CC SECRETARIOS DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LIX LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA Las suscritas Diputadas Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, Susana del Carmen Riestra Piña y Diputados Cupertino Alejo Domínguez y Cirilo Salas Hernández, integrantes del Grupo Legislativo del Partido Nueva Alianza de la LIX Legislatura del H. Congreso del Estado de Puebla, con las facultades que nos conceden los artículos 57 fracción I y II, 63 fracción II, 64 y 69 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; así como los artículos 144 fracción II, 146 y 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla, someto a consideración de esta Honorable Asamblea el presente PUNTO DE ACUERDO bajo los siguientes: CONSIDERANDOS Nuestra Carta Magna, máximo documento y aspiración nacional señala en su artículo 3º que todo individuo tiene derecho a recibir educación, que el Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y la infraestructura sustenten el máximo logro de aprendizaje de los educandos. Estipula además, tanto el texto constitucional como su marco regulatorio legal, a través de la Ley General de Educación que toda la educación que el Estado imparta será gratuita. Para ello y en plena coordinación, se contempla que el gobierno de cada entidad federativa promoverá la participación directa del ayuntamiento para dar mantenimiento y proveer de equipo básico a las escuelas públicas estatales y municipales, generando confluencia de los distintos niveles gubernamentales en la estratégica tarea de educar. Se materializa lo anterior en el artículo 27 de la señalada Ley General, indicando que en todo tiempo procurarán fortalecer las fuentes de financiamiento a la tarea educativa y destinar recursos presupuestarios crecientes, en términos reales, para la educación pública. En su CAPITULO III sobre la Equidad en la Educación se sentencia que las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de calidad de cada individuo, una mayor equidad educativa, así como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos. Específicamente el artículo 33 dice que para cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior, las autoridades educativas atenderán de manera especial las escuelas en que, por estar en localidades aisladas, zonas urbanas marginadas o comunidades indígenas, sea considerablemente mayor la posibilidad de atrasos o deserciones, mediante la asignación de elementos de mejor calidad, para enfrentar los problemas educativos de dichas localidades. Dichas medidas estarán dirigidas, de manera preferente, a los grupos y regiones con mayor rezago educativo o que enfrentan condiciones económicas y sociales de desventaja. El Ejecutivo Federal, el gobierno de cada entidad federativa y los ayuntamientos, podrán celebrar convenios para coordinar las actividades para lograr una la equidad en la educación. La Ley General de Niñas, Niños y Adolescentes comprende como Acciones Afirmativas a aquellas de carácter temporal, de políticas y prácticas de índole legislativa, administrativa y jurisdiccional que son correctivas, compensatorias y de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre niñas, niños y adolescentes. Asimismo las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias garantizarán la consecución de una educación de calidad y la igualdad sustantiva en el acceso y permanencia en la misma, para lo cual deberán: * Adoptar medidas orientadas hacia el pleno ejercicio del derecho a la educación; * Establecer medidas para garantizar la gratuidad de la educación pública obligatoria y para procurar la accesibilidad material, económica y geográfica a la educación, sin discriminación; * Destinar recursos humanos, materiales y presupuestarios adecuados y suficientes para garantizar la educación de calidad de niñas, niños y adolescentes; * Establecer acciones afirmativas para garantizar el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes de grupos y regiones con mayor rezago educativo, dispersos o que enfrentan situaciones de vulnerabilidad por circunstancias específicas de carácter socioeconómico, físico, mental, de identidad cultural, origen étnico o nacional, situación migratoria o bien, relacionadas con aspectos de género, preferencia sexual, creencias religiosas o prácticas culturales; y * Prestar servicios educativos en condiciones de normalidad mínima, entendida ésta como el conjunto de condiciones indispensables que deben cumplirse en cada escuela para el buen desempeño de la tarea docente y el logro del aprendizaje de los educandos; Lo anterior, viene a