DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S La suscrita Diputada Geraldine González Cervantes, integrante del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II, 147, 148 y 149 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y demás relativos aplicables, someto a consideración de esta Soberanía la siguiente INICIATIVA DE DECRETO de conformidad con los siguientes: CONSIDERANDOS La educación es el medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para formar a mujeres y hombres, de manera que tengan sentido de solidaridad social. Cultura es el conjunto de creencias colectivas, conocimiento, tradiciones, hábitos y valores que caracterizan a una comunidad o grupo y que regulan la forma en que los miembros interactúan entre ellos. Ambos medios son indispensables en la formación y desarrollo de la sociedad, de ahí que su impulso resulte prioritario a través de la modificación de la ley, la actividad gubernamental y la concientización y participación ciudadana. La Ley de Fomento para la Lectura y el Libro tiene por objeto, entre otras cosas, el fomento y apoyo del establecimiento y desarrollo de librerías, bibliotecas y otros espacios públicos y privados para la lectura y difusión del libro, mismo que es definido como toda publicación unitaria, no periódica, de carácter literario, artístico, científico, técnico, educativo, informativo o recreativo. Si bien la entidad no cuenta con legislación de materia similar, dentro de sus ordenamientos en el ámbito educativo y cultural se considera la necesidad e importancia de hacer del libro y la lectura elementos de aprendizaje y difusión de conocimiento y cultura. Al efecto, parte de las atribuciones de la autoridad educativa local es la creación, promoción y actualización de bibliotecas públicas, las cuales tienen como finalidad ofrecer los servicios de consulta de libros y de todo tipo de material de contenido cultural, científico y técnico, así como servicios culturales complementarios que permitan a la población adquirir, transmitir, acrecentar y conservar en forma libre el conocimiento de todas las ramas del saber, a través de nuevas tecnologías. El Estado reconoce en el libro, independientemente del soporte material en el que se encuentre, y en la creación literaria, instrumentos eficaces e indispensables para el incremento y la transmisión de la cultura, el desarrollo de la identidad nacional y la formación cultural de la población. Lo anterior cobra relevancia si consideramos el incremento del uso de las tecnologías: el internet, aplicaciones y redes sociales que se posicionan como las principales fuentes de información e interacción social, sin que aquello implique el intercambio de información verídica, con contenido académico y socialmente valioso. De acuerdo a los Indicadores sobre sociedad de la información 2013 - 2015 del INEGI, el crecimiento promedio en la implementación de tecnologías en los hogares fue del 12% respecto al periodo 2014 – 2015. Para el año anterior, el 44.9% (14 millones 685 mil 210) de hogares contaba con computadora, 39.2% (12 millones 810 mil 487) con conexión a internet, 43.7% (14 millones 303 mil 987) con televisión de paga, 50.4% (16 millones 490 mil 677) con telefonía celular y 34.7% (11 millones 334 mil 026) con telefonía fija y celular. De aquellos, el rubro que reportó un mayor crecimiento fue el uso del teléfono celular, hasta en un 100% respecto al 2014, lo que representa la utilización de este dispositivo en 27 millones 824 mil 703 hogares mexicanos, y de los cuales, 3 millones 289 mil 876 usuarios (59.3% de la población del estado) corresponden al Estado de Puebla. Podemos observar con tristeza que el hábito de la lectura es cada vez menor, pese a que con ello podemos reforzar conocimientos o descubrir nuevos, ejercitar y fortalecer la memoria, mejorar nuestra ortografía y promover el desarrollo, por mencionar algunos. La intención de la reforma que se plantea, es involucrar a las autoridades locales en este esfuerzo nacional, el cual debe hacerse convencidos de que con conocimiento y solidaridad es posible mejorar el entorno público e individual. Concretamente, con el fomento de la lectura y de la instalación o mejora de bibliotecas presenciales o en línea, es posible mejorar el rendimiento escolar, promover el conocimiento, la cultura y la identidad de la ciudadanía. Por lo anteriormente expuesto, propongo la siguiente iniciativa de: DECRETO ÚNICO.- Se REFORMAN las fracciones I y II del artículo 58 de la Ley de Cultura del Estado de Puebla, para quedar como a continuación se indica: LEY DE CULTURA DEL ESTADO DE PUEBLA Artículo 58 Para cumplir los objetivos establecidos en el artículo anterior, las autoridades en materia de cultura tendrán las siguientes atribuciones: I.- Establecer programas de promoción de la lectura entre la población del Estado, con apoyo de la iniciativa privada y de la ciudadanía, especialmente en el sistema educativo; II.- Promocionar, instalar, modernizar y mejorar centros de lectura y bibliotecas públicas tradicionales y virtuales; T R A N S I T O R I O S PRIMERO.- El presente Decreto deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado, y entrará en vigor el día siguiente de su publicación. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. A T E N T A M E N T E SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 08 DE MAYO DE 2017 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES