C.C. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E. Los suscritos Diputados del Grupo Legislativo del Partido del Partido Nueva Alianza, integrantes de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del Estado, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 44 fracción II, 100, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, sometemos a consideración de este cuerpo colegiado el siguiente: CONSIDERANDOS La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue promulgada el 5 de febrero de 1917, previa convocatoria del entonces Presidente de la República Venustiano Carranza. En dicha convocatoria se buscó que todos los rincones del país estuvieran representados, dentro de ellos el Estado de Puebla, que tuvo 18 distritos electorales, cuyos representantes fueron electos mediante sufragio libre y secreto por primera vez, con el fin de garantizar la representación poblana en el Constituyente de Querétaro. Por lo que respecta a la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Puebla, su promulgación se dio el 2 de octubre de 1917, siendo una de las entidades federativas que buscó garantizar los Derechos Sociales vigentes en aquella época. La Asamblea constituyente poblana de esa época estuvo organizada y coordinada célebres diputados, entre ellos Gilberto Bosques Saldívar. Los sucesos que marcaron la promulgación de ambos documentos fundacionales, fueron por demás complejos. La primera constitución social del siglo XX nació a pesar de los movimientos bélicos al interior de nuestra patria. Fue un deseo consensado de incorporar la certeza y el desarrollo incluyentes para todos los sectores de nuestra nación, sobre todo para los sectores más desfavorecidos, el campesino y el obrero. En consonancia y tal y como lo refieren en el diario de debates del constituyente poblano el proyecto constitucional local, se vio fuertemente influido por el espíritu nacional, reflejo en todas y cada uno de sus artículos el proyecto de Estado al que aspiró el mosaico social poblano. El Grupo Legislativo de Nueva Alianza con motivo del centenario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Constitución Política para la del Estado Libre y Soberano de Puebla en el año 2017, la Comisión Especial creada por esta soberanía exprofeso, en seguimiento en su Plan de Trabajo, estima oportuno presentar ante la Asamblea es el Decreto con el fin de establecer en la documentación oficial en las diferentes oficinas gubernamentales la leyenda que recuerde tal acontecimiento. Dicho Plan se encuentra basado en tres ejes fundamentales: Recordar, Difundir y Reflexionar sobre este acontecimiento. Con lo que respecta a los ejes Recordar y Difundir, es que se cree oportuno y pertinente que en toda la papelería oficial se establezca la leyenda "2017, Centenario de la Promulgación de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla". Lo anterior a manera de tener presente de una manera constante y continua la labor de Estado que realizarán en un momento crucial en nuestro país, los constituyentes federales y locales de 1917 Como se ha expresado, resulta conveniente declarar el año 2017, año de los centenarios de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, al ser un acontecimiento relevante, se busca refrescar en la memoria de los pobladores este acontecimiento, es por ello que sometemos a esta Soberanía la siguiente iniciativa de: DECRETO QUE DECLARA "2017, CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA" ÚNICO.- Decreto por el cual se declara "2017, Centenario de la Promulgación de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla". TRANSITORIOS PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Comuníquese a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial para que hagan del conocimiento el presente Decreto de sus dependencias, entidades, y a los organismos constitucionales autónomos, para que establezcan en su papelería oficial la Leyenda "2017, Centenario de la Promulgación de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla" durante el año 2017. TERCERO.- Comuníquese a los 217 municipios del Estado de Puebla el presente Decreto para que hagan del conocimiento de sus dependencias y entidades paramunicipales, con el fin de establecer en su papelería oficial la Leyenda "2017, Centenario de la Promulgación de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla" durante el año 2017. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA 31 DE OCTUBRE DE 2016. GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO DE NUEVA ALIANZA DIP. MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO DIP. SUSANA DEL CARMEN RIESTRA PIÑA DIP. CUPERTINO ALEJO DOMÍNGUEZ DIP. CIRILO SALAS HERNÁNDEZ ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA INICIATIVA DE DECRETO QUE DECLARA "2017, CENTENARIO DE LA PROMULGACIÓN DE CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA"