C.C. Secretarios de la Mesa Directiva, Del Honorable Congreso del Estado de Puebla, P r e s e n t e s. El que suscribe, Diputado Pablo Fernández del Campo Espinosa, integrante de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y de la fracción parlamentaria del PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracciones I y XXIV, 63 fracción II, y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120 fracción VI del Reglamento Interior de Honorable Congreso del Estado, someto a la consideración de esta Soberanía el presente Acuerdo bajo el siguiente: CONSIDERANDO La violencia contra las mujeres, debido a su condición de género, se da en todos los ámbitos y por parte de agresores diversos, desde la pareja y familiares hasta desconocidos; lo que constituye un fenómeno extendido con características y matices diferentes. Es innegable que las mujeres viven bajo el riesgo diario de recibir agresiones físicas, psicológicas y sexuales, en forma que no tienen paralelo para los hombres: la violencia o la amenaza de violencia limita las opciones de que disponen las mujeres en todas las esferas de la vida, en el hogar, en la escuela, en el lugar de trabajo y en la mayoría de los espacios comunitarios. Todas estas formas de violencia impiden la cabal participación de la mujer en la sociedad. Lo anterior pone en evidencia que la violencia contra las mujeres puede darse en cualquier entorno de la sociedad, esto es, en la calle, en la escuela, en el trabajo, en el hogar y en el transporte público. La violencia en el transporte público puede verse más a menudo en razón de que las mujeres se desplazan en la cuidad, varias veces durante el día, moviéndose a múltiples lugares y destinos; desplazamientos que dan en direcciones entrecruzadas para distintos propósitos y con el objetivo de cumplir con sus distintas actividades que deben realizar en un día, tales como las responsabilidades domésticas y de cuidados, así como laborales. Aunado a lo anterior es de puntualizar que no todas las mujeres tienen acceso a vehículos particulares para desarrollar sus actividades diarias, sino que es por medio del Transporte Público, por el cual llevan a cabo sus actividades cotidianas, lo que hace común ver a las mujeres bajarse en múltiples destinos y viajar fuera de horas pico. Ahora bien, el Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 30 de abril de 2014, refiere que la tercera Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE-2013)(13), arrojó que en algunos espacios públicos dentro de las ciudades se ha recrudecido particularmente la violencia en los últimos años y que dicha percepción de inseguridad está más arraigada en las mujeres, pues suelen pasar más tiempo en su comunidad con el temor de ser agredidas sexualmente. El programa apunta que de acuerdo con los datos de la ENVIPE 2013, que en 2012 ocurrieron 27.7 millones de delitos (27,769 ,447), siendo los más frecuentes, los de robo o asalto en calle o transporte público (28.6%); extorsión (21.6%); seguidos por los de robo parcial y total de vehículo (14.3%); amenazas verbales (10.3%); fraude (9.4%); robo en casa habitación (7.6%); lesiones (3.9%) y otros delitos (3.0%) que incluyen secuestro y delitos sexuales (hostigamiento, manoseo, exhibicionismo, intento de violación y violación sexual), de los cuales en un 78.6%, las víctimas fueron mujeres. Por lo que hace a nuestra entidad federativa el “Panorama de violencia contra las mujeres en Puebla, “ENDIREH 2011. 2013”, realizado por el INEGI y por el Instituto Poblano de la Mujer, arrojo que en el Estado de Puebla 612 052 mujeres sufren alguna clase de violencia en la calle, en el transporte público, el cine o el centro comercial. En este rubro es de señalar que, en el Municipio de Puebla del Estado, existen seis mil 626 unidades del transporte público que circulan todos los días y en ellas se desplaza más del 70 por cierto de la población. Aunado a lo anterior, el estudio “Situación Actual del Transporte Urbano en México”, de la Asociación Mexicana de Transporte y Movilidad (AMTM), se desprende que la zona metropolitana de Puebla aparece por arriba de la media en cuanto a ciudades mexicanas usan el transporte público. Diariamente se llevan a cabo 3.5 millones de viajes en la zona metropolitana, y el 50 por ciento de esos viajes se realizan en unidades del transporte público. Por lo que hace a la violencia contra las mujeres en el transporte público, se debe recalcar que un estudio realizado por ONU-Mujeres, arrojó que una de cada dos mujeres que utilizan el transporte público en esta ciudad declaran haber sido molestadas por algún hombre. Datos que hacen urgente que las autoridades del Estado ejecuten acciones encaminadas a frenar la violencia contra las mujeres, en el uso de transporte