CC. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E S El suscrito Diputado Sergio Moreno Valle Gérman, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos aplicables, someto a consideración de esta Soberanía la siguiente: Iniciativa de Decreto por el que se reforma la fracción VI del artículo 4° de la Ley de Protección a las Personas Adultas Mayores para el Estado de Puebla, de conformidad con la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1.-Que la vejez es una etapa de vida que, con el paso de los años y gracias a factores como el aumento de la esperanza de vida y la disminución de tasas de fecundidad, se ha convertido en un logro mundial e hito histórico pues, por primera vez, la mayoría de las personas pueden aspirar a vivir más de 60 años y, de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en 2050 habrá más personas mayores de 60 años que niños en el mundo. Entre 2015 y 2030, se espera que en todos los países aumente sustancialmente el número de adultos mayores, este crecimiento será especialmente en regiones en vías de gran desarrollo. Actualmente hay casi 700 millones de personas mayores de 60 años y en 2050, las personas de 60 años o más serán 2 mil millones, es decir, más del 20% de la población mundial. El maltrato a este sector ha comenzado a ganar visibilidad en todo el mundo, a pesar de que sigue siendo uno de los tipos de violencia menos tratados en los estudios llevados a cabo a nivel nacional. En ese sentido, la Asamblea General de las Naciones Unidas decide designar el 15 de Junio, Día Mundial de Toma de Conciencia de Abuso y Maltrato de la Vejez. Además, de acuerdo a datos de 2014 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la base de la pirámide poblacional es más angosta que en 1990 en razón que la proporción de niños y jóvenes es menor, por lo cual se observa que la participación relativa de adultos mayores aumentó en este periodo de 6.2 a 9.7% y se espera que en 2050 se incremente a 21.5%. Ante el actual escenario, uno de los principales objetivos debe ser promover una cultura de cuidado del adulto mayor. Por tal razón, a nivel nacional se aprobó la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, publicada el 25 de junio de 2002; sin embargo, persisten importantes desafíos relacionados con este sector, entre ellos, la falta de oportunidades para desarrollarse en el ámbito laboral, y percibir un ingreso digno. 2.-Que la tasa de participación económica de la población de 60 años o más es de tan solo 33.7%, según datos del segundo trimestre de 2014 de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), también el INEGI, encontrando que a mayor edad son menores las probabilidades de ocupación laboral. El nivel de ocupación es mayor en los hombres, que es de 50% y en las mujeres es de tan solo 19.5%. De este 33.7% de adultos mayores que tiene empleo, la mayoría, 50.5% labora por cuenta propia, mientras que 4.9% son trabajadores sin pago. Una tercera parte de los adultos mayores económicamente activos es decir 35.5% es subordinada y remunerada y la mitad de estos, es decir 49.2% no reciben prestaciones de ningún tipo. En este contexto, es importante precisar que a nivel mundial, cerca de la mitad de las personas en edad de jubilación en el mundo no recibe ningún tipo de pensión, y no les alcanza para cubrir sus necesidades básicas a 52% de quienes sí la reciben, alerta un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que analiza la situación en 178 países. El reporte en mención también destaca que la mayoría de las personas mayores no tiene ingresos garantizados, y se ven obligadas a seguir trabajando, a menudo en condiciones de precariedad y con bajos salarios. Las capacidades económicas de los adultos mayores deben ser fortalecidas mediante programas sociales adecuados, políticas públicas incluyentes en el tema, para brindar oportunidades de este sector vulnerable a muchas situaciones de la vida cotidiana. La presente iniciativa corresponde a realizar una política pública en atención a las condiciones y obstáculos que enfrentan los adultos mayores en nuestro país, siendo este sector uno de los más rezagados, por lo cual se deben fortalecer los programas de desarrollo social y económico, y de atención prioritaria con los diversos mecanismos ya existentes para su apoyo. Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a su consideración la siguiente: INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN VI DEL ARTÍCULO 4° DE LA LEY DE PROTECCIÓN A LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES PARA EL ESTADO DE PUEBLA. ÚNICO.- Se reforma la fracción VI del artículo 4° de la Ley de Protección a las Personas Adultas Mayores para el Estado de Puebla, para quedar como sigue: Artículo 4.- La presente Ley reconoce como derechos de las personas adultas mayores: I.- a V.- … VI.- Seguir siendo parte activa de la sociedad, recibiendo el apoyo de las Instituciones Estatales y Municipales en el ámbito de sus competencias para fortalecer sus capacidades, y en consecuencia tener la oportunidad de ser ocupado en trabajos, actividades lucrativas o voluntarias, conforme a su profesión, oficio o habilidad manual, aprovechando de esta manera sus habilidades, desarrollando actividades relativas sobre su especialidad o estudios profesionales, sin más restricción que sus limitaciones físicas o mentales declaradas por autoridad médica o legal competente; como gozar de igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo, así como de la protección de la Ley en la materia. ARTÍCULOS TRANSITORIOS PRIMERO. - El presente Decreto entrará en vigor al día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO. - Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 21 DE AGOSTO DE 2017 DIP. SERGIO MORENO VALLE GÉRMAN