DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S La suscrita Diputada integrante de la Quincuagésimo Novena Legislatura del H. Congreso del Estado de Puebla; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44 fracción II y 144 fracción II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 fracción VI del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla; y demás relativos aplicables, me permito someter a consideración de esta Soberanía el siguiente PUNTO DE ACUERDO, de conformidad con los siguientes: C O N S I D E R A N D O S La desigualdad es una condición que impide el pleno desarrollo de las personas, afectando ámbitos tan relevantes de la vida como la educación y el empleo. La falta de superación personal está altamente ligada a una vida de carencias, la cual generalmente inicia con el crecimiento en un entorno insuficiente y se extiende con la falta de oportunidades en la vida adulta. Lo anterior, orilla a las personas a trabajar desde temprana edad para subsistir y en consecuencia a renunciar a aspiraciones educativas y profesionales, o simplemente a carecer de ellas. Los avances de la ciencia han sido considerables y permanentes, la mayoría de ellos utilizados en beneficio de la sociedad. Cada una de sus ramas se ha reconocido paulatinamente; han evolucionado de acuerdo a las necesidades de la sociedad, permitiendo su reconocimiento, profesionalización y certificación. En este contexto debemos reconocer que desde el comienzo de los tiempos, mucho antes de que existieran las instituciones, ha sido la práctica la mejor escuela para obtener y fortalecer el conocimiento. Mediante aciertos y fracasos el hombre ha aprendido de su entorno y superado los retos que día a día le impone. Tal es el caso que en la actualidad los profesionistas confirman y amplían conocimientos a través de la práctica, por lo que valorar esta situación y aprovecharla en beneficio de la sociedad debe ser prioridad para el Estado, más aun cuando con ello es posible garantizar la prestación de servicios adecuados atendiendo las distintas ramas profesionales y laborales existentes. Con la presente propuesta se pretende impulsar la certificación de conocimientos y la capacitación para el trabajo con el fin de permitir a los poblanos acceder a mejores ingresos para elevar su calidad de vida. La Ley General de Educación dispone dentro de sus artículos 43 y 45 que la educación para adultos es la destinada a individuos de quince años o más, y se presta, entro otros servicios, a través de la formación para el trabajo, la cual procurará la adquisición de conocimientos, habilidades o destrezas, que permitan a quien la recibe desarrollar una actividad productiva demandada en el mercado, mediante alguna ocupación o algún oficio calificados. Por su parte, el artículo 64 del ordenamiento citado dispone que la Secretaría podrá establecer procedimientos por los cuales se expidan certificados, constancias, diplomas o títulos a quienes acrediten conocimientos parciales o terminales que correspondan a cierto nivel educativo o grado escolar, adquiridos en forma autodidactica, de la experiencia laboral o a través de otros procesos educativos. Lo anterior es replicado en la Ley de Educación del Estado de Puebla, específicamente dentro de los artículos 69 y 92, además dentro del Decreto que crea el Instituto de Educación Digital del Estado de Puebla, antes Universidad del Desarrollo del Estado de Puebla (UNIDES), el cual oferta opciones de preparación múltiple en los procesos del saber y el hacer, incluyendo la formación para el trabajo – artículos 4, fracciones I y X, y 5 fracción I, – y el establecimiento de equivalencias y escalas que acrediten los saberes adquiridos en forma autodidactica o a través de la experiencia laboral – artículo 5 fracción X-. Para el efecto, el Instituto cuenta con un Campus Central y 38 Campus ubicados en el interior del Estado de Puebla. Lo anterior, sumado a la educación a distancia y la implementación de las tecnologías de la información, representa una oportunidad trascendente para fortalecer al sector productivo, impulsar el emprendimiento y motivar la continuidad educativa. A aquellos esfuerzos se suman las acciones realizadas por el Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Puebla, Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal sectorizado a la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico. El cual tiene como misión capacitar para y en el trabajo a todos los sectores en el Estado, bajo el modelo de competencias laborales, a fin de apoyar la productividad, favoreciendo el crecimiento y desarrollo del capital humano. Cuenta con 16 Unidades de Capacitación en el interior del Estado a través de las cuales imparte capacitación en los ámbitos industrial, agropecuario, comercial y de servicios. Dentro de sus atribuciones destaca la acreditación y certificación de conocimientos, independientemente de la forma en que hayan sido adquiridos, así como la expedición de constancias, diplomas, reconocimientos y distinciones especiales. Lo anterior, tal y como lo señalan las fracciones V y VIII del artículo 3 de su Decreto de creación. De acuerdo a la Estadística Histórica por Estados del Sistema Educativo Nacional, para el ciclo 2010 – 2011 se impartieron en Puebla 50 mil 719 capacitaciones para el trabajo de las cuales 10 mil 299 fueron de índole federal, 27 mil 431 de corte estatal y 12 mil 989 de carácter particular. Para el ciclo 2011 – 2012 se brindaron 45 mil 900 capacitaciones. De estas, 9 mil 495 corresponden a sostenimiento federal, 25 mil 089 por sostenimiento estatal y 11 mil 347 por sostenimiento particular. Finalmente para el ciclo escolar 2013 – 2014 en la entidad se contó con 52 mil 963 alumnos para capacitación para el trabajo, quienes se atendieron por 1,713 docentes en 237 escuelas. A la fecha, la autoridad educativa local reporta la existencia en el Estado de 180 sitios reconocidos para la capacitación para el trabajo proveniente de particulares, lo cual se suma a los esfuerzos emprendidos por las autoridades y organismos públicos. Las acciones aludidas dentro del presente documento van dirigidas a la población de 15 años y más, la cual en el Estado de Puebla asciende a los 4 millones 398 mil 965 personas de acuerdo a cifras de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. De aquellas, 1 millón 747 mil 039 integran la población económicamente inactiva, por lo que su incorporación a la productividad y el desarrollo económico debe ser prioridad. Dicho lo anterior es oportuna la implementación de acciones que involucren a los tres niveles de gobierno, a sus dependencias, organismos y entidades, a los particulares y a la propia sociedad, a fin de extender resultados y garantizar a un mayor número de habitantes el acceso a la educación y al bienestar a través del ejercicio del empleo o profesión de su preferencia. Concretamente con la capacitación para el trabajo, la certificación de competencias y la acreditación de conocimientos correspondientes a niveles educativos, brindamos herramientas que materialicen el bienestar social a través de la continuidad educativa y de la instrucción o certificación de algún oficio o técnica que beneficie a empleados y empleadores. Por lo anteriormente expuesto propongo el siguiente: PUNTO DE ACUERDO PRIMERO.- Se solicita a los Titulares de las Secretarías de Educación Pública y de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico, ambas del Estado, que a través del Instituto Poblano de la Juventud y del Instituto de Capacitación para el Trabajo (ICATEP), refuercen las acciones tendientes a la capacitación para el trabajo y la certificación de competencias en base a los estándares y lineamientos establecidos por la Secretaría de Educación Pública Federal, a fin de beneficiar en mayor medida a la población desocupada en la entidad. SEGUNDO.- Se solicita a la Secretaría de Educación Pública del Estado a que en coordinación con el Instituto de Educación Digital del Estado de Puebla, y demás Instituciones de Educación Superior competentes, implementen un Programa de Acreditación de Conocimientos correspondientes a niveles o grados escolares adquiridos en forma autodidactica, de la experiencia laboral o a través de otros procesos educativos, otorgando para el efecto los diplomas, certificados, constancias o títulos correspondientes. TERCERO.- Solicito se otorgue al presente acuerdo el trámite legislativo correspondiente. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 25 DE ENERO DE 2016 DIP. GERALDINE GONZÁLEZ CERVANTES 1