C.C. Secretarios de la Mesa Directiva, Del Honorable Congreso del Estado de Puebla, P r e s e n t e s. El que suscribe, Diputado Pablo Fernández del Campo Espinosa en adhesión con la junta de Gobierno y Coordinación Política de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracciones I y XXIV, 63 fracción II, y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120 fracción VI del Reglamento Interior de Honorable Congreso del Estado, someto a la consideración de esta Soberanía el presente Acuerdo bajo el siguiente: CONSIDERANDO La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4°, párrafos octavo, noveno y décimo, otorga a los niños la calidad de sujetos de derecho, reconociendo que los niños y niñas son titulares del derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo, y estableciendo que los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos, mientras el Estado es responsable de proveer lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos y otorgar facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez. En esa congruencia la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2014, cuyo objeto es garantizar a los niños la tutela y el respeto de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, reconoce en su artículo 13 fracción IX, como uno de los derechos de los niños el de protección de la salud y a la seguridad social. Así también señala en el dispositivo 50 que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud, así como a recibir la prestación de servicios de atención médica gratuita y de calidad de conformidad con la legislación aplicable, con el fin de prevenir, proteger y restaurar su salud. En ese tenor la Constitución Política reconoce en su artículo 12 fracción V, que las leyes se ocuparán de entre otras cosas de la atención de la salud de los habitantes del Estado, la promoción de una vida adecuada que asegure el bienestar de las personas y la satisfacción de las necesidades de instrucción y alimentación de las niñas y los niños. Así la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, Publicada en el Periódico Oficial del Estado, el día 3 de Junio de 2015, refiere en su artículo 13 fracción VI que son derechos de niñas, niños y adolescentes, de manera enunciativa más no limitativa, entre otros, el derecho a la protección de la salud y a la seguridad social; también en el artículo 41 señala que los Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en un medio ambiente sano y sustentable, y en condiciones que permitan su desarrollo, bienestar, crecimiento saludable y armonioso, tanto físico como mental, material, espiritual, ético, cultural y social; en esa congruencia señala el artículo 44 del ordenamiento que nos ocupa que niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir la prestación de servicios y atención médica gratuita y de calidad, de conformidad con la legislación aplicable, con el fin de prevenir, proteger y restaurar su salud. Ahora bien, por lo que hace al marco jurídico conformado por los tratados e instrumentos internacionales suscritos por México, conforme a lo dispuesto por los artículos 1° y 133° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado Mexicano ha ratificado numerosos tratados internacionales en materia de derechos humanos. En lo tocante a los derechos de la infancia y la adolescencia, en 1990 México ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), por lo que desde ese momento quedó obligado a cumplir con sus disposiciones y a adoptar diversas medidas para hacer efectivos los derechos reconocidos en ella. Asimismo, ratificó los dos protocolos facultativos de la CDN relativos a la participación de niños en conflictos armados, y a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. En otras consideraciones, según la Organización Mundial de la Salud, el término “cáncer infantil” generalmente se utiliza para designar distintos tipos de cáncer que pueden aparecer en los niños antes de cumplir los 15 años. Las tasas mundiales de incidencia oscilan entre 50 y 200 por cada millón de niños en las distintas partes del planeta. En México el cáncer es la segunda causa de muerte infantil, en la población de entre cinco y catorce años. De los cerca de 7000 casos nuevos que se detectan al año, solo 1500 niños reciben una atención adecuada y los otros 5,500 no tienen seguridad social. Ante la necesidad de que los niños que carecen de seguridad social y que fueron diagnosticados con cáncer, surgió en nuestro Estado “UNA NUEVA ESPERANZA”, que es una organización sin fines de lucro en el estado de puebla que favorece las condiciones socioeconómicas de los niños y jóvenes de escasos recursos diagnosticados con cáncer. No obstante, la labor de esta organización, se requieren de recursos económicos que ayuden a sufragar los gastos propios de la asociación, por ello, “UNA NUEVA ESPERANZA”, recibe donativos en especie, en efectivo, vía telefónica. Para apoyar en la recaudación de recursos destinaos esta asociación, el nadador poblano Christian Ayala, buscará conseguir una hazaña más, el cruce alrededor de la isla de Manhattan en los Estados Unidos, el cual formará parte de la llamada “Triple corona” del nado en Aguas Abiertas en lo que representará un reto mayúsculo ya que se enfrentará a las corrientes de la zona, y su principal obstáculo será vencer al tiempo ya que tendrá que nadar 48.5 kilómetros en ocho horas y media, evento que se encuentra proyectado para el 20 de agosto del año en curso. Donde lo recaudado por el poblano Christian Ayala, para lograr este gran reto será destinado para “UNA NUEVA ESPERANZA”, a favor de los niños que padecen Cáncer. Por todo lo anterior y en razón de que “UNA NUEVA ESPERANZA”, es una organización de la sociedad civil, que se distingue por no perseguir fines de lucro, sino por el contrario, favorece las condiciones socioeconómicas de los niños y jóvenes de escasos recursos diagnosticados con cáncer, que requiere de apoyo económico para cumplir sus fines, y que una de las actividades que ayudaran a recaudar estos recursos, consiste en lo que recolecte el nadador Christian Ayala, en el cruce alrededor de la isla de Manhattan en los Estados Unidos, el veinte de agosto del año en curso, hace posible que se junten esfuerzos y voluntades de todos los actores de la sociedad, para ayudar a difundir esta acción y con ello apoyar a niños, niñas y jóvenes de escasos recursos que han sido detectados con cáncer y que no tienen seguridad social. En mérito de lo anterior, es por lo que someto a consideración de esta soberanía el presente punto de A C U E R D O: ÚNICO. - Se exhorta respetuosamente al Gobernador del Estado y al Congreso del Estado, para que en la medida de sus posibilidades y a través de sus órganos de difusión, divulguen que los recursos recolectados por el nadador poblano Christian Ayala, en el cruce alrededor de la isla de Manhattan en los Estados Unidos, que se llevará a cabo el 20 de agosto del año en curso, se destinaran a favor de los niños con cáncer, a través de la organización denominada “UNA NUEVA ESPERANZA”, organización de la sociedad civil, que se distingue por no perseguir fines de lucro, que favorece las condiciones socioeconómicas de los niños y jóvenes de escasos recursos diagnosticados con cáncer, que no tienen seguridad social. Esto en un acto de solidaridad, como valor humano, donde colaboraremos a favor de la salud de la niñez poblana. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MI DIECISIETE. Diputado Pablo Fernández del Campo Espinosa, Integrante de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, en adhesión con la junta de Gobierno y Coordinación Política. INTEGRANTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA ________________________ ______________________ Jorge Aguilar Chedraui. Silvia Tanús Osorio. _________________________ __________________________ José German Jiménez García. Susana del Carme Riestra Piña. ____________________ _______________________ Lizeth Sánchez García. Juan Carlos Natale López. _______________________ ________________________ José Ángel Pérez García. Julián Rendón Tapia. ______________________ Marco Antonio Rodríguez Acosta. Adhesión a la Junta de Gobierno y Coordinación Política al exhorto presentado por el Dip. Pablo Fernández del Campo Espinosa, para apoyar la difusión del reto altruista de Christian Ayala en Apoyo a la Fundación Una Nueva Esperanza.