razón de una situación grave y delicada que atenta con la calidad de la educación que hoy tanto se cita. El pago de la energía eléctrica usada para fines educativos en planteles del sistema público, que si bien es una inversión desde un enfoque responsable, también es cierto que se convierte en una carga para aquellos padres o tutores de las comunidades más desfavorecidas de nuestro estado y país. Este pago, en la gran mayoría de casos, absorbe más del 75% de las aportaciones voluntarias anuales que, con un gran esfuerzo, dan los padres de familia. No se cumple la máxima de gratuidad de la educación, al tiempo de no hacerlo tampoco en la equidad de la misma. Sin esas condiciones, existen y existirán barreras en la consecución del desarrollo pleno de los estudiantes. A la par, es deseable construir alternativas que den respuesta a tan real y presente necesidad. Existen diferentes vertientes a explorar para dar solución a este pendiente de décadas. No podemos vislumbrar las mismas desde una visión demagógica, mucho menos limitarnos a buscar salidas fáciles al asunto. Para dar cauce a esta situación, Nueva Alianza apela al sentido de responsabilidad de todos los actores involucrados, además de incluir a todas las posibilidades basadas en las políticas públicas existentes. Creemos en soluciones con características como la viabilidad y la pertinencia. Partiendo de ello, podemos considerar la actuación de la Secretaría de Energía del Gobierno Federal, la Comisión Federal de Electricidad y de la Secretaría de Educación Pública. En el ámbito educativo debemos tomar en cuenta todas las potencialidades existentes como la figura de la autonomía de gestión escolar. En el marco legal de la materia, se estipula que la autoridad educativa deberán fijar los lineamientos generales de carácter nacional a los que deban ajustarse las escuelas públicas de educación básica y media superior para el ejercicio de su autonomía de gestión escolar. Específicamente también puede emitir, en las escuelas de educación básica, lineamientos generales para formular los programas de gestión escolar, mismos que tendrán como objetivos: mejorar la infraestructura; comprar materiales educativos; resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación entre los alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director. Deberán de manera concurrente, las autoridades educativas federales, locales y municipales, en el ámbito de sus atribuciones, ejecutar programas y acciones tendientes a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas. De la misma forma, el marco regulatorio de la Comisión Federal de Electricidad establece que tiene como fin el desarrollo de actividades empresariales, económicas, industriales y comerciales en términos de su objeto, generando valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano como su propietario. En la ejecución de su objeto, la Comisión Federal de Electricidad deberá actuar de manera transparente, honesta, eficiente, con sentido de equidad, y responsabilidad social y ambiental, procurando el mejoramiento de la productividad con sustentabilidad para minimizar los costos de la industria eléctrica en beneficio de la población y contribuir con ello al desarrollo nacional. Esta empresa estatal tiene por objeto prestar, en términos de la legislación aplicable, el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, por cuenta y orden del Estado Mexicano. Asimismo, dentro de su objeto público, la Comisión Federal de Electricidad podrá llevar a cabo las actividades relacionadas con la generación, transmisión, distribución… de energía eléctrica. La CFE podrá realizar las actividades, operaciones o servicios necesarios para el cumplimiento de su objeto por sí misma mediante la celebración de contratos, convenios con personas físicas o morales de los sectores público, privado o social. Para cumplir con su objeto, podrá celebrar con el Gobierno Federal y con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios, contratos, suscribir títulos de crédito y otorgar todo tipo de garantías reales y personales de obligaciones contraídas por sí o por sus empresas productivas subsidiarias y empresas filiales, con sujeción a las disposiciones legales aplicables. Las consideraciones legales citadas concluyen que es pertinente solicitar a la Comisión Federal de Electricidad, que mediante estudios técnicos, y en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno Federal, determinen los municipios con mayores índices de marginación en del país, con el objeto de explorar la posibilidad de eximir a las instituciones educativas de