C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E S El suscrito, Diputado Sergio Moreno Valle Gérman, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con la adhesión de las y los Diputados Geraldine González Cervantes del Partido Verde Ecologista de México, Lizeth Sánchez García del Partido del Trabajo, Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado de Nueva Alianza, Marco Antonio Rodríguez Acosta de Pacto Social de Integración y Julián Rendón Tapia del Partido de la Revolución Democrática; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, someto a consideración de este cuerpo colegiado el siguiente Punto de Acuerdo; y: C O N S I D E R A N D O 1.-Que la creciente complejidad de la vida social genera la necesidad de renovar constantemente el marco jurídico que la regula, a efecto de provocar un desarrollo paralelo en que no se vean rebasados ambos procesos. De acuerdo al Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Puebla, uno de los lineamientos es sobre el derecho social donde el Estado en coordinación con los municipios vigilará y estimulará el debido cumplimiento y aplicación de los ordenamientos legales en materia de vivienda, entre otros, para lograr el máximo beneficio para la entidad. Puebla es un Estado que tiene un desarrollo urbano que tiende a un crecimiento acelerado, por ello resulta indispensable planificar dicho desarrollo, así como tener un registro de las construcciones, con el fin que estas no representen un peligro para la sociedad, en caso de una catástrofe natural, por lo cual es necesario que las instancias competentes sean más rígidas en el control y supervisión. Que el permiso de construcción, es un escrito oficial de la autoridad municipal, que autoriza el inicio de obras de edificación según los planos del proyecto, previo pago de derechos. En ocasiones, el propietario de un predio realiza construcciones para vivienda familiar o local comercial; así como cambios o edificaciones a los mismos, sin solicitar la licencia de construcción respectiva a la autoridad municipal competente, esto  por motivos de evitar el trámite, el costo del mismo o simple desconocimiento. Sin embargo, lo anterior trae como consecuencia obras estructuralmente inseguras, poniendo en riesgo a la población, en caso de sucesos como los que hemos vivido recientemente. 2.- Que el párrafo séptimo del artículo 4° de nuestra Carta Magna dice: “Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.” En ese sentido, el concepto de “digna” se refiere a segura y habitable en condiciones óptimas que generen bienestar. El derecho a una vivienda digna es una de las necesidades básicas del ser humano, en torno a la cual se llevan a cabo múltiples actividades. Por ello, el Estado además de garantizar el acceso de un lugar donde vivir, es importante que genere las condiciones normativas necesarias para que una vivienda sea construida con materiales óptimos que generen seguridad a las familias, a través de las adecuaciones necesarias que deberán realizar los Cabildos de los Ayuntamientos de nuestra Entidad, o legislar al respecto en caso de no contar con un Reglamento de Construcciones. Que tenemos como referente, a la Ciudad de México, ya que derivado de los sismos ocurridos en septiembre de 1985, se determinó la necesidad de revisar y actualizar las normas en materia de diseño estructural, controlando los usos originales de las obras autorizadas, con el fin de proteger a sus habitantes contra los riesgos originados en casos de desastres, expidiendo normas específicas para hacer frente a situaciones de emergencia en general. 3.- Que conforme a datos del INEGI, en Puebla existen 1, 553 451 (un millón quinientos cincuenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y un) viviendas particulares, de las cuales 60.6% disponen de agua entubada dentro de la vivienda, 98.7% cuentan con energía eléctrica y 83.5% de los ocupantes de la viviendas disponen de drenaje conectado a la red pública. En este contexto, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 78, fracción XLIII de la Ley Orgánica Municipal, se establece la facultad de los Ayuntamientos de otorgar licencias y/o permisos para construcciones, precepto legal que otorga amplias atribuciones a los Cabildos para legislar en la materia, generando una normatividad que tenga como fin brindar certeza y seguridad en las construcciones de su respectiva demarcación territorial. Esto a través de la implementación de mecanismos que generen seguridad en las nuevas construcciones, como la licencia para iniciar una construcción de obra mayor, menor o sus respectivas modificaciones, así como la firma de un Director Responsable de Obra o corresponsable en su caso, estableciendo en sus respectivos ordenamientos los requisitos para adquirir tal calidad. Que la correcta ejecución material de las edificaciones e instalaciones es una obligación social por lo que se requiere una aplicación técnica altamente calificada, que solo la dará un perito en la materia -es el caso de los Directores Responsables de Obras-, en cuya elección se estima necesaria la intervención de los Colegios de Profesionales y Cámaras de la construcción. Que un Director Responsable de Obra es la persona física, que asume la responsabilidad y obligaciones conferidas por los reglamentos y normativas de construcción y seguridad empleados en los diseños estructurales, pero en esencia esta figura es quien avala con su experiencia, ética y demás requisitos que establezcan los ordenamientos correspondientes, que un proyecto cumpla con los requerimientos de seguridad y servicio de la estructura en base a los reglamentos de construcciones, Ley de Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Puebla y demás disposiciones en la materia, para que el usuario sienta plena confianza del lugar en donde vive, trabaja, realiza actividades de esparcimiento, en las vías en las que se transporta y de todo el entorno en donde desarrolla su vida cotidiana. Que el crecimiento demográfico, la concentración de la población y el desarrollo industrial de nuestro Estado, ha incrementado la posibilidad de que se verifiquen fenómenos destructivos en edificaciones y espacios que conforman las ciudades, haciéndose necesaria la expedición de normas que permitan reducir los niveles de riesgo en el uso continuo y permanente de los mismos. El objeto del presente punto de acuerdo, consiste en que los Ayuntamientos actualicen o modifiquen sus respectivos reglamentos de construcción y normas técnicas, o en su caso expidan las mismas, a fin de contar con mecanismos normativos que garanticen certeza y seguridad estructural en las nuevas construcciones, así como dar cumplimiento a las normas ambientales, de sustentabilidad y protección civil. Con ello se otorgarían los factores mínimos de bienestar que hagan posible la habitabilidad de nuestro Estado, garantizando la seguridad en el uso de las nuevas edificaciones y espacios que las componen. Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Soberanía el siguiente: PUNTO DE ACUERDO ÚNICO.- Se exhorta respetuosamente a los 217 Ayuntamientos de los Municipios del Estado de Puebla, de conformidad con su respectivo ámbito de competencia, para que actualicen y/o modifiquen sus respectivos reglamentos de construcción o análogos y normas técnicas en la materia, o en su caso, expidan los respectivos ordenamientos de construcción; generando mecanismos que garanticen la seguridad estructural de nuevas edificaciones, a fin de cumplir con las normas ambientales, de sustentabilidad y protección civil. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 16 DE OCTUBRE DE 2017 DIP. SERGIO MORENO VALLE GÉRMAN DIP.GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO DIP.LIZETH SÁNCHEZ GARCÍA PARTIDO DEL TRABAJO DIP.MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO PARTIDO NUEVA ALIANZA DIP.MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ ACOSTA PACTO SOCIAL DE INTEGRACIÓN DIP.JULIÁN RENDÓN TAPIA PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA ESTA HOJA CORRESPONDE AL PUNTO DE ACUERDO DONDE SE EXHORTA A LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE PUEBLA PARA QUE ACTUALICEN Y/O MODIFIQUEN SUS RESPECTIVOS REGLAMENTOS DE CONSTRUCCIÓN O ANÁLOGOS Y NORMAS TÉCNICAS EN LA MATERIA, O EN SU CASO, EXPIDAN LOS RESPECTIVOS ORDENAMIENTOS DE CONSTRUCCIÓN.