C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E. El suscrito Diputado JOSÉ ÁNGEL RICARDO PÉREZ GARCÍA, Representante Legislativo de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 100, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, sometemos a consideración de este H. Cuerpo Colegiado el presente Punto de Acuerdo, bajo el siguiente: CONSIDERANDO La movilidad urbana hoy en día es un factor importante para las grandes ciudades, ya que en ella se desenvuelven y se desarrollan todo tipo de actividades, sin importar qué tipo de personas las realizan, básicamente el desplazamiento urbano es un reflejo de la estructura social y las condiciones de vida. Ahora bien, las formas de utilización del espacio, las formas de desplazarse en el espacio, así como la menor o mayor habilidad de unos y otros puede reforzar las tendencias al mantenimiento de las desigualdades de género o, por el contrario, puede ser un mecanismo que aminore esas desigualdades, un bloque importante en el camino así a la igualdad. Si bien entendemos, la movilidad urbana en la actualidad es parte de toda la estructura social, es decir es para cualquier persona que tenga el deseo de desarrollar normalmente, se incluye principalmente a las personas con capacidades diferentes, ya que estas tienen los mismos derechos de cualquier individuo que integra una sociedad. Sin importar cuál sea su tipo de limitación con la que la persona cuente, la estructura urbana tiene que ser adaptada para satisfacer la necesidad de la movilidad en términos generales, caso muy preciso es el de las personas invidentes débiles visual, las cuales tienen una gran oportunidad de desarrollar casi cualquier actividad sin depender de alguna persona auxiliar, lo interesante es crear para que estas personas tengan una vida independiente y crear ellos mismos sus propios modelos de vidas. Sin bien sabemos la estructura urbana de nuestra ciudad, cuenta en algunos lugares con el desarrollo de medios para que la sociedad tenga una circulación con las menos posibles contingencias, es decir ayudar sin ningún problema y gran parte de la ayuda a las personas con capacidades diferentes, lo que está dentro de la Ley Orgánica Municipal e incluso en el diseño universal, el cual tiende a desarrollar para estas personas una vida por así decirlo independiente, creando sistemas modelo para poder tener el acceso a la información al igual que el poder de desplazarse a cualquier punto de la ciudad obteniendo como resultado un equilibrio entre los habitantes y crear así también una cultura la cual no existe porque a los infantes desde que ingresan a la escuela primaria no se les da información al respecto y mucho menos se les capacita para respetar y auxiliar a las personas con capacidades diferentes. Sin bien es cierto la accesibilidad universal hoy en día trabaja en la integración social de las personas, y una aportación importante es desplazamiento urbano, donde toda persona tiene derecho a desenvolverse no solo laboral, si no en el mundo del ocio, de la cultura o de la política; en el caso de los invidentes es una manera de poder integrarse a la movilidad urbana, dentro de las cuales la orientación es una de las principales razones para su desplazamiento. Dicho lo anterior, y considerando que la Ley Orgánica Municipal es de observancia general y tiene por objeto la aplicación de los acuerdos y resoluciones del Ayuntamiento hacia los particulares, habitantes y vecinos de su jurisdicción. Por lo que los Cabildos tienen el deber de expedir las disposiciones de observancia general que señala esta ley. Así mismo, en términos de lo preceptuado por el artículo 91 fracción LXII de la disposición antes referida, los Presidentes Municipales, tienen la facultad y obligación de realizar las acciones necesarias para colocar e implementar la guía táctil en las principales calles, avenidas, inmuebles destinados a un servicio público así como a los bienes de uso común, entendiendo como tales los monumentos artísticos e históricos, propiedad del municipio y las construcciones levantadas en lugares públicos para ornato o comodidad de quienes los visiten, así como los parques y jardines, plazas, mercados, centrales de abasto, cementerios y campos deportivos. Ahora bien, en nuestra Ciudad Capital, encontramos que solo algunas calles en sus aceras cuentan con la guía táctil, pero en muchos casos la señalada guía esta floja, destrozada y con falta de piezas que señalen su continuidad; por todo ello se solicitan los siguientes: Puntos de Acuerdo PRIMERO.- Se solicita respetuosamente al Ayuntamiento de Puebla, reparar la guía táctil ya existente en los espacios donde es necesario; pues en lugar de ser un apoyo como ha quedado señalado en el considerando del presente, se convierte en un serio riesgo para las personas que lo requieren y aun para los transeúntes por ocasionar accidentes por su mal estado. SEGUNDO.- Se exhorte atentamente al Honorable Ayuntamiento de nuestra Ciudad, para dar cabal cumplimiento a la Ley Orgánica Municipal en sus artículos 91 fracción LXII y 154, a fin de proporcionar un buen servicio a los individuos que tienen la necesidad o simple voluntad de transitar en los lugares ya señalados y que por sus deficiencias personales no les es posibles si no fuese por la ayuda de un semejante. A T E N T A M E N T E. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 05 DE ABRIL DE 2018. REPRESENTACION LEGISLATIVA DE MOVIMIENTO CIUDADANO DIP. JOSÉ ÁNGEL RICARDO PÉREZ GARCÍA