DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S La que suscribe Silvia Guillermina Tanús Osorio, Diputada Coordinadora del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura del Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II y 144 fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y 120 fracción VI, del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, me permito someter a esta Soberanía el siguiente Punto de Acuerdo y; C O N S I D E R A N D O La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los artículos 1o. y 4o. garantiza el derecho a la igualdad por razón de género, dentro del Estado constitucional. Asimismo, el artículo 1° en su párrafo tercero dispone que: “es obligación de las autoridades, en el ámbito de sus competencias, promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”. De acuerdo con la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará), la Convención de los Derechos Políticos de la Mujer y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés); la Federación, las entidades federativas y los municipios, se coordinarán para la integración y funcionamiento del Sistema Nacional Para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres; el cual tiene por objeto la conjunción de esfuerzos, instrumentos, políticas, servicios y acciones interinstitucionales para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres. Que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en su artículo 2 establece que “La Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias expedirán las normas legales y tomarán las medidas presupuestales y administrativas correspondientes, para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, de conformidad con los Tratados Internacionales en Materia de Derechos Humanos de las Mujeres, ratificados por el Estado mexicano.” La violencia ejercida contra la mujer se refiere a todo acto, acción o conducta de maltrato basado en su género, que tiene como resultado, posible o real, un daño físico, sexual o psicológico. Esto adopta numerosas dimensiones y busca someterla en todos los aspectos de su vida; afecta su libertad, dignidad, seguridad y su intimidad; es multiforme, pues tiene diferentes características y se manifiesta con diversos matices, unas veces interrelacionados y otras recurrentes, ya sea en situaciones cotidianas o extraordinarias, y afecta además a personas con quienes ellas mantienen ciertos vínculos afectivos. Las mujeres que experimentan violencia sufren de una variedad de problemas de salud y se disminuye su capacidad para participar en la vida pública y privada. La forma más común de violencia experimentada por mujeres a nivel mundial es la violencia física infringida por una pareja íntima, incluyendo mujeres golpeadas, obligadas a tener relaciones sexuales o abusadas de alguna otra manera. Muchas mujeres se enfrentan a múltiples formas de discriminación y a riesgos cada vez mayores de violencia. Los costos de la violencia contra la mujer son sumamente altos, y comprenden los costos directos de los servicios para el tratamiento y apoyo a las mujeres maltratadas. El Estado de Puebla cuenta con un marco normativo que protege y regula los casos de violación de los Derechos Humanos de la mujer, así desde lo que establece la Constitución Política del Estado, la ley Para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y otros ordenamientos, la directriz es promulgar el respeto y la integridad de las personas entre sí, permitiendo establecer lineamientos que aseguren y protejan sectores de la sociedad vulnerables por circunstancias propias de sí mismos, como lo son las mujeres. No basta con establecer medidas legales que en su contenido se perciben completas, pues de manera equiparada se deben de realizar trabajos en la colectividad, que fomenten una verdadera conciencia de respeto a la integridad de las personas y los derechos humanos de los que se es titular. En los últimos meses ha existido un incremento de conductas que vulneran a un sector de la sociedad, el de las mujeres, mismo que en lo jurídico ha tenido relevantes avances, pero que en la práctica sigue sufriendo de ataques que lastiman y marcan un comportamiento en la sociedad, que no puede mantenerse ajena a la realidad. Las instancias de gobierno, destinan gran parte de sus recursos en la atención y solución de problemas que se generan en el ámbito de la vida pública y social; sin embargo existen situaciones sociales que no pueden dejarse de atender, porque de ser así, con la omisión de responsabilidades se contribuye a generar un incremento de conductas que afectan de manera directa la vida e integridad de las personas, particularmente hago referencia a los actos que han sido cometidos en perjuicio de las mujeres en el Estado de Puebla. Existe un grave incremento en los últimos meses, de actos de violencia que si bien es competencia de las autoridades investigar, también debemos como sociedad involucrarnos en crear una cultura de comunicación y respeto a los derechos humanos, a fin de conocer también las consecuencias jurídicas y sanciones que pudieran ser impuestas a quien realice actos que vulneren la integridad de la persona. Actualmente se cuenta con avances en procedimientos de denuncia, tipificación de conductas y adecuación de sanciones a las normas punitivas, sin embargo no es suficiente, toda vez que existe aún la realización de conductas que atacan al sector femenino, generando un ambiente social de incertidumbre y falta de seguridad. No se debe escatimar en la implementación de recursos que permitan atender de manera oportuna y eficiente por parte de las autoridades e instancias de gobierno, las denuncias que por motivo de violencia se ejercen en contra de mujeres, personas de la tercera edad, menores de edad, personas con discapacidad, entre otros, sin embargo en la actualidad el sector femenino se ha visto amenazado por conductas que vulneran la integridad de la sociedad en general. Se deben implementar y destinar mayores recursos humanos y financieros que permitan dotar a las instancias de gobierno encargadas de la prevención atención y sanción de conductas que agravian a las mujeres, a fin de que no se siga fomentando de manera indirecta la falta de respeto e integridad de las mujeres. En el mismo orden de ideas, el gobierno como principal encargado de mantener la paz social, salvaguardar el orden y el respeto a las instituciones, debe de crear mecanismos de comunicación que permitan a los gobernados conocer acerca de las instancias y procedimientos legales con los que se cuenta para erradicar todo tipo de violencia, por lo tanto es importante que se implemente una campaña de trabajo dirigida a todos los sectores de la sociedad, a fin de evitar la trasgresión y violencia de derechos de las personas. Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta Soberanía el siguiente: PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.- Se exhorta de manera respetuosa al Titular del Poder Ejecutivo y a los integrantes de la LIX Legislatura, para que de manera coordinada establezcan un incremento al presupuesto destinado a la Fiscalía General del Estado, a fin de que el Organismo Constitucional Autónomo pueda establecer mayores recursos humanos y financieros en las Fiscalías especializadas creadas para la atención, investigación y acreditación de conductas constitutivas de delitos, particularmente a la Fiscalía Especializada en Atención a Delitos de Género, a fin de poder cumplir con su función de manera eficiente, oportuna y profesional. SEGUNDO.- Se exhorta al Titular del Poder Ejecutivo para que incremente el presupuesto destinado al Instituto Poblano de las Mujeres, a fin de que la instancia gubernamental pueda implementar campañas de difusión, capacitación y prevención de conductas que vulneren la integridad de las Mujeres; pudiendo con ello extender la estructura institucional y poder difundir la protección y salvaguarda de los derechos de este género en todo el Estado. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 18 DE SEPTIEMBRE DE 2017. DIP. SILVIA GUILLERMINA TANÚS OSORIO COORDINADORA DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL 1