DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S La suscrita Diputada Geraldine González Cervantes, integrante del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México de la Quincuagésimo Novena Legislatura del H. Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; y demás relativos aplicables, someto a consideración de esta Soberanía el presente PUNTO DE ACUERDO, de conformidad con los siguientes: C O N S I D E R A N D O S La justicia está presente cuando se brinda a cada quien lo que le corresponde. Dicho concepto debe prevalecer en todos los ámbitos: familiar, social, laboral, etc. En este último existen diferencias marcadas que se trasladan al ingreso y nivel de vida de las personas. De ahí la importancia de equilibrar las condiciones laborales a fin de reconocer la ocupación con la percepción, así como las prestaciones legalmente reconocidas, tomando en cuenta que así como no hay ciudadanos de primera y de segunda, tampoco debe de haber trabajadores de primera o de segunda. Al efecto, las normas del trabajo buscan el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, así como propiciar el trabajo digno o decente en todas las relaciones laborales. El párrafo segundo del artículo 2 de la Ley Federal del Trabajo considera como trabajo digno o decente aquel en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo. El trabajo digno debe garantizarse en todas las modalidades laborales; en los diferentes sectores, responsabilidades y categorías. Tal es el caso del trabajo domestico, el cual incluye la prestación de los servicios de aseo, asistencia y demás propios o inherentes al hogar de una persona o familia. El trabajo domestico se encuentra regulado dentro del Capítulo XIII del Título Sexto de la Ley Federal del Trabajo. Dentro del mismo se reconocen diversos derechos, los cuales a pesar de representar un avance, quedan a deber en comparación con otras modalidades laborales. Tal es el caso que este sector laboral carece de seguridad social, condición insustituible para considerar al trabajo como digno. De acuerdo a las “estadísticas a propósito del Día Internacional del trabajo doméstico (22 de julio)” del INEGI, en México, para el primer trimestre de 2017, había 2 millones 480 mil 466 personas ocupadas en trabajo doméstico remunerado, cifra que representa el 4.8% del total de ocupados. De cada 100 ocupados en dicha actividad, 90 son mujeres, y 99 laboran sin contrato escrito. El 76.5% de los trabajadores domésticos recibe, como ingreso por su trabajo, hasta dos salarios mínimos o menos, y el 24.7% de las trabajadoras del hogar no reciben aguinaldo. A fin de concretar un equilibrio y dignificar aquella ocupación, se han agrupado diversas organizaciones sociales que luchan en pro de los derechos de las y los trabajadores domésticos. Entre estas destacan el Sindicato Nacional de Trabajadoras y Trabajadores del Hogar, así como la conformación del colectivo “Nosotrxs”, Dentro de sus principales demandas se encuentran el garantizar la seguridad social y la certeza laboral, mejorar los ingresos y prestaciones, así como el trato digno hacia el sector, Una forma de concretar lo anterior, es ratificando el Convenio 189 sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y Trabajadores Domésticos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), mismo que fue suscrito por México en 2011 y a la fecha no se ha ratificado, privando a la nación y sus habitantes de referentes que con su aplicación o tomados como base legislativa, podrían brindar más y mejores oportunidades al sector. Debido a lo anterior, y a la necesidad de concretar lo planteado antes de la conclusión del periodo de la actual administración federal y del Congreso de la Unión, se urge a la atención del llamado social, pero sobre todo de la promoción de la justicia y equidad en el ámbito laboral. Por lo anteriormente expuesto someto a consideración de esta Soberanía el siguiente: PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.- Se exhorta de manera respetuosa al Titular del Poder Ejecutivo Federal y a la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, para que a la brevedad y en el ámbito de su competencia, ratifiquen el Convenio 189 sobre el Trabajo decente para las Trabajadoras y los Trabajadores domésticos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). SEGUNDO.- Se exhorta al Honorable Congreso de la Unión para que revise y modifique la legislación laboral a fin de fortalecer la regulación del trabajo doméstico, sentando criterios que garanticen mejores ingresos y prestaciones, como la seguridad social y el pago de aguinaldo, en beneficio de dicho sector. TERCERO.- Se solicita a las legislaturas de las entidades federativas que se adhieran al presente acuerdo. ATENTAMENTE SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 07 DE MARZO DE 2018 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES Dip. Geraldine González Cervantes