CC. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DE LA “LIX” LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA. P R E S E N T E S. El Diputado Julián Peña Hidalgo, integrante del grupo Legislativo de Movimiento Ciudadano, de la LIX Legislatura del H. Congreso del Estado con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 57 Fracción I, 63 Fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado de Puebla; 1, 43, 44 Fracción II, 134, 151 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 15, 34, 93 fracción VI, 120, 123 y 124 del Reglamento Interior del H. Congreso del Estado, se somete a consideración a este cuerpo colegiado el siguiente: “PUNTO DE ACUERDO PARA QUE SE EXHORTE A LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE PUEBLA A QUE EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES Y ATENDIENDO LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 24, FRACCIÓN III, DE LA LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, SOLICITE A LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN FEDERAL SE EMITA LA ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN EL ESTADO DE PUEBLA” EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El propósito de la creación de Estado es realizar aquellas actividades que son comunes a todos, es realizar fines comunes a la población, dotar de servicios colectivos que sirvan a la sociedad, es, a decir de científicos sociales el fin último del estado: el bien común. Para mantener orden, un equilibrio dentro del Estado se hizo necesaria la creación de reglas, de normas, de leyes para mantener dicho orden, se crea pues el derecho, como herramienta de cohesión de las instituciones y de los individuos entre sí.         La finalidad del derecho es regular la vida externa del hombre que vive en una sociedad determinada, son reglas generales por las cuales se busca mantener este equilibrio entre las personas y de estas frente al Estado, que tienen como característica fundamental y sin la cual carecería de sentido pues no podría ejecutarse, es la coercitividad. Todas estas creaciones sociales son producto de la evolución del ser humano, son producto de la cultura, producto de la historia, sin la cual no podríamos entendernos como sociedades, no podríamos entendernos como Estados modernos. Así nuestro País ha creado instituciones como producto de esta cohesión colectiva, una de estas creaciones es la garantía de la igualdad entre todos los nacionales, estipulado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 1° y 4° así como los tratados internacionales que México ha celebrado como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y  Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José).         Por desgracia en nuestra sociedad mexicana en general y en particular en la del Estado de Puebla, priva una idiosincrasia misógina, que desemboca en violencia contra la mujer, señalada como el sexo débil por mucho tiempo, pudiendo constatarlo en la prohibición de incursionar a la vida universitaria en l época porfirista, en la epístola de Melchor Ocampo, en los delitos de honor en otros momentos, en la nula participación de la mujer en la política hace no mucho tiempo, entre otros ejemplos de esta desigualdad que existe entre mujeres y hombres, y de esta cultura machista que aún se encuentra presente en el Estado Mexicano, refiriéndome no solo en área de gobierno, sino también de la población.         Desafortunadamente debido a esta desigualdad entre mujeres y hombre en muchos casos ha degenerado en violencia de cualquier tipo contra las mujeres, viéndose el estado en la necesidad de tipificar la violencia feminicida, que en el extremo de esta violencia se da la muerte de la persona, la muerte de la mujer.         Resulta pues necesario cambiar esta idiosincrasia, para buscar reducir y eliminar la violencia de genero contra la mujer, por tal motivo es menester implementar políticas públicas que cuiden a la mujer, es decir resulta necesario prevenir la violencia contra la mujer en cualquiera de sus manifestaciones.         Para hacerlo es imprescindible aceptar el problema, pues aunque no se quiera ver existe en puebla violencia de género contra las mujeres, violencia que en su extremo degenera en violencia feminicida como ya se dijo, entendida esta como la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos no solo público, sino también en el privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.         Para demostrar que en puebla existe violencia de genero señalaré cifras de la Fiscalía General del Estado aproximadamente 60 de cada 100 mujeres se reconoce en algún tipo de violencia, no obstante, el 60% de los casos de mujeres que se presentan en el centro de Justicia para las mujeres no levantan denuncia, y poco más del 20% da seguimiento y continúan con el proceso hasta su conclusión.         Ahora bien una vez reconocido el problema se debe actuar conforme  la legislación de la materia lo señala, en este sentido el artículo 3º de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, establece que las medidas que de ella deriven, garantizarán la prevención, la atención, la sanción y la erradicación de todos los tipos de violencia contra las mujeres, partiendo de este principio es importante decir que la palabra prevención proviene de los vocablos latinos pre (antes de)y venir (eventius, evento), lo que llega a significar de acuerdo con la Real Academia Española de la Lengua la preparación y disposición que se hace anticipadamente para evitar un riesgo o ejecutar algo. La prevención es un elemento de vital importancia en las sociedades modernas, pues permite la detección oportuna de problemáticas, nos da la oportunidad de encontrar las causas de aquellos sucesos, podemos predecir las posibles consecuencias que pudieran tener en un contexto global e integral y lo más importante es encaminar acciones para intervenir de manera oportuna, focalizada y eficaz a fin de evitar y minimizar los efectos negativos de los acontecimientos que pudieran representar un riesgo tanto para la instituciones como para la paz y tranquilidad de los ciudadanos. La OMS define tres niveles de prevención, Primaria, Secundaria y Terciaria, donde el objetivo de la primera es evitar la aparición de un problema, así como la situación causante de riesgo. La Prevención de tipo secundaria tiene como fin reconocer a los sectores, grupos sociales o agentes de alto riesgo, una vez que se ha presentado una situación que pueda comprometer el equilibrio del tejido social, encaminando acciones. Por Último, la prevención de tipo terciaria hace referencia a las acciones que se encaminan para restituir o disminuir el daño de manera paliativa, intentando disminuir su progreso o agravamiento, que se ha generado como consecuencia de aquel riesgo que ha causado daño o estrago.         