C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA. P R E S E N T E S: El que suscribe, Diputado MANUEL POZOS CRUZ, Integrante de la Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla y miembro del Grupo Legislativo del Partido Compromiso por Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II, 134, 135 Y 144 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, someto a consideración de éste órgano colegiado el siguiente PUNTO DE ACUERDO por el que SE EXHORTA DE LA MANERA MAS ATENTA A LOS DOSCIENTOS DIECISIETE TITULARES DE LOS SISTEMAS MUNICIPALES DE PROTECCIÓN CIVIL Y AL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE ACUERDEN LAS ACCIONES Y MEDIDAS NECESARIAS PARA CONTROLAR Y ERRADICAR SOBRE EL TERRITORIO DEL ESTADO LA QUEMA DE TERRENOS AGRÍCOLAS, PASTIZALES Y BASUREROS CON EL OBJETO DE PREVENIR INCENDIOS, ACCIDENTES, PROTEGER LA INTEGRIDAD FISICA DE LAS PERSONAS, SU PATRIMONIO Y EVITAR DAÑOS A BIENES MUEBLES E INMUEBLES EN LA ENTIDAD. CONSIDERANDO Los pastizales son un tipo de vegetación predominante de pastos y zacates secos, durante determinadas épocas del año es recurrente su quema como una práctica rápida y económica para limpiar los terrenos de distintas malezas, sin embargo resulta perjudicial cuando se afecta la micro fauna y la biodiversidad que pueda tener ese suelo, con esta práctica se deriva la generación de humo y ceniza que contamina el aire, emite gases de efecto invernadero así como produce daños a la salud de las personas y su patrimonio. Cuando se recurre a esta actividad en zonas pobladas o cerca de vías de comunicación como los caminos, carreteras o autopistas, son consideradas como un agente de posibles accidentes tanto por la generación de humo que obstaculiza la visibilidad de los automovilistas, así como por la posible propagación del incendio que puede afectar a la población y a sus bienes muebles e inmuebles. En esta temporada del año los incendios generados por descuidos y los provocados deliberadamente al quemar pastizales se convierten en factores generadores de diversos accidentes automovilísticos en las carreteras y autopistas del Estado, así como daños al patrimonio de la población. Para evitar situaciones como estas, es importante controlar y erradicar la realización de esta actividad. En nuestra Entidad según información de la Comisión Nacional Forestal, a través del Departamento de Protección Forestal de la Subgerencia Operativa de la Gerencia Estatal Puebla, en nuestra Entidad durante el 2016 hubo 412 incendios con 8,623 hectáreas como superficie afectada, en el 2017 467 incendios con 10,033 hectáreas como superficie afectada, destacando algunos municipios con mayor número de incendios como Tianguismanalco, San Nicolás de los Ranchos, Tlachichuca, Tepatlaxco de Hidalgo, Tlahuapan, Tepeyahualco, Libres, Atlixco, Amozoc y Lafragua, esta situación se vuelve muy preocupante porque al menos un millón 200 mil personas viven en zonas forestales y el daño ecológico puede ser devastador. Se tiene un alto registro que los incendios son causados por la práctica de la tumba, roza y quema, que es el método que se utiliza en muchas partes del Estado para la preparación del terreno. A la fecha, la Comisión Nacional Forestal junto con el gobierno del Estado y Municipios cuentan con un número determinado de brigadistas para combatir las llamas, sin embargo, es imperante que haya un control para evitar en la mayor medida posible la generación de incendios y accidentes provocados por estas prácticas. El impacto de los incendios forestales es de gran afectación al medio ambiente, el fuego arrasa todo lo que encuentra a su paso, el humo de los incendios está compuesto por partículas tóxicas para los seres humanos y estas contribuyen al denominado efecto invernadero en la generación de monóxido de carbono, óxido de nitrógeno y azufre. Aunado a esto, las consecuencias del humo de los incendios en la salud son la irritación de ojos y del sistema respiratorio, tos, falta de aire y dolor de cabeza. Los ecosistemas pueden quedar muy afectados y la recuperación de los bosques dañados es casi imposible ocasionando con esto un gran daño e impacto ecológico. Es un tema muy importante que haya una sensibilización por parte de la población en general en el control de sus usos y costumbres, se deben comprender las situaciones particulares y las respectivas