CC. DIPUTADOS INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LIX LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E S El que suscribe, Leobardo Soto Martínez, miembro del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Honorable Congreso de Puebla, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135, 144 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 120 del Reglamento Interior del Honorable congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, someto a esta Soberanía el siguiente Punto de Acuerdo por el que SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A ESTE PODER LEGISLATIVO, Y A LOS 217 AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE PUEBLA, PARA QUE SE INICIEN LOS TRABAJOS PARA LA DESVINCULACIÓN DEL SALARIO MÍNIMO COMO UNIDAD DE MEDIDA EN SANCIONES ADMINISTRATIVAS A LEYES Y REGLAMENTOS; bajo los siguientes: C O N S I D E R A N D O S Con fecha 10 de Diciembre la Cámara de Diputados aprobó y remitió a la Cámara de Senadores la minuta con proyecto de decreto con la reforma constitucional a los artículos 26, 41 y 123 en materia de desindexación del salario mínimo, que prevé la adición de los párrafos sexto y séptimo al apartado B del artículo 26 donde se crea la UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN, que será utilizada como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar el pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y del distrito federal. Se reforma el inciso a), fracción II del artículo 41 incorporando la UMA para el tema del financiamiento público de los partidos políticos. Se reforma el artículo 123 en su fracción VI párrafo primero especificando que el salario Mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza. La reforma contempla en sus artículos transitorios que el valor inicial de la Unidad de Medida y Actualización será equivalente al que tenga el salario mínimo general vigente. Y toda mención al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, estatales, DF y cualquier disposición jurídica se entenderán como la UMA. El congreso de la unión deberá emitir la legislación reglamentaria para determinar el valor de la unidad de medida y actualización, dentro de un plazo que no excederá de 120 días naturales siguientes a la fecha de la publicación del decreto. Es obligatorio para el Congreso de la Unión, las legislaturas de los Estados, la Asamblea legislativa del DF, así como la administración pública federal, Estatal y Municipal deberán realizar las adecuaciones que corresponde a las leyes y ordenamientos de su competencia. En un plazo máximo de un año contado a partir de la entrada en vigor del decreto a efecto de eliminar las referencias al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia y sustituirlas por las relativas a la Unidad de Medidas y Actualización. Con fecha 22 de Octubre del 2015, el Senado de la República aprueba en la asamblea el dictamen que contiene la minuta con proyecto de decreto de reforma constitucional en materia de desindexación de salario mínimo. Por lo tanto corresponde a ésta soberanía y a los ayuntamientos, comenzar con el análisis para la modificación de leyes y reglamentos, y desvincular el salario mínimo en tiempo y forma como unidad de referencia de trámites, multas, impuestos, prestaciones, etcétera. Por lo anteriormente expuesto, se propone el siguiente A C U E R D O PRIMERO.- Se exhorta respetuosamente a este poder legislativo, y a los 217 ayuntamientos del estado de puebla, para que se inicien los trabajos para la desvinculación del salario mínimo como unidad de medida en sanciones administrativas a leyes y reglamentos. SEGUNDO.- Envíese al pleno para el trámite correspondiente. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE Z. A, 26 DE OCTUBRE DE 2015 DIP. LEOBARDO SOTO MARTÍNEZ MIEMBRO DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PRI ASUNTO: PUNTO DE ACUERDO DIP. SERGIO SALOMÓN CÉSPEDES PEREGRINA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E: CON AT´N: LIC. JOSÉ NORBERTO RODRÍGUEZ MEDINA. SECRETARIO GENERAL Reciba un cordial saludo, esperando que sus actividades se desarrollen de la mejor manera. Así mismo, le solicito de la manera más atenta se incluya el Punto de Acuerdo Se exhorta respetuosamente a este poder legislativo, y a los 217 ayuntamientos del estado de puebla, para que se inicien los trabajos para la desvinculación del salario mínimo como unidad de medida en sanciones administrativas a leyes y reglamentos, en la sesión ordinaria programada para el día 28 de Octubre de 2015. Sin más por el momento reitero mi saludo, quedando como su atento y seguro servidor. ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 27 DE OCTUBRE DE 2015 DIP. LEOBARDO SOTO MARTÍNEZ ASUNTO: PUNTO DE ACUERDO DIP. SILVIA GUILLERMINA TANUS OSORIO COORDINADORA DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PRI EN EL H. CONGRESO DEL ESTADO DE PUEBLA P R E S E N T E: Reciba un cordial saludo, esperando que sus actividades se desarrollen de la mejor manera. Así mismo, le envío para su conocimiento y apoyo el Punto de Acuerdo Se exhorta respetuosamente a este poder legislativo, y a los 217 ayuntamientos del estado de puebla, para que se inicien los trabajos para la desvinculación del salario mínimo como unidad de medida en sanciones administrativas a leyes y reglamentos, en la sesión ordinaria programada para el día 28 de Octubre de 2015. Sin más por el momento reitero mi saludo, quedando como su atento y seguro servidor. ATENTAMENTE CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, 27 DE OCTUBRE DE 2015 DIP. LEOBARDO SOTO MARTÍNEZ