CC. SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LIX LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA PRESENTES Los Diputados integrantes de la Comisión de Participación Ciudadana del Honorable Congreso del Estado, con fundamento en los dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracciones I y II, 102, 123 fracción XXXIV, 146, 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla; 48 fracción XXXIV, 120 fracciones VI, del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, sometemos a consideración de este Honorable cuerpo colegiado el presente PUNTO DE ACUERDO al tenor de lo siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Que la participación ciudadana es ”…la posibilidad de la sociedad de contribuir e influir en las decisiones gubernamentales que le afectan, sin necesidad de formar parte de la administración pública o de los Poderes Legislativo o Judicial1”, en este sentido hay diversas formas de participación ciudadana y pueden analizarse desde varios puntos de vista. Que a partir del año 2000 México vive un proceso de democratización; la participación ciudadana en su comportamiento actual, busca impulsar el desarrollo local y la democracia participativa la cual no ha logrado consolidarse no obstante la creciente participación de la sociedad organizada en los asuntos que trascienden en las decisiones de gobierno, evidentemente este es un momento en que la sociedad de la mano con los tres órdenes de gobierno debe fortalecer nuestro proceso democrático. Que aunado al marco normativo mexicano, la Carta Iberoamericana de Participación Ciudadana en la Gestión Pública, en el punto 7 Fomento a la Participación Ciudadana establece: “Los poderes públicos fomentarán el ejercicio del derecho de participación ciudadana en la gestión pública, destinando recursos, así como creando y potenciando las condiciones favorables para el ejercicio efectivo de este derecho, en especial de aquellos sectores en condición de exclusión y vulnerabilidad social.” Que los beneficios de la participación ciudadana se pueden agrupar en tres vertientes: a) mejora el funcionamiento de la administración, b) reactiva la promoción y gestión social y c) crea beneficios sociales, es decir, mejora el clima sociopolítico y ayuda a mejorar la eficiencia en la gestión pública. Que hablar del tema de participación ciudadana en el contorno municipal implica crear fuentes en temas como: el sistema gubernamental, descentralización, institucionalización de la participación ciudadana, políticas públicas, democracia, globalización, capital social, desarrollo humano integral entre otros, por tal motivo, resulta fundamental fomentar mecanismos de partición ciudadana a efecto de permitir la interacción entre el gobierno municipal y la sociedad. Que a la dinámica sociopolítica del Estado y de los municipios en el fomento a la Participación Ciudadana podemos concluir que los órganos de Participación Ciudadana en los municipios son de vital importancia para mejorar el funcionamiento de la administración, reactivar la vida política y crear beneficios sociales. Cabe mencionar que, en los Municipios de nuestro Estado existen asimetrías en relación a las políticas públicas de participación ciudadana por lo que es fundamental en los 217 municipios de nuestro Estado en términos de la legislación vigente, promover la Participación Ciudadana con el propósito de fomentar el desarrollo democrático e integral del Municipio. En mérito a lo anteriormente expuesto, sometemos a está Honorable Soberanía el presente: PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.-Se exhorta a los 217 Ayuntamientos del Estado para que en el ámbito de su competencia de conformidad con la Ley Orgánica Municipal, observen las disposiciones relacionadas a la Participación Ciudadana y coadyuvar con los fines y funciones de la Administración Pública Municipal, dando un mayor impulso y promoción a la participación y colaboración de la ciudadanía. Así mismo a los Ayuntamientos que a la fecha no cuenten con sus respectivos Consejos de Participación Ciudadana, invitarlos a instalarlos a la brevedad. SEGUNDO.- Se exhorta a los 217 Ayuntamientos del Estado a realizar las adecuaciones necesarias en la reglamentación municipal a efecto de fortalecer la Participación Ciudadana dentro de sus Municipios. A T E N T A M E N T E. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA 29 DE JULIO DE 2014 COMISIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DIP. FRANCISCO MOTA QUIROZ PRESIDENTE DIP. MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ ACOSTA SECRETARIO DIP. FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ VOCAL DIP. PABLO FERNÁNDEZ DEL CAMPO ESPINOSA VOCAL DIP. IGNACIO ALVÍZAR LINARES VOCAL DIP. MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO VOCAL DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES VOCAL Esta hoja de firmas corresponde al punto de acuerdo por el que se exhorta a los 217 Presidentes Municipales para que en el ámbito de su competencia de conformidad con la Ley Orgánica Municipal, observen las disposiciones relacionadas a la Participación Ciudadana y coadyuvar con los fines y funciones de la Administración Pública Municipal; entre otros. 1 Comisión Intersecretarial para la Transparencia y el Combate a la Corrupción; Participación Ciudadana… ¿Para qué? Hacia una Política de Participación Ciudadana en el Gobierno Federal; México; 2008; P 5 --------------- ------------------------------------------------------------ --------------- ------------------------------------------------------------