consecuencias de estas actividades, en nuestro marco normativo está señalado los tipos de responsabilidades civiles y penales para quien causare un incendio o cause daño o peligro a montes, bosques, pastos, mieses o en cultivos de cualquier otro género, con un adicional agravante si la plantación estuviere en tierras ejidales o el daño o peligro se cause durante la temporada de estiaje, en zonas de alto riesgo así declaradas por las autoridades competentes de acuerdo a lo señalado por el artículo 412 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla. Asimismo en el artículo 134 de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Puebla señala en la fracción séptima y octava que será motivo de infracción, hacer uso del fuego o realizar quemas en terrenos agropecuarios o de otra índole, en forma negligente que propicie la propagación del fuego a terrenos forestales vecinos y realizar las quemas en terrenos agropecuarios fuera de las temporadas autorizadas cuya sanción será equivalente de 100 a 20,000 veces de salario mínimo a quién cometa las infracciones señaladas. Resulta evidente ejecutar todas las líneas de acción que tiendan a prevenir los incendios, accidentes y daños generados por la quema de pastizales y sus similares, se requiere un trabajo coordinado en la prevención y regulación de estas prácticas como debe ser la generación de una campaña de concientización dirigida principalmente en las zonas donde se identifique la recurrencia de estas actividades al interior del Estado, en la que participen y se vean involucradas instituciones públicas Municipales, Estatales y Federales que por su competencia así sea necesario, para la generación de la misma puede ser impulsada por el titular de la Dirección General de Protección Civil o la Secretaría de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial, para que en conjunto con los titulares de la SAGARPA, CONAFOR y SEMARNAT en la Entidad, haya una corresponsabilidad en la prevención y evaluación de estas prácticas, que por su importancia es indispensable controlar. Los Sistemas Municipales de Protección Civil deben asumir un papel fundamental al ser estos el primer contacto que tienen con la población y muy particularmente con los campesinos. Se debe fomentar la participación activa y comprometida de las autoridades auxiliares y de los diversos grupos voluntarios locales organizados, en la definición y ejecución de las acciones que se convengan realizar en materia de concientizar, controlar y erradicar la quema de terrenos agrícolas, pastizales y basureros. En caso contrario y en aspectos muy particulares, para una autorización de tumba, roza y quema se debe tener autorización del Ayuntamiento y contemplar al menos parámetros y condiciones climatológicas, estacionales, aspectos de la región, preservación del suelo, flora y fauna, así como requerimientos técnicos para prevenir la propagación del fuego y resguardar la salud y seguridad pública. Es imperante divulgar que durante los próximos meses, hará calor intenso haciendo con esto que los bosques sean más vulnerables a incendios, evitar dejar basura, hacer fogatas, tirar colillas de cigarro y controlar la quema de roza. Es indispensable que se ejecuten todas las acciones que tiendan a prevenir los incendios, accidentes y daños generados por la quema de pastizales y sus similares, se debe tener un trabajo coordinado para mantener un orden y control en dichas actividades. Por lo anteriormente expuesto, se propone a los integrantes de esta Soberanía tomar el siguiente Acuerdo: PRIMERO.- SE EXHORTA DE LA MANERA MAS ATENTA A LOS DOSCIENTOS DIECISIETE TITULARES DE LOS SISTEMAS MUNICIPALES DE PROTECCIÓN CIVIL Y AL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE ACUERDEN LAS ACCIONES Y MEDIDAS NECESARIAS PARA CONTROLAR Y ERRADICAR SOBRE EL TERRITORIO DEL ESTADO LA QUEMA DE TERRENOS AGRÍCOLAS, PASTIZALES Y BASUREROS CON EL OBJETO DE PREVENIR INCENDIOS, ACCIDENTES, PROTEGER LA INTEGRIDAD FISICA DE LAS PERSONAS Y EVITAR DAÑOS A BIENES MUEBLES E INMUEBLES EN LA ENTIDAD. SEGUNDO.- SE OTORGUE EL TRAMITE CORRESPONDIENTE AL PRESENTE PUNTO DE ACUERDO Y SEA TURNADO A LA COMISIÓN GENERAL RESPECTIVA PARA SU ESTUDIO Y RESOLUCIÓN PROCEDENTE. CUATRO VECES H. PUEBLA DE ZARAGOZA, A 20 DE FEBRERO DE 2018 DIP. MANUEL POZOS CRUZ MIEMBRO DEL GRUPO LEGISLATIVO PARTIDO COMPROMISO POR PUEBLA