CC. DIPUTADOS DE LA MESA DIRECTIVA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA P R E S E N T E S. Los Diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional de la LIX Legislatura del H. Congreso del Estado, por conducto del Diputado Francisco Mota Quiroz, con fundamento en los dispuesto por los artículos 57 fracción I, 63 fracción II y 64 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 44 fracción II, 144 fracción II, 146, 147 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Puebla, 120 fracciones II, del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado, someto a consideración de este Honorable cuerpo colegiado el presente PUNTO DE ACUERDO al tenor de lo siguiente: CONSIDERANDOS En octubre del año 2013, el Honorable Congreso de la Unión, aprobó a propuesta del Titular del Ejecutivo Federal, diversas reformas a las leyes fiscales. Dentro de las cuales se destaca, la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), con el objeto de crear el denominado Régimen de Incorporación fiscal (RIF). De la entonces “nueva Ley de Impuesto Sobre la Renta” (ISR), resalta entre otras de la misma importancia, las modificaciones siguientes: I. Se excluyó el régimen intermedio y el régimen de pequeños contribuyentes (Repecos); y II. Se implanta como un nuevo régimen denominado de Incorporación Fiscal quedando establecido en el Título IV, capítulo II, Sección II de la citada Ley. En la referida Ley se establecen nuevos requisitos de impositivos para quienes se adhieran al régimen de incorporación como la de entregar a sus clientes comprobantes fiscales por sus ventas o prestaciones de servicios, debiendo expedir dichos comprobantes fiscales recurriendo a la herramienta electrónica de servicio de generación de factura electrónica localizada en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Igualmente, se establece la obligación de que los contribuyentes registren sus ingresos, sus gastos, sus inversiones así como sus deducciones. Pagar con tarjeta de débito, crédito, de servicios o un cheque a nombre del contribuyente para poder deducir gastos mayores a 2 mil pesos, por citar algunas. Por tal razón es necesario darles un mayor tiempo para que puedan adquirir las herramientas, equipo, y capacitarse para estar en condiciones de afrontar estas nuevas obligaciones, ya que les genera gastos extraordinarios al tener que invertir forzosamente en la compra e instalación de la tecnología adecuada, conocer su funcionamiento, contratar personal especializado, comprar facturas electrónicas. Cabe hacer la connotación que, los Honorables Congresos de los Estados de Morelos y Oaxaca coinciden con los argumentos expuestos por su similar del Estado de Chihuahua, expresando que, tienen plena validez y son aplicables a la realidad de los Morelenses y Oaxaqueños subrayando que, “eliminar el régimen del pequeño contribuyente afectará por igual a pequeños comercios, empresas familiares y locatarios de mercados públicos. Ya que al dejar de existir el sistema de cuota simplificada con el que pagan sus impuestos, se beneficia a las tiendas de autoservicio, bodegas exprés y tiendas de convivencia que cuentan con los recursos tecnológicos para la adaptación y ocuparán los espacios que vaya dejando el comercio tradicional”. Los legisladores al Honorable Congreso del Estado del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, coincidimos con las consideraciones que dieron origen a los puntos de acuerdo emitidos por los Congresos de los Estados de Chihuahua, Morelos y Oaxaca, ya que al desaparecer la figura del Régimen del Pequeño Contribuyente (REPECO) y darle paso al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), el tiempo otorgado para que los contribuyentes cumplieran fue insuficiente. Toda vez que, los emprendedores poblanos agrupados en este rango no cuentan con la herramientas tecnológicas y conocimientos técnicos para serle frente, tampoco pueden en un corto plazo realizar gastos extraordinarios para la compra e instalación de la tecnología adecuada, adquirir la destreza en su manejo; realizar el pago de honorarios de personal especializado, así como la compra de la facturas electrónicas, situaciones que les resulta complicado y gravoso, al grado de inhibir su desarrollo orillando a muchos de ellos a la informalidad. No es óbice resaltar que la exposición de motivos de la miscelánea fiscal enviada por el Ejecutivo Federal, señalaba que una de las razones que daban origen al RIF era la reducción de la economía informal. Sin embargo, algunos expertos señalan que, con las reformas aplicables a partir del presente año, el pequeño comercio no resistirá el cambio de régimen lo que generará en el corto y mediano plazo una mayor informalidad, lo que supone un objetivo contrario a lo planteado en la reforma. La