los mismos, del pago de consumo de energía eléctrica. En un segundo momento, solicitar a la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, para que en uso de sus atribuciones y en colaboración con la Secretaría de Energía, así como de la CFE, signen un convenio de colaboración para que en la medida de su capacidad presupuestal, se consideren las acciones necesarias para transitar hacia la generación de energías limpias en las instituciones educativas, orientadas hacia su autoconsumo. A su vez se hace un exhorto a la cámara de Diputados para que a través de la Comisión de Presupuesto y a la de Educación, elaboren un programa y se presupueste para el ejercicio fiscal 2016, con el fin de instalar celdas solares en escuelas que son consideradas como de Alta Marginación, con el objeto de reducir el pago por el consumo de energía eléctrica. Por último, hacer un llamado a la Secretaria de Educación del Estado, con el objeto de que a través de la implementación de la autonomía de gestión de las instituciones, incentive y promueva que los programas como por ejemplo, “Escuelas de Calidad” prioricen dentro de sus objetivos y reglas de operación, el tránsito hacia la generación de energía limpia, a fin de consumirlas y economizar en el gasto corriente de las escuelas en este rubro. Estas medidas propuestas pretenden ser integrales, al contener criterios como la sustentabilidad, la economía familiar y la autogestión. En Nueva Alianza estamos conscientes de que la educación de calidad con equidad, requiere de esfuerzos extraordinarios de los actores que comparten responsabilidades con nuestro país y nuestro estado. Con la aprobación del presente punto de Acuerdo garantizamos mejores condiciones para los segmentos de la población marginados, así como impulsar políticas públicas que en el mediano y largo plazos contribuyan a establecer una comunidad educativa responsable con su medio ambiente. Por lo anteriormente expuesto sometemos a consideración de este cuerpo colegiado el siguiente: PUNTO DE ACUERDO PRIMERO: Se solicita respetuosamente a la Comisión Federal de Electricidad, que mediante estudios técnicos, y en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno Federal, determinen los municipios más rezagados del país, con el objeto de determinar la posibilidad de eximir a las instituciones educativas pertenecientes a los mismos, del pago de consumo de energía eléctrica. SEGUNDO: Se solicita a la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, para que en uso de sus atribuciones y en colaboración con la Secretaría de Energía, así como de la Comisión Federal de Electricidad, signen un convenio de colaboración para que en la medida de su capacidad presupuestal, se consideren las acciones necesarias para transitar hacia la generación de energías limpias en las instituciones educativas, orientadas hacia el autoconsumo de las mismas. TERCERO: Se solicita a la Cámara de Diputados por medio de la Comisión de Educación y a la de Presupuesto, para crear un programa que se implemente en escuelas pertenecientes a localidades y/o municipios considerados de alta marginación, a fin de que se instalen mecanismos de generación de energía, con el fin de reducir los costos de pago por su consumo. CUARTO: Se solicita a la Secretaría de Educación Pública, para que mediante la implementación de la autonomía de gestión de las instituciones, incentive y promueva que los programas como “Escuelas de Calidad” prioricen dentro de sus objetivos y reglas de operación, el uso de los recursos económicos asignados al mismo para transitar hacia la generación de energía limpia, a fin de consumirlas y economizar en el gasto corriente de las escuelas en este rubro. A T E N T A M E N T E CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, A 14 DE JULIO DE 2015 DIP. MAIELLA MARTHA GABRIELA GÓMEZ MALDONADO DIP. SUSANA DEL CARMEN RIESTRA PIÑA DIP. CIRILO SALAS HERNÁNDEZ DIP. CUPERTINO ALEJO DOMÍNGUEZ ESTA HOJA DE FIRMAS CORRESPONDE AL PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTAN LOS INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DE NUEVA ALIANZA Y QUE SE SOLICITA RESPETUOSAMENTE A LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, QUE MEDIANTE ESTUDIOS TÉCNICOS, Y EN COORDINACIÓN CON LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL DEL GOBIERNO FEDERAL, DETERMINEN LOS MUNICIPIOS MÁS REZAGADOS DEL PAÍS, CON EL OBJETO DE EXPLORAR LA POSIBILIDAD DE EXIMIR A LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PERTENECIENTES A LOS MISMOS, DEL PAGO DE CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, ENTRE OTROS RESOLUTIVOS. 8