C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E S El suscrito Diputado Sergio Moreno Valle Gérman, integrante del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, someto a consideración de este cuerpo colegiado el siguiente Acuerdo, al tenor de los siguientes: C O N S I D E R A N D O S 1.- Que el artículo 4°, sexto párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza el derecho humano al agua, que a la letra dice: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.” En ese sentido, el Estado se encuentra facultado a realizar las acciones necesarias para garantizar su acceso, de forma salubre y asequible, entre otros. Por tal motivo, la presente propuesta versa en el sentido de fomentar el uso de la captación pluvial en los 217 Municipios de las 7 regiones del Estado, garantizando la salubridad en su almacenamiento a través de la autoridad sanitaria. Por otra parte, de conformidad con la Ley de Agua del Estado, se encuentra reconocida la práctica de captación de aguas pluviales, al definir las mismas como aquellas que provienen de lluvia, nieve o granizo. Asimismo, en el numeral 76 del mismo ordenamiento, reconoce la facultad que tienen las redes públicas para su conducción y tratamiento, sin mencionar alguna prohibición para que dicha práctica se realice por particulares, esto con la finalidad de fomentar su uso en la agricultura y abatir su escases que se da en algunas regiones del Estado en determinadas temporadas. 2.- Que en México, 77% del agua se utiliza en la agricultura; 14%, en el abastecimiento público; 5%, en las termoeléctricas y 4%, en la industria. El agua para la agricultura se utiliza para el riego de cultivos, siendo el abastecimiento público que se distribuye a través de las redes de agua potable (domicilios, industrias y a quienes estén conectados a dichas redes), el agua para Industria autoabastecida son aquellas empresas que toman el agua directamente de los ríos, arroyos, lagos y acuíferos del país, y la termoeléctrica es aquella que se utiliza para producir electricidad. En cuanto a la Agricultura, las especies son abastecidas por agua de temporal y riego, así como los cultivos, muchas personas han optado por el almacenamiento de aguas pluviales, esto debido a la carencia del vital líquido, de acuerdo a la perspectiva del calentamiento global, el problema de la escasez de agua tiende a empeorar en aquellas regiones en las que ya se presenta déficit, sea por la tendencia de reducción de los niveles de precipitación o por el aumento de los niveles de evaporación y transpiración. De esta manera, el problema en la región podría extenderse y agudizarse, alcanzando zonas actualmente subhúmedas y húmedas. Todo lo anterior, determina que el tema del agua y su manejo adecuado sea una prioridad para la población rural, principalmente en aquellas comunidades donde las lluvias no son suficientes para cubrir las necesidades de forma continua. Por otro lado, las nuevas políticas públicas de sustentabilidad, disponen que el almacenamiento de agua pluvial una manera de mejorar las condiciones de disponibilidad de agua en las zonas afectadas por déficit hídrico recurrente en las distintas regiones. En este sentido, la sustentabilidad en el desarrollo, la eficiencia en la disposición de los recursos naturales, la preservación de la naturaleza, el adecuado manejo y procesamiento de desechos, la reducción de emisiones contaminantes, el mejor aprovechamiento de las energías y el cuidado del agua, entre otras medidas, son cada vez más, una constante en nuestra conducta diaria. En nuestro territorio, este método es ancestral, la captación de agua pluvial, utilizada como un medio para no carecer de agua en tiempo de no lluvias. Todo ello, con las conocidas consecuencias, económicas, sociales y ante todo, de salud pública. Ante ello, la autoridad sanitaria de nuestra Entidad debe promover las medidas necesarias para prevenir enfermedades en los Municipios del Estado donde se tenga contemplado la realización de esta práctica, cabe hacer hincapié que es una práctica bondadosa pero requiere de un proceso de limpieza para que su aprovechamiento sea adecuado, esto tendrá que ir aparejado con la debida asesoría de la Secretaria de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial. Sobre el uso y manejo del agua, el panorama es alarmante; el 30% de la extracción de agua para consumo humano en nuestro territorio se obtiene mediante fuentes no sustentables o sin el mínimo control ambiental. 2.- Que la escasez de agua es un problema latente con una importante tendencia a agravarse. Estadísticas oficiales estiman que al menos 13 millones de mexicanos en todo nuestro territorio padecen o sufren el desabasto de este vital líquido y cerca de 3.3 millones de viviendas conllevan el mismo problema. El desabasto de agua a la fecha, sigue siendo un problema que no se ha solucionado ni tampoco atendido de manera decisiva; y a pesar de lo anterior, los criterios de construcción y de expansión de grandes desarrollos ya sea de vivienda o uso comercial, industrial y de servicios, siguen siendo ajenos, insuficientes o tímidos para cooperar en corresponsabilidad con este tema. Su efectividad probada, por encima de su costo que hay que reconocer es inicialmente alto, se basa en que en nuestro país recibimos en promedio 1500 millones de metros cúbicos de agua al año por lluvia, esto de conformidad con datos de la SEMARNAT y la CONAGUA, ya que nuestra condición climática establece una estación húmeda con una media de entre 6 meses al año, esto del mes de mayo a octubre; destacándose que en la actualidad los efectos climáticos han extendido el periodo de lluvias y además aumentado su periodicidad, la cantidad de agua que llueve y la fuerza de éstas, en una gran medida. Con ello, podemos afirmar que la recolección de agua pluvial es un importante esfuerzo que estamos desaprovechando de manera desafortunada y sobre todo de forma deliberada y consciente. En la actualidad y sobre este tema en particular, la captación de agua pluvial debemos de asumirla como una tarea pendiente que nos involucra a todos. La finalidad del presente acuerdo es fomentar la práctica de captación de aguas pluviales por conducto de la Secretaria de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial, esto en los 217 Municipios que integran las 7 regiones del Estado y de manera preponderante donde se tenga detectado su uso para fines de agricultura, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40, fracción XLII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla. Asimismo, que la Secretaria de Salud del Estado conjuntamente con los Municipios de la Entidad, instrumenten las medidas necesarias de prevención donde se tenga detectado el almacenamiento de aguas pluviales para fines de agricultura, con la finalidad de que se realice en condiciones de salubridad óptimas, garantizando la protección de la salud de la población, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 43, fracciones XIX, XXIII y XXV del mismo ordenamiento. Por lo anteriormente expuesto y fundado someto a su consideración el siguiente: PUNTO DE ACUERDO Primero.- Se invita respetuosamente a la Secretaria de Desarrollo Rural, Sustentabilidad y Ordenamiento Territorial del Estado de Puebla, de conformidad con su respectivo ámbito de competencia, para que fomente en los 217 Municipios que integran las 7 regiones del Estado la práctica de captación de aguas pluviales, principalmente en aquellos donde se encuentre detectado su uso para fines de agricultura, proporcionando para ello la asesoría técnica adecuada que garantice su uso salubre. Segundo.- Se invita respetuosamente a la Secretaria de Salud del Estado de Puebla, de conformidad con su respectivo ámbito de competencia; para que conjuntamente con los 217 Municipios que integran las 7 regiones del Estado a través de los instrumentos legales que haya lugar, instrumenten las medidas y acciones de prevención que tenga como finalidad garantizar el uso salubre de la captación de aguas pluviales, principalmente en aquellos donde se encuentre detectada el uso de la práctica para fines de agricultura, garantizando con ello la protección de la salud de la población. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 09 DE MAYO DE 2017 DIP. SERGIO MORENO VALLE GÉRMAN