C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E S El suscrito Diputado Sergio Moreno Valle Gérman, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, someto a consideración de este cuerpo colegiado el siguiente Punto de Acuerdo; y: C O N S I D E R A N D O 1. Conceptos en materia de protección civil Que la protección civil se define como la acción solidaria y participativa, que en caso de un riesgo de origen natural o antrópico, prevé la coordinación y concertación de los sectores público, privado y social en el marco del Sistema Nacional y Estatal de Protección Civil, a fin de crear un conjunto de acciones para salvaguardar la vida, integridad física y salud de la población en general; así como sus bienes, infraestructura, planta productiva y medio el medio ambiente. Que la Ley General de Protección Civil y la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil, establecen, que el Sistema Nacional y Estatal de la materia es un conjunto estructurado conformado por el sector público, privado y social, para que coordinen acciones en materia de protección civil. Su objetivo básico es proteger a la población en general ante la eventualidad de un desastre provocado por agentes naturales o humanos, a través de acciones de prevención y coordinación que reduzcan o eliminen la pérdida de vidas humanas, la destrucción de bienes materiales y el menoscabo a la naturaleza, así como la interrupción de funciones primordiales de la sociedad. Que la coordinación y prevención son principios fundamentales en la materia; el primero es integrado por el sector público, privado y social, así como la población en general para la actuación eficaz ante una emergencia o desastre, el segundo consiste en acciones y mecanismos implementados con antelación a la eventualidad, tiene como finalidad conocer los peligros o riesgos para identificarlos, disminuirlos o destruirlos, en materia de protección civil debemos pasar de la reacción a la prevención. Que el Programa Interno de Protección Civil es la principal herramienta que tiene la población ante cualquier contingencia –materializa la cultura de la prevención y autoprotección-, ya que de conformidad con el artículo 103 de la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil, los edificios públicos y los establecimientos de bienes y servicios, todos, tanto sector público, privado y social tienen la obligación de establecer el citado programa. Este tiene como finalidad mitigar los riesgos identificados y definir acciones de prevención y respuesta ante cualquier riesgo o desastre. 2.- Problemática Que de acuerdo con el último Informe Mundial sobre Discapacidad de la Organización Mundial de la Salud sabemos que el 15.6% de la población mundial (785 millones de personas) tiene alguna discapacidad. En México de acuerdo a la estadística del Censo de Población y Vivienda 2010, muestran que tanto a nivel nacional, como local las personas con discapacidad representan el 5% del total de la población. Que el artículo 1° de nuestra Carta Magna en relación con la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, establece que para protección y promoción de los derechos humanos de este sector, se debe garantizar su plena inclusión a la sociedad en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades. Que la citando el artículo 12 de la Convención sobre de los Derechos de las Personas con Discapacidad, se establece lo siguiente: “Los Estados Partes adoptarán, en virtud de las responsabilidades que les corresponden con arreglo al derecho internacional, y en concreto el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la protección de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo, incluidas situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias y desastres naturales.” 3.- “Hacia una Cultura de la Protección Civil Incluyente” Que actualmente en las leyes de la materia existe un vacío legal en relación a la protección de los derechos fundamentales de este sector, a saber, si el objeto primigenio del Sistema Nacional y Estatal de Protección Civil es proteger a la población en general ante cualquier contingencia o riesgo, por qué no se promueve una cultura de inclusión en los Programas Internos de Protección Civil, que tienen obligación de implementar el sector público, privado y social. Que para cumplir con lo anterior, se expide la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SEGOB-2015, denominada “Personas con Discapacidad.- Acciones de Prevención y Condiciones de Seguridad en Materia de Protección Civil en Situación de Emergencia o Desastre”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de agosto de 2016. Que la citada norma general establece en su numeral 7, que los propietarios, responsables o administradores de inmuebles del sector público, privado y social en coordinación con la autoridad de la materia, deberá implementar el procedimiento de emergencia para la atención de personas con discapacidad de conformidad con lo que dispone la NOM. Lo anterior, debe estar contemplado en los Programas Internos de Protección Civil que apruebe la autoridad competente, existan o no personas con discapacidad en los establecimientos, ya que la inclusión se encamina a integrar a este sector a la sociedad en un marco de igualdad y respeto a los derechos humanos. Que los sucesos recientes como cualquier otro desastre natural, no pueden ser controlados, los daños sin duda son irreversibles, pero la experiencia de lo aprendido y testificar la unión de la ciudadanía es lo que debe quedar en nosotros. Siempre he apostado por una cultura de la prevención y desde esta tribuna exhorto a todos los sectores para que nuestra Entidad transite a una cultura de la protección civil incluyente, utilizando todos los mecanismos legales y modificaciones legislativas necesarias con la finalidad de garantizar la plena inclusión de las personas con discapacidad. Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta Soberanía el siguiente: PUNTO DE ACUERDO Primero.- Se exhorta a los Poderes Públicos, así como a los 217 Ayuntamientos de los Municipios del Estado de Puebla, en el ámbito de su respectiva competencia y coordinación con las autoridades en materia de protección civil, para que en sus Programas Internos se establezcan los protocolos de emergencia para personas con discapacidad, en cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SEGOB-2015, “Personas con Discapacidad. Acciones de Prevención y Condiciones de Seguridad en Materia de Protección Civil en Situación de Emergencia o Desastre”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de agosto de 2016, a fin de transitar a una Cultura de la Protección Civil Incluyente. Segundo.- Se invita respetuosamente al sector privado y social de nuestra Entidad, en coordinación con las autoridades en materia de protección civil, para que en sus Programas Internos se establezcan los protocolos de emergencia para personas con discapacidad, en cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana NOM-008-SEGOB-2015, “Personas con Discapacidad. Acciones de Prevención y Condiciones de Seguridad en Materia de Protección Civil en Situación de Emergencia o Desastre”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de agosto de 2016, a fin de transitar a una Cultura de la Protección Civil Incluyente. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 06 DE OCTUBRE DE 2017 SERGIO MORENO VALLE GÉRMAN