C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. P R E S E N T E El que suscribe, Diputado José Chedraui Budib, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con la adhesión del Diputado Neftalí Salvador Escobedo Zoletto, integrante del Partido Acción Nacional, del Diputado Sergio Salomón Céspedes Peregrina, integrante del Partido Revolucionario Institucional y de la Diputada Lizeth Sánchez García, integrante del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 Fracción II 134, 135 y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos y aplicables, me permito someter a consideración de esta Soberanía la siguiente Iniciativa de Decreto por el que se adiciona un artículo 24 Bis a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, de conformidad con los siguientes: C O N S I D E R A N D O S De acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2015, en México habitaban 39.2 millones de niñas, niños y adolescentes de 0 a 17 años. En otras palabras, uno de cada tres residentes en nuestro país corresponde a una persona menor de 18 años. Con el paso de los años, se ha buscado que este sector significativo de la población, cuente con mayores derechos y que éstos sean respetados tanto por autoridades como por particulares. No obstante, de manera desafortunada, día con día en las diversas entidades que conforman el país, se cuenta con reportes de menores desaparecidos, lo que resulta sumamente preocupante. Al respecto, desde hace muchos años, tanto a nivel internacional como local, se han puesto en marcha protocolos de búsqueda, localización y recuperación, que han permitido lograr que muchos niños, niñas y adolescentes se encuentren de vuelta en sus hogares. Sin embargo, es una tarea que puede mejorar significativamente, ya que cada año se reporta una cifra considerable de menores que no han sido localizados. Por lo que una de las estrategias que deben tenerse en cuenta, es la socialización de los datos de todos aquellos menores que han desaparecido y de los cuales tienen conocimiento las autoridades competentes. La denominada Alerta Amber, es aquella que actualmente cuenta con mayor difusión en México, siendo promovida principalmente por la Procuraduría General de la República y sus homólogas en las diferentes entidades. Empero lo anterior, el objetivo de la presente iniciativa es generar una vinculación entre Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado que les permita coordinarse de manera particular con la Fiscalía General del Estado, para la publicación de las alertas de búsqueda, localización y recuperación de niñas, niños y adolescentes, en los portales electrónicos pertenecientes a cada uno de ellas; teniendo así mayores probabilidades de obtener mejores resultados en este tipo de casos. Así, atendiendo a lo antes expuesto y fundado me permito someter a su consideración la siguiente iniciativa de: DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN ARTÍCULO 24 BIS A LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE PUEBLA. ÚNICO.- Se adiciona un artículo 24 Bis a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, para quedar como sigue: Artículo 24 Bis.- Las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado, deberán coordinarse de manera particular con la Fiscalía General del Estado, para la publicación de las alertas de búsqueda, localización y recuperación de niñas, niños y adolescentes, en los portales electrónicos pertenecientes a cada uno de ellas. ARTÍCULO TRANSITORIO ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 31 DE OCTUBRE DE 2017 DIP. JOSÉ CHEDRAUI BUDIB DIP. NEFLTALÍ SALVADOR ESCOBEDO ZOLETTO DIP. SERGIO SALOMÓN CÉSPEDES PEREGRINA DIP. LIZETH SÁNCHEZ GARCÍA