Ahora bien, como estado debemos preocuparnos por terminar con esta violencia contra la mujer y no desviar el propósito que tiene la alerta de violencia de género que como se ha dicho es erradicar la violencia contra la mujer y no solo por muertes de mujeres tipificado como feminicidio entendido como el extremo de violencia contra la mujer.         Actualmente la Comisión Nacional de Violencia contra la Mujer CONAVIM ha emitido recomendaciones para que el estado de puebla las cumpla, lo que hace ver que conforme lo señala la propia Ley General de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, existe un proceso tendiente a emitir la alerta de violencia de género,  sin embargo no es suficiente para frenar y erradicar la violencia generalizada en el Estado y en particular de violencia contra la mujer, pues por cuestiones políticas pudiera quedar en eso, meras recomendaciones. Sostengo que una forma de llamar la atención de la sociedad en su conjunto es emitir la alerta de violencia de género para hacer un llamado a la sociedad en su conjunto y juntos podamos implementar acciones tendientes a terminar con este mal social. El objetivo de la emisión de la alerta de género es hacer notar que existe violencia feminicida y que en muchos casos desemboca en feminicidio, pero que no es la única forma de violencia de género, tal como lo define la propia ley, Alerta de violencia de género: Es el conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya sea ejercida por individuos o por la propia comunidad. La alerta de violencia de género contra las mujeres tendrá como objetivo fundamental garantizar la seguridad de las mismas, el cese de la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por una legislación que agravia sus derechos humanos. Como lo hemos atestiguado en puebla existe violencia de género, ejercido no solo por individuos en lo particular, sino por la propia comunidad y en ocasiones hasta por las instituciones como la violencia política, de ahí que sea necesaria la emisión de la alerta multicitada.         Para resolver un problema en necesario primero reconocerlo para poder resolverlo y en Puebla no se ha querido reconocer que existe violencia de género y No podemos seguir permitiendo que un capricho político esté por encima de la paz pública, no podemos seguir permitiendo que una visión o una aspiración política que crea una percepción de seguridad esté por encima de la vida humana, de la vida de las mujeres.         No esperemos a que mueran más, porque la tendencia por desgracia es que seguirán muriendo más mujeres, detengamos esta violencia feminicida y emítase la alerta de género, con la finalidad de que se implementen políticas públicas tendientes a frenar y erradicar la violencia feminicida que como ya se dijo, en muchos casos degenera feminicidios.         Es necesaria la alerta de violencia de género puesto que ha causado zozobra entre las mujeres, ha perturbado la paz pública en nuestro Estado, pues es un agravio que hace difícil el acceso a la igualdad de derechos, de ahí su menester.         Resulta necesario resarcir el daño que históricamente se ha infligido a la mujer, para que haya El derecho a la justicia pronta, expedita e imparcial, Se debe garantizar la prestación de servicios jurídicos, médicos y psicológicos especializados y gratuitos para la recuperación de las víctimas directas o indirectas, para ello se necesita que, la aceptación del Estado de su responsabilidad ante el daño causado y su compromiso de repararlo, si se quiere de manera indirecta, y buscar El diseño e instrumentación de políticas públicas que eviten la comisión de delitos contra las mujeres.         El presente punto de acuerdo encuentra sustento en lo establecido por La Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia Establece en los artículos 22, 23, 24 y 25 los objetivos para lo cual se emite la alerta de violencia.         En consecuencia el presente punto de Acuerdo tiene como objetivo Exhortar a la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla,  para que sea emitida una alerta de género, y con ello se inicien acciones para la prevención de la violencia contra la mujer que pudiera derivar en conductas feminicidas, para que los distintos órdenes de gobierno encabecen estrategias desde sus dependencias encaminadas a la prevención de la violencia generalizada y en particular contra las mujeres,  por ello propongo el presente: “PUNTO DE ACUERDO PARA QUE SE EXHORTE A LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE PUEBLA A QUE EN EL ÁMBITO DE SUS ATRIBUCIONES Y ATENDIENDO LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 24, FRACCIÓN III, DE LA LEY GENERAL DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, SOLICITE A LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN FEDERAL SE EMITA LA ALERTA DE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN EL ESTADO DE PUEBLA” ATENTAMENTE “CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA” A 3 DE NOVIEMBRE 2016. DIP. JULIÁN PEÑA HIDALGO Dip. Crónica Legislativa y Asuntos Editoriales. Julián Peña Hidalgo Presidente del Comité de Diario de Debates, De la LIX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla. H. Congreso del Estado Av. 5 Oriente No. 128 Centro Histórico, Puebla, Pue. Oficina: Av. 8 ote. 216, Centro Histórico, Puebla, Pue. Altos. Tel. 222 372 11 00 ext. 143 Correo Electrónico: julian.p.hidalgo@congresopuebla.gob.mx