CC. DIPUTADOS DE LA “LIX” LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO P R E S E N T E RAFAEL MORENO VALLE ROSAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Puebla, y C O N S I D E R A N D O I. Que, el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Yaonáhuac, Puebla, es propietario del inmueble denominado como “Hueyoteno” ubicado en dicho Municipio. II. Que, el inmueble denominado como “Hueyoteno”, fue adquirido como se acredita mediante Escritura Pública 20,112 Volumen 117, de fecha primero de agosto de dos mil catorce, otorgada en el protocolo de la Notario Público número 2, de Teziutlán, Puebla, con una superficie de 1,121.05 metros cuadrados y con las siguientes colindancias: AL NORTE: 46. 92 metros en tres quiebres; el primero en 22.25 y limita con Privada Josefa Ortiz Domínguez, el segundo quiebra hacia el sur en 9.64 y limita con Casa de Salud y el tercero quiebra hacia el poniente en 15.03 y limita con Casa de Salud; AL SUR: 38. 69 metros limita con la C. Margarita Ramos Rosas; AL ORIENTE: 34. 06 metros limita con la Calle Insurgentes; y AL PONIENTE: 23. 19 metros limita con C. Esaú Lozada. II. Que, en Sesión de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Yaonáhuac, Puebla; de fecha primero de enero de dos mil dieciséis, se aprobó la Enajenación bajo la figura jurídica de Donación con destino al organismo público descentralizado del Gobierno del Estado de Puebla “Servicios de Salud del Estado de Puebla”, del inmueble denominado como “Hueyoteno” ubicado en dicho Municipio para la construcción de un Centro de Salud. Que por lo anteriormente expuesto y en términos de lo dispuesto en los artículos 63 fracción I, 70, 79 fracciones VI y XIX y 84 segundo párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 2 y 22 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, me permito someter a consideración de este Honorable Congreso para su estudio, discusión y en su caso aprobación, la siguiente Iniciativa de: DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE AUTORIZA AL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE YAONÁHUAC, PUEBLA, A DONAR CON DESTINO AL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO “SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA”, EL INMUEBLE DENOMINADO COMO “HUEYOTENO”. ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza al Honorable Ayuntamiento del Municipio de Yaonáhuac, Puebla, a donar el inmueble denominado como “Hueyoteno”; cuyas medidas y colindancias han quedado descritas en el considerando de la presente Iniciativa, con destino al organismo público descentralizado “Servicios de Salud del Estado de Puebla”, para la construcción de un Centro de Salud. ARTÍCULO SEGUNDO. Para efectos de lo anterior, el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Yaonáhuac, Puebla, deberá realizar los trámites necesarios para efectuar la donación en términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal y demás legislación aplicable, siempre tomando en consideración el beneficio de la sociedad. T R A N S I T O R I O S PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto. Dado en la sede del Poder Ejecutivo del Estado de Puebla, en la Cuatro veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veinte días del mes de septiembre de dos mil dieciséis. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA RAFAEL MORENO VALLE ROSAS EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO DIÓDORO HUMBERTO CARRASCO ALTAMIRANO LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE A LA INICIATIVA DE DECRETO POR VIRTUD DEL CUAL SE AUTORIZA AL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE YAONÁHUAC, PUEBLA, A DONAR CON DESTINO AL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO “SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA”, EL INMUEBLE DENOMINADO COMO “HUEYOTENO”