C.C. Secretarios de la Mesa Directiva, Del Honorable Congreso del Estado de Puebla, P r e s e n t e s. El que suscribe, Diputado Pablo Fernández del Campo Espinosa, integrante de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y de la fracción parlamentaria del PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracciones I y XXIV, 63 fracción II, y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120 fracción VI del Reglamento Interior de Honorable Congreso del Estado, someto a la consideración de esta Soberanía el presente Acuerdo bajo el siguiente: CONSIDERANDO Los resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), el INEGI, informó que, en los primeros tres meses del 2017, la población desocupada en el país se situó en 1.8 millones de personas y la tasa de desocupación correspondiente (TD) fue de 3.4% de la Población Económicamente Activa (PEA), porcentaje menor al 4% de igual trimestre de 2016. Sin embargo, al estar condicionada a la búsqueda de empleo, la tasa de desocupación es más alta en las localidades grandes, en donde está más organizado el mercado de trabajo; es así que en las zonas más urbanizadas con 100 mil y más habitantes la tasa llegó a 3.9%. Según el INEGI, la ocupación muestra distintos grados de intensidad según sea la perspectiva desde la cual se le observe. Una de éstas, es la que se refiere a la población con trabajo cero que se ubica entre la población ocupada y la no económicamente activa; es decir, población desocupada, la cual no trabajó siquiera una hora durante la semana de referencia de la encuesta, pero manifestó su disposición por hacerlo e hizo alguna actividad por obtenerlo. Al interior del país, las tasas de desocupación más altas fueron de Tabasco, con 6.8%; Baja California Sur 4.8%; Coahuila de Zaragoza y Tamaulipas, con 4.6% cada una; el Estado de México, 4.1%; Durango, 4%, y Ciudad de México, Nuevo León y Querétaro, con 3.8% respecto a la PEA. Otra forma de caracterizar a la población ocupada es en función de su condición de subocupación, entendida ésta como la necesidad de trabajar más tiempo, lo que se traduce en la búsqueda de una ocupación complementaria o de un nuevo trabajo con mayor horario. Al respecto, durante el periodo enero-marzo del año 2017 la población subocupada en el país fue de 3.7 millones de personas y representó 7.1% de las personas ocupadas, tasa menor a la de igual periodo de un año antes que fue de 7.9%. También se desprende de estos resultados que el 18.1 por ciento de los desocupados en México no cuenta con estudios completos de secundaria; y el 81.8 por ciento tiene estudios de educación media superior y superior. Por lo que hace a nuestra entidad federativa, en octubre del año pasado, según datos del INEGI, la tasa de desempleo de Puebla ubicó en 2.8 por ciento de la Población Económicamente Activa (PEA). La tasa de desempleo de 2.8 por ciento registrada en Puebla equivale a 77 mil 516 personas que no laboran en la entidad. Sin embargo, pese a los datos arrojados por el INEGI, el año próximo pasado, el 52 por ciento de los poblanos padece pobreza laboral, según reveló el observatorio económico, “México ¿cómo vamos?”. Por lo que hace a los jóvenes, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), señala que en México viven 37.9 millones de jóvenes de 15 a 29 años. Unos 12.2 millones son “vulnerables” por enfrentar dificultades para acceder a un trabajo decoroso, en el que tengan posibilidades de desarrollarse, con buen salario y seguridad social. Las cifras oficiales revelan que seis de cada 10 jóvenes mexicanos laboran en la informalidad, de los cuales un 34 por ciento gana de uno a dos salarios mínimos y otro un millón 209 mil ni siquiera cuentan con un empleo. A este escenario, se suma la crisis del sistema de pensiones que, dicho por especialistas, de mantenerse la actual recaudación y los bajos salarios, dejará a los mexicanos sin dinero para el retiro en 25 años. Son alrededor de 14 millones de jóvenes, y la mayoría está consciente de que, ante la situación económica y laboral que prevalece, será complicado encontrar un trabajo. Sólo 40 de cada 100 profesionistas en México tienen un empleo relacionado con su formación universitaria, de acuerdo con la Subsecretaría de Educación Superior de la SEP y la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del tercer trimestre de 2012. Además, investigaciones de Manpower indican que, de diez vacantes, cuatro no son cubiertas porque a los aspirantes les falta experiencia o habilidades específicas, entre otras características que les permitirían sobresalir del resto. El panorama laboral se complica si, además de la falta de personal calificado, se suma que al año egresan 450 mil jóvenes de las universidades del país. La misma Encuesta Nacional de Ocupación indica que 56 por ciento de los profesionistas desempleados son menores de 30 años, cifra que ha sido la más alta en los últimos cuatro años. Ahora bien, en el largo camino de los aspirantes a un empleo se encuentran un sinnúmero de requisitos, que en ocasiones son solo para la entrevista, como es el caso de la constancia de antecedentes no penales. La cual también algunas veces es solicitada por estudiantes quienes pretenden participar en algún programa de estudio, en el cual se otorgan apoyos económicos. El costo de este documento, representa un perjuicio económico, a los ciudadanos de bajos recursos que buscan un empleo y a los estudiantes que desean obtener algún estímulo para adherirse a un programa o para una beca, que les permita mejorar sus condiciones de vida. Por ello se considera que el costo por la expedición de este documento se hace incongruente, pues quienes pretenden un empleo o un estímulo para estudios, son personas que no cuentan con recursos suficientes para hacer erogaciones económicas extras. Aunado al hecho a que ocasiones el requisito es solo para acceder a una entrevista o realizar el trámite para algún estímulo para adherirse a un programa o para una beca. En razón de lo anterior, es por lo que pongo a consideración de esta Soberanía, que se reforme el párrafo segundo de la fracción V, del artículo 90 de Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el Ejercicio Fiscal 2018, para que, en la expedición de constancias de antecedentes no penales, en el caso de estudiantes y quienes se encuentren desempleados quedaran exentos de dicho pago. Ello pese a que en la actualidad dicho dispositivo prevé que para el caso de los estudiantes se aplicara una reducción del 20%, porcentaje que se considera insuficiente, pues la mayoría de las estudiantes, solicitan este documento para obtener algún apoyo económico. En mérito de lo anterior, someto a la consideración de esta Honorable Soberanía, la siguiente: INICIATIVA QUE REFORMA EL PÁRRAFO SEGUNDO DE LA FRACCIÓN V, DEL ARTÍCULO 90 DE LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2018, PARA QUEDAR COMO SIGUE; ARTÍCULO 90 Los derechos por los servicios prestados por la Fiscalía General del Estado, se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes: V. Por el trámite de constancias de no antecedentes penales $275.00 ………... En la expedición de constancias de antecedentes no penales, quedaran exentos de dicho pago estudiantes y quienes se encuentren desempleados, en busca de empleo. TRANSITORIOS. PRIMERO. - El presente Decreto entrará en vigor al día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO. - Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 6 DE FEBRERO DE 2018. Diputado Pablo Fernández del Campo Espinosa, Integrante de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional.