C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E. El suscrito Diputado JOSÉ ÁNGEL RICARDO PÉREZ GARCÍA, Representante Legislativo de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 100, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, sometemos a consideración de este H. Cuerpo Colegiado el presente Punto de Acuerdo, bajo el siguiente: CONSIDERANDO Con la finalidad de contribuir a la mitigación de la contaminación ocasionada por la quema de combustibles fósiles y el cambio climático que se desencadena, mediante el aprovechamiento y la utilización de energías renovables o verdes, obtenidas de fuentes naturales, en las instalaciones públicas del Estado de Puebla. A un cuando es uno de los Estados más avanzados en cuanto a la legislación en materia de fomento de energías renovables, muestra un atraso considerable en la implementación de mecanismos de aprovechamiento de las fuentes de energía renovables y de eficiencia energética en los inmuebles y dependencias de la Administración pública, lo cual no puede ser aceptado, ya que las dependencias de los poderes públicos deben ser ejemplo a seguir de los poblanos. El sector de generación de electricidad en México aporta el 44o/o de la contaminación en nuestro País. De acuerdo con el más reciente informe del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), en el año 2012 se produjeron en el Nación, casi 260 millones de toneladas de bióxido de carbono, de las cuales 114 millones correspondieron al sector de generación de electricidad. En nuestro estado, conscientes de las consecuencias adversas que ocasionan los combustibles fósiles y comprometidos con mitigar los efectos del cambio climático, se publicó en el Periódico oficial del Estado, el 28 de noviembre de 2008, la Ley de Coordinación de Acciones para el Uso, Fomento y Aprovechamiento de Energías Renovables, del Estado de Puebla, misma que tiene como finalidad fomentar el aprovechamiento y el desarrollo de las energías renovables Gracias a esta legislación, se ha alentado el desarrollo energético sostenible y sustentable en el Estado y se ha impulsado el uso eficiente y óptimo de la energía en los procesos y actividades diarias. Así, la Ley de Coordinación de Acciones para el Uso, Fomento y Aprovechamiento de Energías Renovables, del Estado de Puebla, se ha constituido en un instrumento que promueve la competitividad económica y mejora la calidad de vida de los habitantes, así como ayuda a reducir paulatinamente la dependencia de hidrocarburos como fuente de energía primaria. La citada ley estatal faculta a los 217 Ayuntamientos de todo el estado de Puebla, a implementar mecanismos de aprovechamiento de las fuentes de energía renovables, particularmente en los edificios públicos, monumentos, vialidades y parques urbanos y comunidades rurales, en que se utiliza energía; facilitando el acceso a la asesoría técnica en desarrollos industriales, comerciales y de servicios, considerando el uso de energías renovables que permita la convivencia armónica del ser humano con el medio ambiente, con el propósito de disminuir el nivel de contaminación en los centros de población urbana y rural. Así mismo promover de planes de ordenamiento territorial, considerando el uso de las energías renovables, fundamentalmente en zonas no conectadas a las redes de energía convencional que se encuentran en regiones aisladas. Por lo que se debe brindar asesoría a los municipios, para la adecuación de su reglamentación en materia de zonificación y uso del suelo y de construcción para el aprovechamiento de las energías renovables; y orientar técnicamente para la generación de auto consumo de energía eléctrica a través de las diversas modalidades previstas en la legislación. Los modelos de producción energética convencionales, están centralizadas en grandes unidades basadas en redes de distribución que hoy empieza a resultar inadecuadas, por lo que se debería pensar más bien en sistemas de distribución en los que el consumo se facilite por la proximidad de los centros de producción energética. Se trataría pues, de diversificar los consumos procedentes de pequeñas unidades de producción que no necesitan de gravosas inversiones y si de pequeñas inversiones que los costosos procesos de producción centralizada. La necesidad de fuentes de energías alternativas a las convencionales se aborda globalmente, ante la catastrófica situación en que nos encontramos frente al agotamiento de los yacimientos de petróleo y antes las enormes cantidades de contaminantes que su generación y consumo arrojan a la atmosfera Hoy en día existe la necesidad de cambiar la forma en que se aprovechan las energías limpias en el estado de Puebla, por ello se debe apoyar al medio ambiente, utilizando energías naturales y renovables, es por esto que se considera pertinente hacer un llamado a los 217 municipios que comprenden nuestro Estado, para que en la medida de sus presupuestos, implementen medidas que fomenten el uso de energías renovables en sus edificios públicos. Es por lo antes expuesto y en virtud de las atribuciones que nos confiere el orden constitucional y legal vigente, que se somete a esta Soberanía, el siguiente. PUNTO DE ACUERDO UNICO.- Este Honorable Congreso del Estado de Puebla, haga un atento y respetuoso Exhorto a los 217 municipios que comprenden el Estado Poblano, a fin de que implementen mecanismos de aprovechamiento de las fuentes de energía renovables y de eficiencia energética en los inmuebles de las dependencias y organismos de la Administración Pública Municipal, tal como lo establecen los artículos 14, 15, 16 Y 17 de la Ley de Coordinación de Acciones para el Uso, Fomento y Aprovechamiento de Energías Renovables, del Estado de Puebla. Con la finalidad de fomentar la eficiencia energética y el aprovechamiento sustentable de la energía; las personas físicas y morales establecidas en el Estado, podrán certificar sus procesos de ahorro energético ante los organismos aprobados, por la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, quienes obtengan la certificación respectiva, tendrán preferencia para recibir los estímulos y apoyos municipales que se establezcan para tal fin. A T E N T A M E N T E. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A ENERO DE 2018. REPRESENTACION LEGISLATIVA DE MOVIMIENTO CIUDADANO DIP. JOSÉ ÁNGEL RICARDO PÉREZ GARCÍA 2