DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES 1 C.C. DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S La suscrita Diputada integrante de la Quincuagésimo Novena Legislatura del H. Congreso del Estado de Puebla; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; y demás relativos aplicables, me permito someter a consideración de esta Soberanía el siguiente PUNTO DE ACUERDO, de conformidad con los siguientes: CONSIDERANDOS La Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado establece las bases para la organización y el funcionamiento de la Administración Pública Estatal, Centralizada y Paraestatal. El artículo 38 de aquel ordenamiento señala las atribuciones de la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico, entre las cuales, atendiendo la naturaleza del presente acuerdo, podemos destacar las siguientes: ejercer las funciones que en materia de trabajo correspondan al Ejecutivo del Estado; coadyuvar con las autoridades Federales en la aplicación y vigilancia de las normas de trabajo; instrumentar políticas de productividad y desarrollo integral del empleo; medir, evaluar y certificar la calidad de los lugares de trabajo; promover la formación y el desarrollo integral del trabajador, como elemento esencial para dignificar y humanizar el trabajo; vigilar el cumplimiento de las normas relativas a la capacitación, adiestramiento, seguridad e higiene de los trabajadores; vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales que prohíban la discriminación laboral; y, coadyuvar con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social o su equivalente del Gobierno Federal, en el cumplimiento de sus fines. DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES 2 El crecimiento económico depende de diversos factores, destacando entre ellos la fuerza laboral sin la cual sería imposible movilizar la estructura gubernamental y dinamizar la industria privada, apartándonos con ello de los servicios públicos y del desarrollo social y económico al que estamos sujetos cada uno de los ciudadanos como integrantes del estado. A fin de garantizar ambientes laborales libres de violencia y discriminación, así como de conservar la tranquilidad y el bienestar de las personas en sus centros de trabajo, el pasado miércoles cinco de noviembre presente ante esta tribuna la iniciativa de decreto mediante la cual se reforma el Código Penal del Estado para crear la figura de delito de acoso laboral. El acoso laboral constituye una forma de violencia favorecida por la discriminación; se presenta con mayor frecuencia en contra de personas vulnerables por razones sociales, económicas o por su pertenencia a grupos histórica y sistemáticamente desaventajados. La víctima de acoso laboral, puede sufrir desde trastornos nerviosos, como depresión o estrés, hasta enfermedades psicosomáticas. Aunado a lo anterior, el acoso laboral en lo organizacional obstaculiza el progreso y evita la posibilidad de contar con un ambiente laboral ideal. La Organización Internacional del Trabajo (OIT)”, señala que uno de cada 10 trabajadores es víctima de acoso laboral en el mundo, y de 100 casos, 75 corresponden a mujeres acosadas. De acuerdo con una encuesta de OCC Mundial realizada a más de 2,000 participantes 51% de los profesionistas mexicanos ha sufrido algún tipo de bullying laboral. Es de reconocerse los esfuerzos emprendidos desde diversas instancias para atender esta problemática, tal es el caso de los instrumentos generados desde la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Congreso de la Unión, lo regulado desde la Ley Federal del Trabajo, DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES 3 así como lo establecido en la Norma Oficial Mexicana para la Igualdad laboral entre Mujeres y Hombres, NMX-R-025-SCFI-2009, emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Respecto a este último documento es importante destacar su objeto, el cual se centra en la certificación de organizaciones que comprueban que sus prácticas laborales respetan la igualdad y la no discriminación, la previsión social, el clima laboral adecuado, la libertad y la accesibilidad laborales entre mujeres y hombres. Es esperable que en el ámbito del trabajo, cada persona actué con responsabilidad, cumpliendo con sus obligaciones y desempeñándose en equipo con sus compañeros. Esto, sin embargo, no siempre ocurre. Es indispensable incorporar las mejores prácticas y el pleno respeto a los derechos humanos dentro de los centros de trabajo, sin la naturaleza, ramo o sector al que atienden. Convencida en garantizar el bienestar de los poblanos en todas sus facetas; enfocada en la generación de acciones integrales que atiendan en lo inmediato y en lo futuro sus necesidades más apremiantes, suscribo la presente propuesta a fin de que se mejoren las prácticas al interior de los centros laborales en la entidad, lo cual les permita certificarse con base en la Norma Mexicana emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social antes descrita. Por lo anteriormente expuesto someto a consideración de esta Soberanía la siguiente iniciativa de: DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES 4 PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.- Se solicita a los Titulares de los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado, a que instruyan a los titulares de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal y de las Salas, Juzgados y oficinas a su cargo, respectivamente, a que en observancia a la normatividad aplicable así como a lo dispuesto dentro de la NORMA MEXICANA PARA LA IGUALDAD LABORAL ENTRE MUJERES Y HOMBRES NMX-R-025-SCFI-2009, realicen las acciones administrativas y de concientización al interior de sus centros de trabajo para garantizar ambientes laborales adecuados y sin discriminación, y con ello obtengan la certificación y el emblema otorgado para tal efecto por los organismos de certificación acreditados por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social. SEGUNDO.- Se solicita a la Junta de Gobierno y Coordinación Política a que instruya lo correspondiente a fin de atender e implementar en las sedes del Congreso del Estado, las acciones necesarias para obtener la certificación aludida dentro del presente documento, así como para garantizar el respeto a la igualdad, la no discriminación, la previsión social, el clima laboral adecuado, la libertad y la accesibilidad laborales entre mujeres y hombres. TERCERO.- Se solicita al Titular de la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico del Estado, a que en el ámbito de sus atribuciones realice las campañas de información y difusión del contenido de la Norma Mexicana aludida dentro del punto primero del presente acuerdo, así como las acciones necesarias para promover y vigilar su observancia, de manera que con ello se garantice la certificación correspondiente así como ambientes laborales sanos tanto en el ámbito público como privado. CUARTO.- Solicito se otorgue al presente acuerdo el trámite legislativo correspondiente. ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 11 DE NOVIEMBRE DE 2014