C.C. Secretarios de la Mesa Directiva, Del Honorable Congreso del Estado de Puebla, P r e s e n t e s. El que suscribe, Diputado Pablo Fernández del Campo Espinosa, integrante de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y de la fracción parlamentaria del PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracciones I y XXIV, 63 fracción II, y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120 fracción VI del Reglamento Interior de Honorable Congreso del Estado, someto a la consideración de esta Soberanía el presente Acuerdo bajo el siguiente: CONSIDERANDO En la actualidad es un imperativo la existencia de ciudades seguras con espacios públicos suficientes y de calidad para la expresión y la convivencia armónica de la población, que fortalezcan la inclusión social, la organización y participación comunitaria para la prevención de la inseguridad y la violencia. En este imperativo los espacios públicos como los parques, jardines, calles o avenidas, los cuales son lugares usados para la recreación, son espacios donde los habitantes de una ciudad pueden expresarse de forma artística, deportiva y cultural. Los espacios públicos son lugares en la ciudad donde las personas ocupan y circulan de manera continua a través de su vida cotidiana. Lugares en común dentro de una sociedad, que son diseñados para distintos usos, según la necesidad o funciones para los que han sido creados. La Nueva Agenda Urbana que representa un cambio de paradigma basado en la ciencia de las ciudades; establece normas y principios para la planificación, construcción, desarrollo, gestión y mejora de las zonas urbanas en sus cinco pilares de aplicación principales: políticas urbanas nacionales, legislación y normativas urbanas, planificación y diseño urbano, economía local y finanzas municipales e implementación local. Los compromisos que adquirieron los participantes, en pro del desarrollo urbano sostenible fue el de promover la creación de espacios públicos seguros, inclusivos, accesibles, verdes y de calidad, incluidas calles, aceras y carriles para ciclistas, plazas, paseos marítimos, jardines y parques, que sean zonas multifuncionales para la interacción social y la inclusión, la salud y el bienestar humanos, el intercambio económico y la expresión cultural, y el diálogo entre una amplia diversidad de personas y culturas, y que estén diseñados y gestionados de manera tal que garanticen el desarrollo humano, construyan sociedades pacíficas, inclusivas y participativas, y promuevan la convivencia, la conectividad y la inclusión social. También los participantes se comprometieron a promover la creación de espacios públicos seguros, integradores, accesibles, verdes y de calidad que fomenten el desarrollo social y económico, con el fin de aprovechar de manera sostenible su potencial para generar mayores valores sociales y económicos, entre otros, el valor de la propiedad, y facilitar la actividad empresarial y las inversiones públicas y privadas, así como las oportunidades de generar medios de subsistencia para todos. En esa congruencia, la nueva Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2016, en el título octavo denominado instrumentos normativos y de control, capitulo único llamado regulación del espacio público, en específico en su artículo 74, señala entre otros aspectos, que la creación, recuperación, mantenimiento y defensa del Espacio Público para todo tipo de usos y para la Movilidad, es principio de la Ley y una alta prioridad para los diferentes órdenes de gobierno. Ese mismo dispositivo señala que los planes o programas municipales de Desarrollo Urbano, de conurbaciones y de zonas metropolitanas deberán definir la dotación de Espacio Público en cantidades no menores a lo establecido por las normas oficiales mexicanas aplicables, privilegiando la dotación y preservación del espacio para el tránsito de los peatones y para las bicicletas, y criterios de conectividad entre vialidades que propicien la Movilidad; igualmente, los espacios abiertos para el deporte, los parques y las plazas de manera que cada colonia, Barrio y localidad cuente con la dotación igual o mayor a la establecida en las normas mencionadas. No obstante, los acuerdos adquiridos en ONU-HABITAT, la Nueva Ley General de Asentamientos Humanos, la importancia de los espacios públicos, el interés por ellos ha disminuido y se ha centralizado debido a que no todos tienen un fácil acceso a éstos. Los motivos pueden ser variados; la delincuencia, el descuido o el desinterés por parte de los ciudadanos y de las autoridades. Paradójicamente el espacio no es del todo adecuado para la realización de dichas actividades, no todas las personas tienen un fácil acceso a los espacios públicos y, tampoco hay los suficientes. Este tipo de problemáticas como el deterioro, abandono, o falta de interés por la creación y mantenimiento de espacios públicos en la ciudad, el peligro de la delincuencia y las nuevas formas de vida de la sociedad urbana, han llevado a ciertos grupos específicos de personas a crear nuevas formas de uso dentro de determinados espacios existentes en la ciudad; un ejemplo de esto es la apropiación de ciertos lugares en específico para la realización de distintas actividades que por diferentes razones desean realizar en ese preciso espacio. Tales como personas bañándose por diversión en fuentes públicas, grupos de baile en explanadas y camellones, o personas realizando ejercicio en estacionamientos públicos. En variadas ocasiones el espacio público no es lugar protegido, pues en algunos casos no está diseñado para dar seguridad sino para cumplir funciones como transitar o estacionar el auto, esto lleva a que los espacios no protegidos se vean apropiados