los de las Juntas Auxiliares en términos de esta ley, dando aviso al Congreso del Estado; XXVIII.- … T R A N S I T O R I O S PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 19 DE AGOSTO DE 2015 DIP. JORGE AGUILAR CHEDRAUI COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL www.congresopuebla.gob.mx Av. 5 Poniente No. 128, Centro Histórico C.P. 72000 Puebla, Pue. Tel.: 372.11.00 •   ,-#-,-.�-=--� _ _ H. CONGRESO DEL ESTADO DE DIP. CARLOS MARTÍNEZ AMADOR COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA DIP. SUSANA DEL CARMEN RIESTRA PIÑA COORDINADORA DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO NUEVA ALIANZA DIP. JOSÉ GERMÁN JIMÉNEZ GARCÍA COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA DIP. MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ ACOSTA REPRESENTANTE LEGISLATIVO DEL PARTIDO PACTO SOCIAL DE INTEGRACIÓN LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL. www.congresopuebla.gob.mx Av. 5 Poniente No. 128, Centro Histórico C.P. 72000 Puebla, Pue. Tel.: 372.11.00 •