DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S Los suscritos Diputados Geraldine González Cervantes y Juan Carlos Natale López, integrante y Coordinador, respectivamente, del Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México; Lizeth Sánchez García y Mariano Hernández Reyes, Coordinadora e integrante del Grupo Legislativo del Partido del Trabajo; María del Socorro Quezada Tiempo y Julián Rendón Tapia, integrantes del Grupo Legislativo del Partido de la Revolución Democrática; y, Julián Peña Hidalgo, Coordinador del Grupo Legislativo del Partido Movimiento Ciudadano, todos de la Quincuagésimo Novena Legislatura del H. Congreso del Estado de Puebla; con fundamento en lo dispuesto por el artículo 44 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; y demás relativos aplicables, nos permitimos someter a consideración de esta Soberanía el siguiente PUNTO DE ACUERDO, de conformidad con los siguientes: C O N S I D E R A N D O S El Protocolo Alba es un mecanismo operativo de coordinación inmediata para la búsqueda y localización de mujeres y niñas desaparecidas y/o ausentes en territorio mexicano. Su implementación data desde 2003 en Ciudad Juárez, Chihuahua, como respuesta a los múltiples casos de desaparición presentados en aquella región. Su estrategia consta de seis fases diseñadas a partir de la presentación de denuncias ante ventanilla única, implementación de la búsqueda, trabajo coordinado, eliminación de obstáculos como estereotipos de género, prioridad a la búsqueda en áreas cercanas y otorgamiento de atención médica, psicológica y legal. El éxito de esta herramienta radica en el trabajo coordinado que requiere por parte del gobierno, la iniciativa privada y la sociedad en general, situación que puede fortalecerse y brindar mejores resultados con la utilización de las redes sociales y de dispositivos tecnológicos. Su implementación más que representar una situación de alerta y emergencia, debe asumirse como un compromiso del Estado para prevenir y erradicar la desaparición de niñas, adolescentes y mujeres, y con ello la presencia de otros delitos como la explotación, el turismo sexual y la trata de personas. 1 La Violencia contra las Mujeres ubica a Puebla a nivel nacional dentro de los primeros sitios con casos de trata de personas, violencia de pareja, discriminación laboral, desapariciones y muertes por agresión. Aunado a lo anterior, nuestro contexto se agrava considerando que Puebla es uno de los principales destinos de trata interna, así como de origen de víctimas tratadas en el extranjero. Estamos identificados como una de las principales rutas de migración irregular. Además de que colindamos con los Estados de México, Veracruz, Tlaxcala, Oaxaca, así como con el Distrito Federal, territorios ubicados en los primeros lugares con violencia de género. Aquello da cuenta de que la violencia contra las mujeres y las niñas continúa siendo una de las grandes violaciones en materia de derechos humanos. En consecuencia, estamos obligados a actuar y asumir acciones encaminadas a la atención de estos males, de sus causas y consecuencias. En Puebla existe la voluntad de atender los casos de desaparición de niñas, adolescentes y mujeres. Tal es el caso que el 12 de marzo del presente año se publico en el Periódico Oficial del Estado el ACUERDO del Procurador General de Justicia del Estado, por el que establece los Protocolos para la Investigación de los Delitos Relacionados con Desapariciones de Mujeres, para la investigación del Delito de Violación, para la Investigación del Delito de Feminicidio, y para la Atención de Mujeres Víctimas de Delito, para el Estado Libre y Soberano de Puebla. De entre estos, el concerniente a la desaparición de mujeres tiene por objeto que las autoridades tengan conocimiento de los hechos, inicien de oficio y sin dilación, una investigación seria, imparcial y efectiva por todos los medios posibles y orientada a la obtención de la verdad y a la persecución, captura, enjuiciamiento y castigo de todos los autores de los hechos. Se concentra en solicitar durante la investigación, diligencias y acciones de carácter interdisciplinario, que le permitan probar y clasificar que los delitos fueron cometidos por razones de género. 2 Si bien, dentro de sus acciones policiales inmediatas incluye la elaboración y difusión del reporte policial de persona desaparecida, con las instancias de colaboración necesarias para su búsqueda y localización, así como a través de redes sociales y de correo electrónico, esto se proyecta de manera modesta e insuficiente frente a los fines que se plantean dentro del presente acuerdo: priorizar la búsqueda, localización, rescate y reintegración familiar y personal de las víctimas. Como podemos observar los objetivos entre ambas propuestas son coincidentes pero a la vez distantes, toda vez que mientras la determinación oficial y vigente se concentra en la acreditación del delito, de la probable responsabilidad y del motivo de género; la preservación de indicios y evidencias; la práctica de diligencias y recabación de pruebas, así como la aplicación de la perspectiva de género en cada una de las actuaciones ministeriales, el punto de acuerdo que propongo privilegia el rescate y protección de la víctima para evitar su revictimización y cortar la cadena delictiva que la mayoría de veces desemboca en la explotación, el maltrato, la explotación sexual y la trata de personas. En vista de lo anterior y ante la certeza de que no puede haber mejor día para proponer estas acciones, como hoy 25 de noviembre: “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”, los invito a reflexionar y a seguir trabajando por la seguridad e igualdad de oportunidades. Por lo anteriormente expuesto proponemos el siguiente: PUNTO DE ACUERDO ÚNICO.- Se exhorta al Titular del Poder Ejecutivo del Estado a que, con auxilio de la Procuraduría General de Justicia del Estado y demás Dependencias a su cargo que considere pertinente, diseñe las bases, supuestos y requisitos para la operación del Protocolo de Búsqueda, Localización, Rescate y Reintegración de Niñas, Adolescentes y Mujeres Desaparecidas, emitiendo para tal el efecto el Decreto correspondiente. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 25 DE NOVIEMBRE DE 2015 3 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES DIP. JUAN CARLOS NATALE LÓPEZ DIP. LIZETH SÁNCHEZ GARCÍA DIP. JULIÁN PEÑA HIDALGO DIP. JULIÁN RENDÓN TAPIA DIP. MARÍA DEL SOCORRO QUEZADA TIEMPO DIP. MARIANO HERNÁNDEZ REYES ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL PUNTO DE ACUERDO POR VIRTUD DEL CUAL SE EXHORTA AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO, A QUE DECRETE LA OPERACIÓN DE UN PROTOCOLO DE BÚSQUEDA Y RESCATE DE NIÑAS, ADOLESCENTES Y MUJERES EN EL ESTADO. 4