público. Una de las acciones que han dado resultado en diversas partes del mundo, tales como; Egipto, Malasia, Tailandia, India, Israel, los Emiratos Arabes Unidos, Sao Paulo, Japón, la ciudad de México, es la implementación del sistema de vagones diferenciados. Este sistema consiste en que de lunes a viernes de 7 a 10 y de 17 a 19 circulan formaciones con vagones exclusivos para la población femenina, los cuales están señalizados con carteles de color rosa, y en los que está prohibida la permanencia de personas de sexo masculino; donde oficiales de policía se encargan de controlar que ningún hombre se pase al vagón de las mujeres. Además, hay estaciones de atención, donde las mujeres pueden denunciar abusos. Programa que puede ser concretado, con fundamento en lo que determina el artículo 17 fracción VIII, el artículo 41 fracciones I, XV y XVI, de la de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, que señalan respectivamente que para el estudio, planeación y despacho de los negocios de los diversos ramos de la Administración Pública, el gobernador se auxiliara, de entre otros, de la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transportes; así como que a la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transportes, le corresponde formular y conducir las políticas generales en materia de movilidad, transporte; proponer al Gobernador las políticas y programas relativos a movilidad, transporte; y dirigir, coordinar y controlar la ejecución de los programas de movilidad, transportes. También en la ley del transporte para el estado de puebla, en su artículo 6 fracción II, que otorga facultades al Secretario de Infraestructura, Movilidad y Transportes, para establecer las bases para el mejoramiento, ampliación y ejecución de los programas del servicio de transporte, creando y regulando nuevos servicios e incrementando los ya establecidos, previa emisión de los estudios técnicos y los demás que sean necesarios. Así como el artículo 71 fracción VIII de la nueva Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de noviembre de 2016, la cual prevé que las políticas de movilidad deberán promover el acceso de mujeres y niñas a espacios públicos y transporte de calidad, seguro y eficiente, incluyendo acciones para eliminar la violencia basada en género y el acoso sexual. Atendiendo a que, en el Municipio de Puebla, existen seis mil 626 unidades del transporte público que circulan todos los días, donde se desplaza más del 70 por cierto de la población, así como el hecho de que una de cada dos mujeres que utilizan el transporte público en esta ciudad declaran haber sido molestadas por algún hombre; la obligación de las autoridades de incluir en las políticas de movilidad el acceso de mujeres y niñas a un transporte de calidad, seguro y eficiente, donde se incluyan acciones para eliminar la violencia basada en género y el acoso sexual; y que es facultad de la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transportes proponer al Gobernador las políticas y programas relativos a movilidad, transporte; y dirigir, coordinar y controlar la ejecución de los programas de movilidad, transportes. En mérito de lo anterior, es por lo que someto a consideración de esta soberanía el presente punto de A C U E R D O: ÚNICO. - Se exhorta respetuosamente al Gobernador del Estado para que instruya a la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transportes del Estado, para que realicen todas las acciones encaminadas a generar un programa de vagones diferenciados para mujeres, donde se prevea, que en las horas que arroje el estudio previo que realice y sean en las que las mujeres más utilizan el transporte público, se hagan formaciones de vagones exclusivos para la población femenina, en la Red Urbana de Transporte Publico Articulado (RUTA) y en el transporte colectivo, se destinen también algunos vehículos solo para mujeres, para lo cual sé deberán señalizar con carteles de color rosa; en los que este prohibida la permanencia de personas de sexo masculino, para lo cual se deberán asignar oficiales de la policía-transito, para que se encarguen de controlar que ningún hombre se pase al vagón de las mujeres o aborde el trasporte colectivo dispuesto para las mujeres. Además de que se implementen acciones para que exista una estación del RUTA o paradas del transporte público, para la atención, donde las mujeres pueden denunciar abusos en la Red Urbana de Transporte Publico Articulado (RUTA) y en el transporte colectivo. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MI DIECISIETE. Diputado Pablo Fernández del Campo Espinosa, Integrante de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, y de la fracción parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional. 1