DIPUTADOS DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S Los suscritos Diputados Carolina Beauregard Martínez integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional y Julián Rendón Tapia Coordinador del Grupo Legislativo del Partido de la Revolución Democrática, ambos de la Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 61, 63 fracción II, 64 y 84 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracciones II y V, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, sometemos a consideración de esta Soberanía, el siguiente PUNTO DE ACUERDO, de conformidad con los siguientes: C O N S I D E R A N D O S Que en términos de los artículos 1, 17 fracción VIII y 41 fracciones I, XVII y XLIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transportes del Estado, es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada, auxiliar del Poder Ejecutivo, que tiene entre otras facultades, las de formular y conducir las políticas generales en materia de transporte y establecer los requisitos que deban satisfacer los particulares para la expedición de licencias de conducir; dirigir, coordinar y controlar la ejecución de los programas de comunicaciones y de transportes en la Entidad que realice directamente o en forma concertada con la Federación o los municipios, así como emitir acuerdos, circulares y demás disposiciones en el ámbito de su competencia para la aplicación de las leyes en la materia. Las enfermedades crónicas son enfermedades de larga duración y por lo general de progresión lenta. Las enfermedades cardíacas, los infartos, el cáncer, las enfermedades respiratorias y la diabetes, son las principales causas de mortalidad en el mundo, siendo responsables del 63% de las muertes. Según las estimaciones de la Organización Mundial de la Salud, 422 millones de adultos en todo el mundo tenían diabetes en 2014, frente a los 108 millones de 1980. La prevalencia mundial (normalizada por edades) de la diabetes casi se ha duplicado desde ese año, pues ha pasado del 4,7% al 8,5% en la población adulta. Este primer Informe mundial sobre la diabetes publicado por la OMS pone de relieve la enorme escala del problema, así como el potencial para invertir las tendencias actuales. Que la licencia de conducir en momentos de accidentes es el único documento con el que las instancias de apoyo cuentan para la atención primaria del conductor; por ello, consideramos necesario el que las licencias de conducir en nuestra Entidad, cuenten con información respecto de las alergias, enfermedades crónicas y/o degenerativas que el conductor padece. Que en algunas Entidades Federativas, como Veracruz, las licencias de conducir contienen información importante como lo es la relativa a si el conductor padece alguna alergia, enfermedad crónica o degenerativa, información que resulta de gran importancia para la atención adecuada en eventos de tránsito, de libre acceso a vialidades cerradas, carreteras tomadas por manifestaciones, así como la atención preferente y oportuna, con conocimiento de causa o ministración de medicamentos que le son imprescindibles en tiempo y forma. En razón de lo anteriormente expuesto y fundado ante esta Soberanía, tenemos a bien poner a su consideración el siguiente Punto de: A C U E R D O PRIMERO.- Se exhorte a la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transportes del Estado, a que en las nuevas licencias que se expidan se incluya la información relativa a las alergias, enfermedades crónicas y/o degenerativas que padezca el conductor, ello con el firme propósito de contar con información importante en momentos de desastres naturales, accidentes, cierres de circulación o cualquier evento en que este tipo de información sea trascendente para atender al conductor. SEGUNDO.- Se exhorte a la Secretaría de Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transportes del Estado, a realizar un programa de canje voluntario de licencias en las que se incluya la información relativa a las alergias, enfermedades crónicas y/o degenerativas que padezca el conductor, y que así lo manifiesten de manera voluntaria por escrito. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 11 DE OCTUBRE DE 2017 DIPUTADA CAROLINA BEAUREGARD MARTÍNEZ INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA DIPUTADO JULIÁN RENDÓN TAPIA COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITIUCIONAL DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA Esta hoja de firmas corresponde al Punto de Acuerdo por virtud del cual se exhorta a la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transportes del Estado, a que en las nuevas licencias que se expidan se incluya la información relativa a las alergias, enfermedades crónicas y/o degenerativas que padezca el conductor, ello con el firme propósito de contar con información importante en momentos de desastres naturales, accidentes, cierres de circulación o cualquier evento en que este tipo de información sea trascendente para atender al conductor.