reforma en materia de REPECOS es contradictoria pues ante lo complejo que resulta hoy en día tributar bajo el RIF, muchos han optado por cerrar sus negocios o simplemente no pagar impuestos y contribuir aún más al comercio informal. En México, existen más de un millón de tienditas de abarrotes de las que dependen 5 millones de mexicanos y, la aplicación del nuevo régimen de incorporación generó una caída en las ventas de estos comercios hasta en 25 %. En suma, el nuevo régimen representa más una amenaza que una alternativa fiscal que les genere beneficios. Según información de la Secretaria de Finanzas y Administración en el año 2014 en Puebla bajo el régimen de REPECOS había 121, 744 contribuyentes Resulta importante señalar que de alguna forma los REPECOS ya eran considerados dentro de la economía formal, y por lo tanto, no había motivo sólido para justificar su traslado obligatorio y arbitrario a nuevo régimen. ¿Por qué trasladar al régimen de incorporación fiscal, al comercio ya formal que ya paga impuestos, pero además complicar una vez más el cumplimiento de sus obligaciones? Ahora con el RIF, es necesario que los contribuyentes registren sus operaciones contables en sistemas electrónicos especializados, presenten declaraciones electrónicas y que ciertos gastos sean pagados a través de cheques, transferencia electrónica de fondos o monederos electrónicos. Esto significa que el pequeño comercio deba actualizarse y tener un software contable que posiblemente vale mucho más de lo que mensualmente puede ingresar por ventas durante un mes en dichos comercios, además de que la norma vigente aplicable en materia fiscal supone que el dueño de un pequeño negocio sabe hacer uso de la tecnología, de los sistemas electrónicos contables y que cuenta con internet. El nuevo régimen del RIF ha generado una serie de complicaciones al pequeño comerciante porque dificulta el pago de sus impuestos, pero además genera incertidumbre jurídica y una mayor informalidad como resultado de que muchos comerciantes no cuentan con las capacidades necesarias para cumplir con las obligaciones del nuevo régimen. La realidad que vive el pequeño comercio es mucho más sencilla de lo que supone la aplicación de las leyes fiscales. La contabilidad del pequeño comercio es una contabilidad básica, que no requiere sistemas contables electrónicos, por lo tanto, es importante que el gobierno federal entienda que el pequeño comercio requiere de registros contables simplificados que no sólo les permita mantenerse en la formalidad, sino también hacer accesible el pago de sus impuestos. Por esta razón, de manera categórica puntualizamos que la reforma propuesta en materia del régimen de pequeños contribuyentes, lesiona gravemente al pequeño comercio y con ello, a una gran parte de la economía mexicana en su totalidad. Hoy, los efectos son palpables. Durante el año 2014, México fue el tercer país de América Latina con la mayor caída de inversión extranjera directa (IED) en el primer semestre de 2014 informó la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) y apenas alcanzamos un crecimiento económico del 2.1 % y, el Banco de México (Banxico) revisó a la baja su pronóstico de crecimiento económico para este año a un rango de entre 2.5 y 3.5 por ciento desde un 3.0 y 4.0 por ciento. En este contexto, resulta fundamental atender a este sector de la población que contribuye a la dinámica económica del país. Es primordial que tanto el Congreso de la Unión como el Ejecutivo federal atiendan a las demandas del pequeño comercio y se pueda establecer de forma inmediata un esquema de administración tributaria especial para el régimen de pequeños contribuyentes. Es nuestra obligación como representantes populares dar cause a los reclamos de nuestros representados, sensibilizar al Gobierno Federal de los efectos negativos que está propiciando la eliminación del Régimen del Pequeño Contribuyente, ya que aún no existen la condiciones para transitar de manera inmediata al sistema tributario aprobado. Conscientes estamos que nuestro país necesita de todos, pero dada las circunstancias y características del Estado de Puebla, es necesario innovar en los métodos para una mejor recaudación, sin lesionar la economía de los menos favorecidos para no generar una mayor informalidad económica, México y Puebla necesita crecer. También coincidimos en que este problema está repercutiendo a nivel nacional y dado la investidura del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, es acertado solicitarle que por su conducto se presenten la reformas necesarias para adecuar el marco legal para incentivar la aportación al fisco de los pequeños contribuyentes, en beneficio y desarrollo de nuestro país. Los REPECOS, eran personas físicas que en algunos casos tenían ganancias mínimas