C.C. Secretarios de la Mesa Directiva, Del Honorable Congreso del Estado de Puebla, P r e s e n t e s. El que suscribe, Diputado Pablo Fernández del Campo Espinosa, integrante de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y de la fracción parlamentaria del PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracciones I y XXIV, 63 fracción II, y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120 fracción VI del Reglamento Interior de Honorable Congreso del Estado, someto a la consideración de esta Soberanía el presente Acuerdo bajo el siguiente: CONSIDERANDO En la campaña urbana que desarrolla ONU HABITAT, la bicicleta es uno de sus ejes rectores, por ello trabaja con los gobiernos nacionales y locales, el sector privado y la academia para desincentivar el uso del automóvil e incentivar el uso de la bicicleta. Lo anterior, por considera a la bicicleta como símbolo de transformación, que representa ser un medio de transporte rápido y económico, compatible con el medio ambiente, que ayuda perder peso, impulsa una vida saludable, activa y es una buena alternativa contra el tráfico vehicular que se vive a diario en las grandes ciudades. Por ello, en la actualidad el ciclismo es el medio de transporte más eficiente en términos de energía ya que no contribuye a la contaminación, no requiere fuentes de energía extrema y utiliza poco espacio en la vialidad, además de que mueve personas de manera efectiva de un lugar a otro sin complicaciones adversos. El Reporte Nacional de la Movilidad Urbana en México 2014-2015, arroja que es necesario promover acciones que desincentiven el uso del automóvil y faciliten modos de transporte no motorizado, para favorecer la accesibilidad universal y generar condiciones adecuadas para la movilidad de personas y mercancías. Para desincentivar el uso del automóvil e incentivar el uso de la bicicleta, es necesario que los Gobiernos realicen acciones que tengan como objetivo primordial que los trayectos de los ciclistas sean; directos, donde es necesario evitar rodeos; seguros, debiendo maximizar la seguridad para el ciclista; atractivos en el cual el diseño vial, el mobiliario urbano y áreas arboladas, hacen que el viaje en bicicleta sea agradable; cómodos, con pavimentos adecuados, el ancho suficiente en el carril que evite desmontarse de la bici y circular por zonas frescas y con sombra, que aseguren un viaje cómodo para el ciclista. Esto es, que para que se pueda desincentivar el uso del automóvil e incentivar el uso de la bicicleta, es necesario que en las metrópolis se considere el rediseño de vialidades, se mejoren o se adecuen, todo con el objetivo de que los ciclistas puedan desplazarse sin tener que enfrentar tantos obstáculos, aunado a que las autoridades deben considerar como conductores a los ciclistas, con las mismas necesidades de movilidad que los usuarios de otros sistemas de transporte. Al respecto es de señalar que existen distintas medias que pueden ser implementadas para mejorar las condiciones en la movilización de ciclistas, por ejemplo, disminuir el volumen de tráfico, reducir las velocidades de tráfico vehicular; resolver las intersecciones y áreas problemática; redistribuir la vialidad para brindar más espacios a los ciclistas y peatones; y construir instalaciones segregadas. También es fundamental que se consideren las posibles disposiciones de mejoras en la infraestructura ciclista en todos los nuevos proyectos viales y de reconstrucciones como son los nodos viales, la ampliación de carriles, la construcción de nuevas vialidades, etc. Por lo que hace al mobiliario urbano, se deben considerar instrumentos que permitan el uso de la bicicleta, como, por ejemplo, donde estacionar las bicicletas, rampas o canales para desplazar la bicicleta, entre otros, sin que los mismos se conviertan en obstáculos o afecten las dimensiones optimas que permitan a todos desplazarse adecuadamente. Ahora bien, para facilitar la vida a los ciclistas no es necesario construir caras infraestructuras, en ocasiones pequeñas instalaciones mejoran mucho la experiencia de moverse en bicicleta por la ciudad. Por ejemplo, las escaleras pueden adaptarse a bicis, simplemente añadiéndoles un carril de hierro a un lado, que ayuda a subir o bajar la bicicleta de una manera más cómoda y fácil, que guie por una cuesta en vez de ir dando rebotes por los escalones. Acción que es mucho más económica que cualquier otra que se ha realizado los últimos años y beneficiaría a los ciclistas de la metrópoli que dejan la bicicleta por no existir la infraestructura adecuada que les permita desplazarse adecuadamente. Esto se implementó con éxito en Bruselas. Por ello, considero incidir desde esta Soberanía para exhortar a los Ayuntamientos donde existan ciudades asentadas, para que adecuen canaletas a las escaleras de los puentes peatonales, esto es, para que añadan un carril de hierro a un lado de la escalera, lo que ayuda a subir o bajar la bicicleta de una manera más cómoda y fácil, que auxilie a empujar su bicicleta. Lo anterior, sim necesidad de construir rampas costosas ya que en ocasiones no se tiene el espacio, los recursos económicos o las condiciones para construirlas. Esto para que los ciclistas que se trasladen por la ciudad en su bicicleta gocen de su derecho a vivir y disfrutar de la ciudad en condiciones sustentables, resilientes, saludables, productivos, equitativos, justos, incluyentes, democráticos y seguros. Como lo estipula la nueva Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2016, en su artículo 2, donde señala que todas las personas sin distinción de sexo, raza, etnia, edad, limitación física, orientación sexual, tienen derecho a vivir y disfrutar ciudades y Asentamientos Humanos en condiciones sustentables, resilientes, saludables, productivos, equitativos, justos, incluyentes, democráticos y seguros. Derecho que deben ejercer en condiciones de movilidad, que representa principio de ley y alta prioridad para los diferentes órdenes de gobierno, como se desprende del artículo 74 fracción XI Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de noviembre de 2016. Lo anterior encuentra su fundamento en el artículo 115 Constitucional, 91 fracción LXI, 199 fracción VII, ambos de la Ley Orgánica Municipal, donde refiere que es obligación de los Presidentes Municipales, promover el desarrollo y adecuación de la infraestructura, que garanticen la seguridad y libre tránsito que requieren las personas; así como que los Municipios tienen a su cargo, calles, parques y jardines y su equipamiento. Dispositivos de los que se desprende su facultad de prever la movilidad urbana, la cual implica la capacidad de tránsito o desplazamiento de las personas y bienes en el territorio, bajo condiciones de eficiencia, calidad, accesibilidad y seguridad, priorizando al peatón, al transporte no motorizado y al transporte colectivo, procurando que todas las personas se muevan con facilidad en la ciudad. En mérito de lo anterior, es que pongo a consideración de esta soberanía el siguiente acuerdo. ACUERDO PRIMERO. - Se exhorta respetuosamente a los Ayuntamientos del Estado, que tengan asentadas ciudades, instruyan a sus áreas competentes para que adecuen canaletas a las escaleras de los puentes peatonales, esto es, que añadan un carril de hierro a un lado de la escalera que ayude a empujar la bicicleta mientras sube o baja la escalera del puente peatonal, en lugar de ir dando rebotes por los escalones. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2017 Diputado Pablo Fernández del Campo Espinosa, Integrante de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado.