C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. P R E S E N T E El que suscribe, Diputado José Chedraui Budib, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 Fracción II 134, 135 y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos y aplicables, me permito someter a consideración de esta Soberanía la siguiente Iniciativa de Decreto por el que se adiciona una fracción IV al artículo 212 de la Ley Orgánica Municipal, de conformidad con los siguientes: C O N S I D E R A N D O S La Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), es una dependencia de la Administración Pública Federal, que tiene como visión para el año 2018, ser la Dependencia que mediante la cooperación institucional, compromiso con la democracia y apoyando el Desarrollo Nacional, se convierta en el pilar de las instituciones. Derivado de ello, y para el mejor ejercicio de sus funciones, el día 30 de agosto del año en curso, se aprobó en el H. Congreso del Estado, el decreto por virtud del cual se autoriza al titular del Poder Ejecutivo del Estado, a enajenar los inmuebles identificados como predio constituido por la fusión de las parcelas números: 3365 z-9 p1/3, 3366 z-9 p1/3 y 3367 z-9 p1/3, del ejido de oriental; y predio constituido por la fusión de las parcelas números 3368 z-9 p1/3, 3369 z-9 p1/3 y 3370 z-9 p1/3, ambos del ejido de Oriental, del municipio de Oriental, del distrito judicial de Libres, Puebla. Lo anterior con el objetivo de reubicar las instalaciones de la industria militar, unidades tipo corporación, unidades habitacionales militares u otras obras de infraestructura militar y actividades castrenses, en el Estado de Puebla. Gracias a ello, se estima la generación de empleos temporales y permanentes que permitirán el fortalecimiento económico de la región. Asimismo, se busca preservar la seguridad pública y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. Como parte de las acciones y programas que lleva a cabo la SEDENA, se encuentra el servicio brindado a cuerpos de seguridad pública y empresas de seguridad privada, así como a individuos de las Fuerzas Armadas, entre otros. En este orden de ideas, la presente iniciativa pretende incorporar como parte de las atribuciones de los Ayuntamientos en materia de seguridad pública, la celebración de convenios con la SEDENA para la adquisición de armamento y demás productos necesarios para el desempeño de sus funciones. Así, atendiendo a lo antes expuesto y fundado me permito someter a su consideración la siguiente iniciativa de: DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN IV AL ARTÍCULO 212 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL. ÚNICO.- Se adiciona una fracción IV al artículo 212 de la Ley Orgánica Municipal, para quedar como sigue: Artículo 212.- Son atribuciones de los Ayuntamientos en materia de seguridad pública, las siguientes: I. a III. … IV. Celebrar en el ámbito de su competencia, convenios con la Secretaría de la Defensa Nacional para la adquisición de armamento y demás productos necesarios para el desempeño de sus funciones. ARTÍCULO TRANSITORIO ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 20 DE SEPTIEMBRE DE 2017 DIP. JOSÉ CHEDRAUI BUDIB