CC. DIPUTADOS DE LA “LIX” LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO P R E S E N T E RAFAEL MORENO VALLE ROSAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, y C O N S I D E R A N D O I. Que, la propiedad de la fracción del terreno que se segrega del predio denominado Lote Número Uno, de la Manzana Número Doce, de la Zona Dos, ubicada en el Municipio de Esperanza, Puebla, fue adquirida por el Honorable Ayuntamiento de este Municipio el 03 de septiembre del año 2014, tal y como se acredita mediante Instrumento Público número 26401 del volumen número 251, otorgado en el protocolo del Notario Público número 1 de Ciudad Serdán, Puebla. II. Que, en la sesión extraordinaria de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Esperanza, Puebla; de fecha 01 de marzo de 2016, se aprobó la desincorporación y posterior enajenación bajo la figura jurídica de Donación de la fracción del terreno que se segrega del predio denominado Lote Número Uno, de la Manzana Número Doce, de la Zona Dos, ubicada en el Municipio de Esperanza, Puebla, en favor del Organismo Público Descentralizado denominado “Servicios de Salud del Estado de Puebla”, para la construcción, operación y actividades inherentes a los servicios de salud pública del Centro de Salud con Servicios Ampliados de Esperanza, perteneciente a la jurisdicción sanitaria número 4 de San Salvador el Seco, Puebla. El predio a donar consta con una superficie de 3,000 metros cuadrados, con las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: En 50 metros lineales y colinda con propiedad que se reserva el donante; AL SUR: En 50 metros lineales y colinda con la avenida Independencia; AL ORIENTE: En 60 metros lineales y colinda con propiedad que se reserva el donante; y AL PONIENTE: En 60 metros lineales y colinda con propiedad que se reserva el donante. Que por lo anteriormente expuesto y en términos de lo dispuesto en los artículos 63 fracción I, 70, 79 fracciones VI y XIX y 84 segundo párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 2 y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, me permito someter a consideración de este Honorable Congreso para su estudio, discusión y en su caso aprobación, la siguiente Iniciativa de: DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE AUTORIZA AL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE ESPERANZA, PUEBLA, A DONAR EN FAVOR DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO “SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA”, LA FRACCIÓN DEL TERRENO QUE SE SEGREGA DEL PREDIO DENOMINADO LOTE NÚMERO UNO, DE LA MANZANA NÚMERO DOCE, DE LA ZONA DOS, UBICADA EN ESTE MUNICIPIO. ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al Honorable Ayuntamiento del Municipio de Esperanza, Puebla, a donar en favor del Organismo Público Descentralizado denominado “Servicios de Salud del Estado de Puebla”, la fracción del terreno que se segrega del predio denominado Lote Número Uno, de la Manzana Número Doce, de la Zona Dos, ubicada en este Municipio, cuyas medidas y colindancias han quedado descritas en el considerando número II de la presente Iniciativa, para la construcción, operación y actividades inherentes a los servicios de salud pública del Centro de Salud con Servicios Ampliados de Esperanza, perteneciente a la jurisdicción sanitaria número 4 de San Salvador el Seco, Puebla. ARTÍCULO SEGUNDO.- Para efectos de lo anterior, el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Esperanza, Puebla, deberá realizar los trámites necesarios para efectuar la donación en términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal y demás legislación aplicable, siempre tomando en consideración el beneficio de la sociedad. T R A N S I T O R I O S PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. Dado en la sede del Poder Ejecutivo del Estado de Puebla, en la Cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil dieciséis. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA RAFAEL MORENO VALLE ROSAS EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO DIÓDORO HUMBERTO CARRASCO ALTAMIRANO LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA INICIATIVA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE AUTORIZA AL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE ESPERANZA, PUEBLA, A DONAR LA FRACCIÓN DEL TERRENO QUE SE SEGREGA DEL PREDIO DENOMINADO LOTE NÚMERO UNO, DE LA MANZANA NÚMERO DOCE, DE LA ZONA DOS, UBICADA EN ESTE MUNICIPIO.