C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. P R E S E N T E El que suscribe, Diputado José Chedraui Budib, integrante del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 Fracción II 134, 135 y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás relativos y aplicables, me permito someter a consideración de este Cuerpo Colegiado la siguiente Iniciativa de Decreto por el que se adiciona una fracción XIV al artículo 19 de la Ley de Cambio Climático del Estado de Puebla, de conformidad con los siguientes: C O N S I D E R A N D O S El cambio climático, de acuerdo con la legislación de la materia a nivel estatal, se define como la variación del clima atribuido directa o indirectamente a la actividad humana, que altera la composición de la atmósfera global y que se suma a la variabilidad natural del clima observada durante periodos de tiempo comparables. No obstante, este problema se encuentra presente no sólo a nivel local, sino que alcanza a todo el mundo. De acuerdo con el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, entre 1880 y 2012 la temperatura media mundial aumentó 0,85 grados centígrados (por cada grado que aumenta la temperatura, la producción de cereales se reduce un 5% aproximadamente), asimismo, las emisiones mundiales de dióxido de carbono (CO2) han aumentado casi un 50% desde 1990, y entre 2000 y 2010 se produjo un incremento de las emisiones mayor que en las tres décadas anteriores Sin embargo, si se adopta una amplia gama de medidas tecnológicas y cambios en el comportamiento, aún es posible limitar el aumento de la temperatura media mundial a 2 grados centígrados por encima de los niveles preindustriales. Es por ello que la Organización de las Naciones Unidas (ONU), como parte de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, incluye el de adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos; haciendo una invitación internacional para que, entre otras cosas, los países en desarrollo avancen hacia una economía baja en carbono. En este orden de ideas, México ha adoptado medidas en beneficio del ambiente, a través de mecanismos tales como el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático o la Ley General de Cambio Climático, pero es necesario seguir trabajando para lograr mejores resultados. Por tanto, resulta importante establecer tanto estrategias de mitigación como medidas de adaptación, tanto a nivel público como privado. Para lo cual, la presente iniciativa busca establecer dentro de las acciones para reducir las emisiones, es decir, la liberación a la atmósfera de gases y compuestos de efecto invernadero originada de manera directa o indirecta por actividades humanas; la adopción de medidas que permitan el aprovechamiento de recursos tales como el agua y la energía y la utilización de energías alternativas al interior de las distintas dependencias gubernamentales. Así, atendiendo a lo antes expuesto y fundado, me permito someter a su consideración la siguiente iniciativa de: INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN XIV AL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DE CAMBIO CLIMÁTICO DEL ESTADO DE PUEBLA. ÚNICO.- Se adiciona una fracción XIV al artículo 19 de la Ley de Cambio Climático del Estado de Puebla, para quedar como sigue: ARTÍCULO 19.- Para reducir las emisiones, las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus competencias, deberán implementar acciones específicas para: I. a XIII. … XIV. Adoptar dentro de sus instalaciones, en atención a su capacidad presupuestaria, medidas que contribuyan al ahorro y aprovechamiento de agua y energía, privilegiando el uso de energías alternativas. ARTÍCULO TRANSITORIO ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 01 DE MARZO DE 2017 DIP. JOSÉ CHEDRAUI BUDIB