por, indigentes, delincuentes. Lo anterior conlleva a que el espacio público sirva como reflejo de los problemas de injusticia social, económica y política, y que a su vez provoca el miedo de algunas personas, la marginación y la violencia urbana. Por ello el papel de la autoridades, es primordial a la hora de mantener espacios públicos, pues aunque estos espacios son responsabilidad de todos, el gobierno municipal o ayuntamiento tiene el deber de mantenerlos, seguros, limpios y existentes en cada comunidad, sin embargo, esto muchas veces no funciona de esta manera lo cual lleva a muchas de las problemáticas mencionadas y esto termina en el abandono o en la apropiación de nuevos espacios que se adapten mejor a las necesidades de los ciudadanos. Lo anterior hace necesario, proponer e implementar políticas de creación de espacios públicos que puedan contribuir a la superación de la desigualdad, al derecho de espacios para la recreación, a impulsar la participación y la heterogeneidad local, la comunicación entre diferentes grupos y organizaciones, así como a la identificación de la personas con sus lugares de origen, es decir, una renovación del sentido de pertenencia, identidad, y tradición que permita exista mayor interés por parte de los ciudadanos de atender, cuidar y exigir espacios para la recreación. Tal es el caso de las colonias del sur, en específico en el fraccionamiento los Héroes Puebla, la cual tiene un total de 10 mil 891 viviendas; colonia considerada de las más grandes de puebla. Fraccionamiento sobre el cual he recibido una serie de peticiones relacionadas con el mal estado en el que se encuentran las calles, avenidas, calzadas, paseos, camellones, circuitos viales, glorietas, pasos peatonales, aceras, parques públicos, y demás áreas públicas y sitios de uso común. Me comentan que donde están colocados los juegos infantiles de fierro, los mismos están destrozados e inservibles, en algunos casos por el desgaste natural del tiempo y en otros porque los delincuentes los desmantelan, lo que representan un riesgo para los niños que pese a las condiciones de los mismos los utilizan. Por otro lado, en los parques, las glorietas, camellones, aceras, donde existe pasto, los habitantes del fraccionamiento se quejan, de que los mismos se encuentra sin podar, lo que genera que las personas tiren basura y que los perros realicen sus necesidades en el mismos, generando focos de infección. Otro problema que refieren los habitantes del fraccionamiento es el sistema de recolección de basura, pues consideran que no es el adecuado; también refieren que la inseguridad está a la orden del día. Por eso desde esta Soberanía me permito exhortar al Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que genere un programa de rescate a los espacios públicos asentados en el Fraccionamiento los Héroes Puebla; el cual comprenda, calles, avenidas, calzadas, paseos, bulevares, camellones, circuitos viales, glorietas, pasos peatonales, aceras, plazas, parques, y demás áreas públicas y sitios de uso común. Programa que tenga como objetivo primordial tener espacios públicos seguros, integradores, accesibles, verdes y de calidad que fomenten el desarrollo social y económico. Así también para que instruya al área competente, mejore los sistemas de recolección de basura; e incremente el patrullaje en la colonia para garantizar la seguridad. Lo anterior encuentra su fundamento en el artículo 115 Constitucional, fracción III, incisos c), g) y h), el cual determina respectivamente, que los Municipios tendrán a su cargo, entre otros, las funciones y servicios públicos de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; Seguridad pública; Calles, parques y jardines y su equipamiento. También en el artículo 59 fracción III de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2016, el cual determina que corresponde a los municipios el mantenimiento de los espacios públicos y su equipamiento. Así como el artículo 105 fracción III, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, fija que los Ayuntamientos tienen facultades para expedir de acuerdo con las Leyes en materia Municipal que emita el Congreso del Estado, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal. La Ley Orgánica Municipal, en su artículo 199 fracciones III, VII, y VIII, que los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos, entre los que se encuentra, respectivamente el de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; y calles, parques y jardines y su equipamiento; y seguridad pública. En mérito de lo anterior, es que pongo a consideración de esta soberanía el siguiente. ACUERDO PRIMERO. – Se exhorta respetuosamente al Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que genere un programa de rescate a los espacios públicos asentados en el Fraccionamiento los Héroes Puebla; el cual comprenda, calles, avenidas, calzadas, paseos, bulevares, camellones, circuitos viales, glorietas, pasos peatonales, aceras, plazas, parques, y demás áreas públicas y sitios de uso común. SEGUNDO. Se exhorta respetuosamente al Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que instruya al área competente, realice en el Fraccionamiento los Héroes Puebla, todas y cada una de las acciones encaminadas a mejorar el sistema de recolección de basura. TERCERO. – Se exhorta respetuosamente al Presidente Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que instruya al área competente, realice en el Fraccionamiento los Héroes Puebla, todas y cada una de las acciones encaminadas a intensificar el patrullaje. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2017 Diputado Pablo Fernández del Campo Espinosa, Integrante de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado.