PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E El suscrito Diputado Sergio Salomón Céspedes Peregrina, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II, 134 y 135 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y 120 fracción II de su Reglamento Interior, me permito someter a la consideración de este Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, una iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 62 de la Ley Estatal de Salud, de conformidad con los siguientes: CONSIDERANDO Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el párrafo segundo y cuarto del artículo 4°, señalan que: Articulo 4 “Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos. Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general,” Que el embarazo en la adolescencia, reconocido en la actualidad como una de las problemáticas a tratar, por presentarse como una limitante para el efectivo desarrollo de los adolescentes, es también, uno de los principales factores relacionados con la muerte materna, la cual se debe a una serie de complicaciones acontecidas durante el embarazo y el parto. Que la procreación prematura eleva los riesgos de que ocurra alguna situación que ponga en riesgo tanto la vida de las madres como las de los recién nacidos, la Organización Mundial de la Salud (OMS), señala en su portal de internet que “los bebés de madres menores de 20 años se enfrentan a un riesgo un 50% superior de mortalidad prenatal o de morir en las primeras semanas de vida que los bebés de mujeres de 20 a 29 años. Cuanto más joven sea la madre, mayor el riesgo para el bebé. Además, los recién nacidos de madres adolescentes tienen una mayor probabilidad de registrar peso bajo al nacer, con el consiguiente riesgo de efectos a largo plazo.” Que la Ley General de Salud en su artículo 68 señala que: “Los servicios de planificación familiar comprenden: I. La promoción del desarrollo de programas de comunicación educativa en materia de servicios de planificación familiar y educación sexual, con base en los contenidos y estrategias que establezca el Consejo Nacional de Población;” Que es menester difundir en materia de planificación familiar contenidos educativos dirigidos a los adolescentes y jóvenes en los cuales se incluya información y orientación oportuna que señale los riesgos de concebir un embarazo en una edad menor a los 20 años. La educación sexual que imparten tanto las instituciones públicas como privadas, además de difundir las problemáticas en el desarrollo personal, deben hacer énfasis en los riesgos a la salud a los que se enfrentan las madres menores de edad y sus bebes. Que en la nota descriptiva N° 364 denominada “El Embarazo en la Adolescencia” que emitió la OMS, menciona los siguientes datos y cifras: * “Las complicaciones durante el embarazo y el parto son la segunda causa de muerte entre las muchachas de 15 a19 años en todo el mundo. * Cada año, unos 3 millones de muchachas de 15 a 19 años se someten a abortos peligrosos. * Los bebés de madres adolescentes se enfrentan a un riesgo considerablemente superior de morir que los nacidos de mujeres de 20 a 24 años.” De la misma manera, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), señala en su portal de internet que: “Las niñas que quedan embarazadas antes de los 18 años rara vez pueden ejercer sus derechos a la educación, la salud, la protección y a un nivel de vida adecuado. Pierden su niñez, y deben asumir obligaciones de adultas. Adicionalmente, el riesgo de morir por causas relacionadas al embarazo se duplica si quedan embarazadas antes de los 15 años de edad.”1 Que una nota del periódico La Jornada de Oriente, publicada el primero de agosto de 2016, señaló que Puebla es el tercer lugar en muerte materna a nivel nacional con 25 casos hasta el mes de agosto de 2016, ubicándose por debajo del Estado de México con 70 muertes y Chiapas con 38.2 Que la paternidad y maternidad a una edad temprana, conlleva a efectos desfavorables en las personas menores de edad y en la de sus hijos e hijas, pues su desarrollo personal como ya sea mencionado, se ve truncado de manera abrupta. En nuestra entidad, el Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos (ODESYR), señaló que “…en 2015 se registraron 18 mil embarazos no deseados.”3 Lo mencionado, sin duda revela que es una cifra alarmante que evidencia que la labor por parte de las instituciones en materia de educación sexual, planificación familiar y anticoncepción, se debe intensificar. En virtud de lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de este Honorable Congreso, una iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 62 del Capítulo VI denominado “Servicios de Planificación Familiar”, de la Ley Estatal de Salud, para quedar como sigue: Artículo 62 La planificación familiar y la anticoncepción tienen carácter prioritario y como objetivo primordial, la prevención del embarazo adolescente. En sus actividades se debe incluir la información y orientación educativa para los adolescentes y jóvenes. Asimismo, para disminuir el riesgo reproductivo, se debe informar a la mujer y al hombre sobre los peligros para la vida y la salud de la madre y del bebé como causa del embarazo antes de los 20 años o bien después de los 35, así como la conveniencia de espaciar los embarazos y reducir su número; todo ello, mediante una correcta información anticonceptiva, la cual debe ser oportuna, eficaz y completa a la pareja. TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Decreto entra en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 09 DE JUNIO DE 2017 DIPUTADO SERGIO SALMÓN CÉSPEDES PEREGRINA INTEGRANTE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL 1 Véase en: https://www.unicef.org/mexico/spanish/noticias_28872.html 2 Véase en: http://www.lajornadadeoriente.com.mx/2016/08/01/con-25-casos-registrados-puebla-se-ubica-como-el-tercer-lugar-en-muerte-materna/ 3 Véase en: http://odesyr.blogspot.mx/2016/01/busca-el-odesyr-prevenir-el-embarazo.html --------------- ------------------------------------------------------------ --------------- ------------------------------------------------------------ 1