DIPUTADOS DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S Los suscritos Diputados Jorge Aguilar Chedraui, Carolina Beauregard Martínez, María del Rocío Aguilar Nava y Francisco Rodríguez Álvarez, Presidente e integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la Quincuagésima Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 61, 63 fracción II, 64 y 84 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracciones II y V, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, sometemos a consideración de esta Comisión Permanente, el siguiente PUNTO DE ACUERDO, de conformidad con los siguientes: C O N S I D E R A N D O S Que la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, aprobada por la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, sin lugar a dudas, ha sido el principal motor para la implementación de acciones, estrategias, programas y mecanismos, encaminadas a proteger a este importante sector de la sociedad. En este orden de ideas; México fue uno de los primeros cuatro países del mundo en sumarse a la Alianza Global para poner fin a la violencia contra Niñas, Niños y Adolescentes. Esta iniciativa es promovida en distintos países, con el respaldo de organismos internacionales y organizaciones de la sociedad civil en el marco de los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS). 1 El objetivo de la Alianza Global, es que los gobiernos, en colaboración con la sociedad civil, asuman que poner fin a la violencia en contra de las Niñas, Niños y Adolescentes, conlleva grandes retos y los compromete a: 1) visibilizar, sensibilizar y tomar conciencia sobre el impacto que tiene la violencia en las vidas de las niñas, niñas y adolescentes; 2) comprometerse en poner fin a todas las formas de violencia contra la niñez, asumiendo que es un asunto prioritario y urgente; 3) poner en acción este compromiso, incrementando los recursos y acciones para identificar, prevenir, atender y dar respuesta a todas las formas de violencia; 4) movilizar y articular a todos los sectores de la sociedad para actuar contra la violencia y, 5) mejorar e implementar servicios, estrategias y programas coordinados, integrales e intersectoriales que den evidencia de un cambio significativo en la prevención, erradicación y atención a la violencia, en todas sus formas y ámbitos donde se presenta. Sin embargo, poner fin a la violencia contra niñas, niños y adolescentes, no es tarea fácil, ni tampoco es una estrategia aislada, se requiere de la colaboración y articulación de los distintos poderes y órdenes de gobierno, la sociedad civil organizada, la academia, el sector privado y los medios de comunicación. Por ello, uno de los grandes retos y de donde parte el Plan de Acción de México, es la articulación intersectorial, así como la atención integral de las diversas expresiones de la violencia; y en tal sentido la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado Libre y Soberano de Puebla, prevé la conformación de los Sistemas Municipales de Protección, entre cuyas facultades se encuentra recibir quejas y denuncias por violaciones a los derechos contenidos en la Ley General, en la particular del Estado de Puebla y demás disposiciones aplicables, así como canalizarlas de forma inmediata a la Procuraduría de Protección que corresponda, sin perjuicio que ésta pueda recibirla directamente y auxiliar a la Procuraduría de Protección en las medidas urgentes de protección que ésta determine, y coordinar las acciones que correspondan en el ámbito de sus atribuciones; entre otras.2 De ahí la importancia de que cada uno de los Ayuntamientos cuente con la conformación de este Sistema; por ello hago un llamado a quienes aún no los han instalado a que los conformen a la brevedad, a que sean partícipes del cuidado y protección de las niñas, niños y Adolescentes, colaborando así con unos de los objetivos de la Alianza Global y del Plan México. En razón de lo anteriormente expuesto y fundado ante esta Comisión Permanente, tenemos a bien poner a su consideración el siguiente Punto de: A C U E R D O ÚNICO.- Se exhorte respetuosamente a los Ayuntamientos del Estado Libre y Soberano de Puebla, que aún no cuentan con su Sistema Municipal de Protección Integral, a que lo conformen cuanto antes, con el firme propósito de generar acciones en pro de las Niñas, Niños y Adolescentes de nuestra Entidad Federativa y cumplir con lo estipulado por el artículo 130 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 02 DE OCTUBRE DE 2017 DIP. JORGE AGUILAR CHEDRAUI PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA Y COORDINADOR DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA DIP. CAROLINA BEAUREGARD MARTÍNEZ INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA DIP. MARÍA DEL ROCÍO AGUILAR NAVA INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA DIP. FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ INTEGRANTE DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA Esta hoja de firmas corresponde al Punto de Acuerdo por el que se solicita exhortar respetuosamente a los Ayuntamientos del Estado Libre y Soberano de Puebla, que aún no cuentan con su Sistema Municipal de Protección Integral, a que lo conformen cuanto antes, con el firme propósito de generar acciones en pro de las Niñas, Niños y Adolescentes de nuestra Entidad Federativa y cumplir con lo estipulado por el artículo 130 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla. 1 Plan de Acción de México. Alianza Global Para Poner Fin a la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes”, Junio de 2017. 2 Artículo 132 de la LEY DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO DE PUEBLA. --------------- ------------------------------------------------------------ --------------- ------------------------------------------------------------