hasta de dos millones de pesos anuales, cuyas contribuciones las calculaba la Secretaría de Finanzas y Administración (SFA) dependiendo del monto de la ganancia; pero la reforma fiscal centralizo la totalidad de la recaudación dejando fuera a las entidades federativas de estos ingresos. Con esta medida los Estados han dejado de recibir en sus arcas alrededor de dos mil 500 millones de pesos, pues ahora ese dinero lo controlará la Federación, aunque la normativa no explica cómo terminará la evasión fiscal. Es así que misceláneas, fondas, cafés internet, carpinterías, talacherías, estéticas, carnicerías, tiendas de ropa, heladerías, taxistas, comisionistas independientes... todos a partir del año 2014 debían entrar al Régimen General de Contribución -donde se concentran personas físicas y morales y en consecuencia tiene la carga impositiva de tributar ISR y aportar las cuotas obrero-patronales. No obstante la norma asegura que estos sistemas serán más fáciles de llevar a cabo con la derogación del Dictamen Fiscal, con la finalidad de reportar sus ganancias sin la necesidad de un contador, esto no ha sido así. Por lo expuesto consideramos procedente que este Honorable Congreso se pronuncie y se adhiera al exhorto que formulan las Legislaturas de Chihuahua y Morelos para responder al reclamo justo de miles de Poblanos, y solicite al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, la formulación de la Iniciativa que reforme las leyes fiscales para seguir reconociendo el Régimen de Pequeño Contribuyente e innovar en los métodos para aumentar la recaudación sin lesionar la economía de los menos favorecidos. En mérito de lo anterior, sometemos a la consideración de esta Honorable Soberanía, el siguiente: ACUERDO PRIMERO.- La Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, solicita respetuosamente al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos a promover ante el Congreso de la Unión, reformas y/o adiciones a la Ley de Impuesto Sobre la Renta y a la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015 con el fin de prever el Régimen de Pequeños Contribuyentes e innovar en los métodos para una mejor recaudación sin lesionar la economía de los que menos tienen. SEGUNDO.- La Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla hace un atento y respetuoso exhorto a los Congresos de los demás Estados de la Federación, para que se adhieran a los términos del presente acuerdo. TERCERO.- Túrnese a la Comisiones Unidas de Hacienda y Patrimonio Municipal así como de Desarrollo Económico. A T E N T A M E N T E. CUATRO VECES HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA A 19 DE FEBRERO DE 2015. INTEGRANTES DEL GRUPO LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL DIP. JORGE FOUAD AGUILAR CHEDRAUI DIP. JOSÉ DOMINGO ESQUITÍN LASTIRI DIP. HERACLIO GERMÁN MARTÍNEZ MANZANO DIP. CORONA SALAZAR ÁLVAREZ DIP. JOSÉ GAUDENCIO VÍCTOR LEÓN CASTAÑEDA Esta hoja de firmas corresponde al punto de acuerdo por el que la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, solicita respetuosamente al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos a promover ante el Congreso de la Unión, reformas y/o adiciones a la Ley de Impuesto Sobre la Renta y a la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015 con el fin de prever el Régimen de Pequeños Contribuyentes e innovar en los métodos para una mejor recaudación sin lesionar la economía de los que menos tienen. DIP. MIGUEL ÁNGEL HUEPA PÉREZ DIP. IRMA PATRICIA LEAL ISLAS DIP. PABLO MONTIEL SOLANA DIP. FRANCISCO RODRÍGUEZ ÁLVAREZ DIP. PABLO RODRÍGUEZ REGORDOSA Esta hoja de firmas corresponde al punto de acuerdo por el que la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, solicita respetuosamente al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos a promover ante el Congreso de la Unión, reformas y/o adiciones a la Ley de Impuesto Sobre la Renta y a la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015 con el fin de prever el Régimen de Pequeños Contribuyentes e innovar en los métodos para una mejor recaudación sin lesionar la economía de los que menos tienen. DIP. FRANCISCO MOTA QUIROZ DIP. NEFTALÍ SALVADOR ESCOBEDO ZOLETTO DIP. MARÍA DEL ROCIO AGUILAR NAVA DIP. SERGIO EMILIO GÓMEZ OLIVIER DIP. EUKID CASTAÑÓN HERRERA Esta hoja de firmas corresponde al punto de acuerdo por el que la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, solicita respetuosamente al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos a promover ante el Congreso de la Unión, reformas y/o adiciones a la Ley de Impuesto Sobre la Renta y a la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2015 con el fin de prever el Régimen de Pequeños Contribuyentes e innovar en los métodos para una mejor recaudación sin lesionar la economía de los que menos tienen. 1