DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S La suscrita, Diputada integrante de la Quincuagésimo Novena Legislatura del H. Congreso del Estado de Puebla; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II, 144 fracción II y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; y demás relativos aplicables, me permito someter a consideración de esta Soberanía el siguiente PUNTO DE ACUERDO, de conformidad con los siguientes: C O N S I D E R A N D O S La medición y comprensión de la pobreza parte de un método multidimensional, agrupado principalmente en tres grandes categorías: la pobreza contemplada desde la perspectiva del ingreso y que considera exclusivamente los requerimientos mínimos; la pobreza que parte de las necesidades básicas, desde las más elementales como educación, salud y vivienda, hasta la inclusión de otras exigencias para una adecuada vida social, y la privación relativa, que define la pobreza desde las capacidades de las personas para desarrollarse. En nuestro país existen instancias y mecanismos que nos permiten identificar las causas de la pobreza y la pobreza extrema, así como las comunidades que representan focos rojos en la materia y que, en consecuencia, requieren de urgente atención a sus requerimientos y necesidades. Tal es el caso del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), ente generador de información objetiva sobre la situación de la política social y la medición de la pobreza en México, como es el caso del Informe Anual sobre la Situación de Pobreza y Rezago Social del Estado, publicado por la Secretaría de Desarrollo Social Federal el 31 de enero del año en curso, el cual arrojo los siguientes resultados: Puebla cuenta con 1 millón 373 mil 772 viviendas particulares habitadas, de las cuales, 222 mil 079 no disponen de agua entubada de la red pública (16.2%); 169 mil 104 carecen de drenaje (12.3%); 129 mil 923 cuentan con piso de tierra (9.5%); 115 mil 835 tienen un solo cuarto para todos sus integrantes (8.4%); 62 mil 562 no cuentan con bienes (4.6%); y, 25 mil 569 no disponen de energía eléctrica (1.9%). Dentro de los municipios de nuestra entidad con mayor población y rezago en estos rubros, se encuentran Puebla, Tehuacán, Atlixco, San Martín Texmelucan, San Pedro Cholula, Huauchinango, Ajalpan, Zacatlán, Cuetzálan, Tepeaca, San Ándres Cholula, Amozoc, Coronango, Zacapoaxtla y Vicente Guerrero. Como podemos observar, las carencias por servicios básicos en la vivienda se ubican dentro de los principales indicadores de carencia social en nuestra entidad, seguido por la carencia por acceso a la alimentación y a la salud. El artículo 32 de la Ley de Coordinación Fiscal señala que el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social se determina anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Sus recursos se ejercen a través del Fondo para la Infraestructura Social de las Entidades y del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, y se enteran mensualmente de manera ágil y directa, en los primeros diez meses del año, por partes iguales a las entidades y a los municipios, sin más limitaciones ni restricciones que las correspondientes a sus fines. El artículo 33 del ordenamiento citado establece que las aportaciones federales que con cargo al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social reciban las entidades y los municipios, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a población en pobreza extrema, localidades con alto o muy alto nivel de rezago social. En concreto, los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal se destinaran a los siguientes rubros: agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, urbanización, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica del sector salud y educativo, mejoramiento de vivienda, así como mantenimiento de infraestructura. Por su parte, el Fondo de Infraestructura Social para las Entidades deberá destinarse a obras y acciones que beneficien preferentemente a la población de los municipios, demarcaciones territoriales y localidades que presenten mayores niveles de rezago social y pobreza extrema en la entidad. De acuerdo al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social asciende a 57 mil 912 millones 914 mil 754 pesos, de los cuales, 7,019 millones 886 mil 6 pesos se distribuirán entre las Entidades y 50 mil 893 millones 28 mil 748 pesos entre los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal. A poco más de un mes de la publicación del Informe Anual sobre la Situación de Pobreza y Rezago Social de las Entidades y sus municipios o demarcaciones territoriales, y a 25 días de haber iniciado el periodo constitucional de las administraciones municipales en ejercicio, las autoridades estatales y las de los ayuntamientos han iniciado, o están en condiciones de hacerlo, con la gestión de los recursos de los Fondos antes mencionados. Por ello, y considerando la iniciativa relacionada a este acuerdo que aprobamos hace unos momentos, así como la necesidad de maximizar resultados y eficientar el ejercicio del erario público proveniente de las contribuciones de todos y de cada uno de los mexicanos, considero indispensable y urgente se realicen las acciones para acceder a los recursos descritos, pero más aún, ejercerlos de conformidad con las disposiciones legales aplicables y las reglas de operación emitidas al efecto, teniendo en todo momento la firme intención de mejorar la calidad de vida de los poblanos, en especial de los que menos tienen. Por lo anteriormente expuesto propongo el siguiente: PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.- Se solicita al Titular del Ejecutivo del Estado y a los 217 Presidentes Municipales de la Entidad, a que en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 32, 33 y 34 de la Ley de Coordinación Fiscal y en observancia a los resultados derivados del Informe Anual sobre la Situación de Pobreza y Rezago Social del Estado publicado por el CONEVAL, se tramiten y destinen los recursos provenientes del Ramo 33, correspondientes al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social – Fondo para la Infraestructura Social de las Entidades y Fondo para la Infraestructura Social Municipal –, a la realización de obras y acciones que beneficien preferentemente a la población de los municipios con mayores niveles de rezago social y pobreza, así como para el mejoramiento de la vivienda y de sus accesorios en zonas de alta y muy alta marginación. SEGUNDO.- Solicito se turne el presente acuerdo a la Comisión General de estudio competente, para el trámite legislativo correspondiente. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 11 DE MARZO DE 2014 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES 1